¿Es la ley religiosa la única posible para un estado de mayoría musulmana?": “BANDUE”. Revista de la Sociedad Española de Ciencias de las Religiones Número IV (188-01)

Bandue nº 4 2010



Hoy escribe Antonio Piñero


Recuerdo que en noviembre del año 2007 publiqué una presentación del número 1 de la revista “Bandue” (sale cada dos años, aproximadamente), publicada por la benemérita Editorial Trotta, Madrid. Tengo ante mis ojos el número IV del 2010, que me resulta interesantísimo. Lleva por título “Lex Sacra. Religión y derecho a lo largo de la historia”, y es el resultado de las ponencias de un Congreso de la Sociedad, celebrado en Valladolid del 15 al 18 de octubre de 2008.

El número tiene como interés principal someter a análisis expositivo las relaciones entre la práctica de la religión en culturas antiguas y modernas (pero que nos afectan mucho hoy día; por ejemplo, la sumeria, acadia y babilonia, tan lejanas,han conformado y moldeado la base del Pentateuco de nuestra Biblia hebrea) o la shari`ah islámica, vigente teóricamente en diversos estados musulmanes…, que nos incumbe también a nosotros) y los corpora legislativos que han regulado y regulan tales relaciones, a veces hostiles a la práctica de la religión.

El propósito de los artículos reunidos en este número y que comentaré brevemente es:

• Determinar las pautas que a lo largo de la historia han marcado las distintas religiones entre creencias y prácticas religiosas y el establecimiento de normas y leyes por los estados.

• Precisar cómo esas relaciones derecho-religión se han precisado en diversas culturas antiguas que nos afectan.

• Analizar la situación contemporánea en las religiones monoteístas que afectan a nuestra cultura. No se trata de volver a tratar el tema Iglesia-Estado, sino estudiar de dónde vienen las normas y leyes que afectan las prácticas religiosas

El primer artículo, de la Prof. Dra. Montserrat Abumalham, de la Universidad Complutense de Madrid, presenta un análisis de “¿La ley religiosa es la única posible para un estado de mayoría musulmana? (pp. 7-24). La articulista analiza la diferencia entre la ley religiosa y la ley civil en el islam; cómo ha sido su desarrollo histórico y cuál es su realidad en la política actual. Pare ello se pregunta y responde a las siguientes cuestiones:

• ¿Cómo es la sociedad musulmana? Y la respuesta es: un maridaje entre religión y política.

• ¿Qué es el sahri`a? El vocablo significa “camino” (como el hebreo halaká) y significa también normas para un modo de vida que lleve la revelación al comportamiento de toda actividad humana, en todos sus ámbitos. Es, pues, un código de conducta o, incluso, un manual de buen comportamiento para con Dios y el prójimo.

Hay que observar aquí -y es muy importante- que ni el texto coránico, ni el propio profeta Muhammad (hoy hay corrientes históricas que modifican mucho su figura a la luz de numerosos estudios) propusieron indicación alguna de cómo habría de regirse la comunidad de creyentes tras la muerte del Enviado.

• ¿Cuántos islames hay hoy? Hay un islam “oficial” representado por los poderes políticos concretos actuales; Hay otro “imaginario”, constituido por los musulmanes como grupo; un islam de fe, formado por hombres de altura intelectual y a la vez de honda vida espiritual; un islam de “creencia”, de la mayoría de las gentes musulmanas, en los que se confunde muchas veces la fe con costumbres que son puramente culturales, del grupo al que pertenecen.

Estas formas del islam conducen a manifestaciones sociales, políticas y religiosas exteriores, muchas veces formadas por asimilación con Occidente, que pueden ser:

• Un islam tradicionalista

• Un islam pietista que intenta resocializar a la masa en las costumbres islámicas.

• Un islam neofundamentalista, ya sea muy conservador como es wahhbismo, o reformador , como el salafismo; un islam político, que puede ser radical o moderado…, y finalmente un islam laico, normalmente adheridos a fórmulas sociales asimiladas al socialismo arcaico o al comunismo.

La autora estudia luego cómo se ha llegado al islam político de hoy (como producto de los residuos del colonialismo; la creación del estado de Israel; la guerra fría y el posterior estatus surgido de la caída del muero de Berlín, etc.) y llega a la conclusión categórica y sencilla de un ¡No!

Como recapitulación final, la autora indica:

• Desde el siglo XII el derecho musulmán comenzó a ser un derecho divino y religioso para transformarse poco a poco en “leyes de estado”, aunque acomodadas a las exigencias de los tiempos cambiantes.

• En épocas de decadencia cultural, diversos estados musulmanes han cortado el paso a la reinterpretación y han deseado volver a un presunto “espíritu de los orígenes”. Eso es, ni más ni menos, que un fundamentalismo.

• La realidad actual muestra que en ninguno de los sistemas en donde se considera que se respeta la shari`ah como única ley, ésta se corresponde al modelo espiritual y religioso; por el contrario, en donde el derecho es más “civil” o híbrido, por así decirlo, se respetan mejor los derechos religiosos y se da una separación efectiva entre sociedad civil y religión.

Por tanto, en opinión de la autora, ni siquiera desde la perspectiva estrictamente religiosa, hay impedimento alguno para una separación de los espacios civil y religioso. La ley sacra tiene exigencias para todos los ámbitos de la vida, pero los alfaquíes (intérpretes) encontraron hace siglos el modo de establecer puentes entre el ideal moral y la realidad contingente, separando lo que es de obligado cumplimiento de lo que es indiferente.

“Una parte de las modernas generaciones parece haberse olvidado de este hecho. Mientras que otros se empeñan, tras el fracaso manifiesto de otras ideologías y el temor a la disolución identitaria, a demostrar que la ley y los principios del derecho en los países de mayoría musulmana proceden directamente de Dios” (p. 23).

Sólo añadiría que este olvido es catastrófico para la convivencia universal. Es claramente utópico lo que pretenden ciertos fundamentalistas: convertir a todas las culturas a la musulmana y que todos acepten una única religión que conlleva un profundísimo cambio de mentalidades. El cristianismo hace tiempo que ha caído en la cuenta que esta utopía es puramente eso, utopía irrealizable, pero que puede costar muchos sufrimientos.

Saludos cordiales de Antonio Piñero.
Universidad Complutense de Madrid
www.antoniopinero.com
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