Sobre los clérigos que son expulsados del sacerdocio José María Castillo: "¿Puede el Papa quitar el sacerdocio o el episcopado al que previamente había sido marco por Dios con el 'carácter sacramental'?"

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El sacramento, ¿imprime carácter que nadie puede borrar?

"Lo más importante, que nos enseña aquella antigua praxis de la Iglesia, consiste en que los delitos que más se castigaban eran los comportamientos clericales que más dañaban a la comunidad de ciudadanos y fieles"

Desde hace no mucho tiempo, con motivo de los escándalos eclesiásticos de abusos de menores, en los casos más graves, el papa Francisco toma la decisión de expulsar del sacerdocio a los responsables del delito. Lo que es motivo de que algunas personas se sorprendan – o incluso se escandalicen – ya que abundan los católicos piadosos que tienen la firme idea según la cual el sacramento del orden “imprime carácter”. Es decir, el que es ordenado de sacerdote o de obispo, por eso mismo es sellado con una marca indeleble, que nada ni nadie puede borrar: “sacerdos in aeternum”, o sea: “sacerdote para siempre”.

Pues bien, si esto efectivamente es así, ¿cómo puede el papa actual quitarle el sacerdocio o el episcopado al que previamente había sido marcado por Dios con el “carácter sacramental”?

Durante el curso académico 1982-83, dediqué más de seis meses a estudiar, en la enorme documentación de concilios y sínodos de la Iglesia (antigua y medieval), lo que la Iglesia, durante más de doce siglos, decidió sobre la expulsión de clérigos (incluidos los obispos), reduciéndolos al estado laical. El texto de este estudio ocupa más de 30 páginas en el vol. VIII/1 (1983) de la “Revista Catalana de Teología”, que publica la Facultad de Teología de Barcelona (pgs. 81-111).

Primeras comunidades cristianas

Despojados de todo privilegio

La expulsión de obispos y sacerdotes llevaba consigo, como es lógico, que quienes eran expulsados, dejaban de ser “clérigos” y volvían a ser “laicos”. Y perdían – naturalmente – las dignidades y derechos económicos que, con frecuencia, eran sustanciosos. Todo esto quedó formulado en una expresión clásica: “Laica communione contentus”. Es decir, quedaban despojados de todo privilegio. Y de cristianos, sólo les quedaba “comulgar como seglares”. Ni más, ni menos. La bibliografía que tenemos sobre este asunto es sólida y abundante. Remito a los serios estudios de C. Vogel, P. M. Seriski, E. Herman, P. Hinschius, F. Kober, K. Hofmann. 

El clero vivía en función de la comunidad

Lo más importante, que nos enseña aquella antigua praxis de la Iglesia, consiste en que los delitos que más se castigaban eran los comportamientos clericales que más dañaban a la comunidad de ciudadanos y fieles. Lo cual quiere decir que el clero tenía que vivir en función del bien y del servicio a la comunidad en la que cada uno de aquellos clérigos trabajaba. De manera que, si el servicio y el bien de la comunidad se veía abandonado (y no digamos si era maltratado), el ministerio eclesiástico y quien lo ejercía eran inmediatamente suprimidos.

El clero, en la Edad Media

Por las decisiones, que tomaban los sínodos locales, los clérigos que se aprovechaban de su cargo para llevar un “buen vivir”, eran inmediatamente denunciados y expulsados. La enumeración de casos y delitos concretos es interminable. El clero, en aquellos siglos, era abundante. No era problema destituirlos y mandarlos a buscarse la vida trabajando en las aldeas o en el campo, como lo hacía todo el mundo.

En todo caso, lo que está fuera de duda es que el centro de la vida de la Iglesia no estaba en el clero, sino en la comunidad de los cristianos. Por eso, en aquellos siglos, ni siquiera podía existir el ministerio ordenado independientemente de la comunidad. De ahí que las llamadas “ordenaciones absolutas”, eran inválidas, cosa que decretó el concilio de Calcedonia (can. 6 – año 451) (cf. E. Schillebeeckx, “Das kirchliche Amt”, pg. 68-80). Eran las ordenaciones de sujetos que no habían sido designados y aceptados por y para una comunidad concreta de fieles.

Concilio de Trento

La comunidad elige al cura o al obispo

La comunidad tenía que elegir y aceptar al cura o al obispo. De tal manera que el clérigo que no era aceptado por su comunidad, perdía la ordenación recibida. Y no le quedaba más remedio, ni más camino, que volverse a su pueblo o a su casa, a ganarse la vida.

La Iglesia de aquellos tiempos tenía una idea fija, que sería importante recuperar: el clérigo que no era aceptado por la comunidad, era expulsado del clero y perdía el ministerio recibido en la ordenación.

Y termino con una observación importante. La teología del “carácter sacramental” no fue definida, como doctrina de fe, en el concilio de Trento. Los obispos y teólogos del concilio no llegaron a ponerse de acuerdo sobre este asunto, como dogma. Lo que Trento enseñó es que hay tres sacramentos (bautismo, confirmación y orden) que no se pueden administrar nada más que una vez en la vida de cada bautizado (cf. J. M. Castillo, “Símbolos de libertad”, pgs. 450-455).   

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