Evangelio para obispos y presbíteros casados (2)

No tentarás al Señor tu Dios” (Lc 4, 12)
Jesús, como todo ser humano, fue tentado por el mal, el “adversario”, “enemigo” (Satán), de la libertad humana (Mt 4, 1-11; Mc 1, 12s; Lc 4, 1-13). Es llamado “diablo” (“dia-ballo”: “arrojar” calumnias o mentiras...), personificación del mal (Mt 13, 19), el que está en contra del plan de Dios, el que ciega a los humanos para no hacer el bien, conducir a la incredulidad, el padre de la mentira, el dios de este mundo (2Cor 4, 4; Ef 2, 2; Jn 8, 44; 12, 31;...).

Jesús, lleno del Espíritu de Dios, fue fiel a Dios en la vida y reveló que “el jefe del mundo no puede nada contra él” (Jn 14, 30). Las tres tentaciones descritas por Mateo y Lucas no son un relato histórico. En forma narrativa resumen las principales tentaciones de la libertad humana: vivir sólo de lo material, acumular riqueza, poder y gloria, disponer de Dios según nuestra voluntad. Las Iglesias cristianas han caído en ellas al ir acentuando su institucionalización como los sistemas rígidos de la historia. Incluso interpretan la historia como sumisión a un principio de mal (el “maligno”) o de bien (el Bien, Dios). Suntuosidad, riquezas, poder, sustituir la voluntad de Dios, manipular a Dios... Así han construido unos armazones doctrinales, legales, rituales, jerarquías de poder.... lejanos o incluso ajenos al evangelio.

Hoy lo sabemos con certeza: toda relación sexual era “placer obsceno”
En un primer momento, allá por el siglo IV, es posible que actuaran de buena voluntad por ignorancia. Basta leer las primeras formulaciones de la ley de “continencia” para percibir la mentalidad que les llevó a exigir que los ministros de la Iglesia no debían tener relaciones sexuales con sus esposas. El tener relaciones sexuales en el matrimonio no agradaba a Dios. La sobriedad y la castidad, decían con gran ingenuidad, son incompatibles con la vida matrimonial. La relación íntima matrimonial supone “estar en la carne” (“estar en el orden meramente carnal”) en sentido paulino del término (bajos instintos), opuesto a “espíritu” (amor divino). Y ya se sabe, concluye el Papa Siricio: “los que están en la carne no pueden agradar a Dios (Rom 8, 8). Hubo clérigos que no aceptaban esta norma apoyados en “la ley antigua” -la práctica de Jesús y los Apóstoles-. A ellos el papa San Siricio les dice que “la ley antigua” era “un ilícito privilegio”. Y dicta que “por autoridad de la Sede Apostólica están depuestos de todo honor eclesiástico, del que han usado indignamente, y que nunca podrán tocar los venerandos misterios, de los que a sí mismos se privaron al anhelar obscenos placeres”. Ahí está la razón profunda para exigir continencia a los obispos y presbíteros casados: las relaciones sexuales con la propia esposa son “obscenos placeres”. Lean el texto original, que aún sigue como doctrina oficial de la Iglesia:
“Todos los levitas y sacerdotes estamos obligados por la indisoluble ley de estas sanciones, es decir que desde el día de nuestra ordenación, consagramos nuestros corazones y cuerpos a la sobriedad y castidad, para agradar en todo a nuestro Dios en los sacrificios que diariamente le ofrecemos. Mas los que están en la carne, dice el vaso de elección, no pueden agradar a Dios [Rom. 8, 8].
... En cuanto aquellos que se apoyan en la excusa de un ilícito privilegio, para afirmar que esto les está concedido por la ley antigua, sepan que por autoridad de la Sede Apostólica están depuestos de todo honor eclesiástico, del que han usado indignamente, y que nunca podrán tocar los venerandos misterios, de los que a sí mismos se privaron al anhelar obscenos placeres; y puesto que los ejemplos presentes nos enseñan a precavernos para lo futuro, en adelante, cualquier obispo, presbítero o diácono que —cosa que no deseamos— fuere hallado tal, sepa que ya desde ahora le queda por Nos cerrado todo camino de indulgencia; porque hay que cortar a hierro las heridas que no sienten la medicina de los fomentos” (H. Denzinger 185: Sobre el celibato de los clérigos).


Tentar a Dios” es imponer una ley que obliga a Dios
En el aula conciliar del Vaticano II no pudo discutirse la ley del celibato por expresa prohibición de Pablo VI. Un padre conciliar solicitó esta lógica enmienda: “Este Concilio debe dejar intacta esta cuestión de modo que quizás un día, cambiadas las circunstancias, pueda el Sumo Pontífice tomar posición en uno o en otro sentido, sin que se oponga en cuestión tan importante a las decisiones conciliares. Según una prudentísima decisión del Sumo Pontífice esta cuestión no ha sido discutida en el Aula conciliar. Debemos por tanto evitar que el Concilio confirme una cuestión de la que no ha habido discusión alguna entre los Padres”. La comisión respondió: “un cambio en ese sentido seria una variante sustancial en un texto que fue aprobado por la mayoría como una comprobación y reafirmación del celibato”.

El Vaticano II “comprueba y confirma”
Se trata de un “decreto” conciliar. Nada se dice sobre el valor de fe que tiene esta legislación. Más aún se reconoce que el celibato “no es exigido ciertamente por la naturaleza misma del sacerdocio, como aparece por la práctica de la Iglesia primitiva y por la tradición de las Iglesias orientales, en donde, además de aquellos que con todos los obispos eligen el celibato como un don de la gracia, hay también presbíteros casados muy beneméritos”. El concilio “de nuevo comprueba y confirma esta legislación, confiando en el Espíritu que el don del celibato será dado generosamente por el Padre....”:
“Por estas razones, fundadas en el misterio de Cristo y en su misión, el celibato, que al principio se recomendaba a los sacerdotes, fue impuesto por ley después en la Iglesia Latina a todos los que eran promovidos al Orden sagrado. Este Santo Concilio de nuevo comprueba y confirma esta legislación en cuanto se refiere a los que se destinan para el presbiterado, confiando en el Espíritu que el don del celibato, tan conveniente al sacerdocio del Nuevo Testamento, será dado generosamente por el Padre, mientras que los que participan el sacerdocio de Cristo por el sacramento del Orden, más aún, toda la Iglesia, lo pidan humilde y fuertemente -`enixe´-” (Vat. II: Decr. PO 16; Pablo VI: Sac. Caelib. n. 44).


“Estas razones” están incluidas en la llamada “múltiple conveniencia del celibato con el sacerdocio” (PO 16). “Conveniencia” que analizaremos en otro artículo. De estas conveniencias deducen la voluntad de Dios y la concretan en una ley obligatoria en conciencia. Interpretando a Dios -poniéndose en su lugar- deciden, siguiendo la orden papal, “comprobar y confirmar” la imposición de la ley que obliga a prometer el celibato para poder ser reconocido y autorizado el ejercicio ministerial. Se vincula por ley una gracia divina, no necesaria “por la naturaleza del sacerdocio”, al ejercicio sacerdotal. Y se hace depender el ministerio de la concesión de esa gracia. Gracia que llegará si el sacerdote y la comunidad cristiana la piden al Padre humilde, constante y fuertemente. Si Dios no la concede, no habrá pastores ni eucaristía. Así que, por orden humana, “el Padre las concederá generosamente”.

Dios está obligado a conceder el don del celibato y el ministerio a una misma persona
Se les puede aplicar a los dirigentes eclesiales esta protesta de Judit: ¿Quién sois vosotros para tentar a Dios en el día de hoy y colocaros en lugar de Dios entre los hombres? (Judit 8, 12). El papa Francisco la propone como un principio general de espiritualidad: “Hay que aprender a no poner condiciones a Dios... No queramos enseñar a Dios qué es lo que tiene que hacer” (Audiencia del Papa del 25 de enero de 2017). La experiencia demuestra que Dios no les hace caso, a pesar de su pastoral de monaguillos, oraciones humildes, contantes y fuertes. Cuentan los obispos que el Papa Juan Pablo II les preguntaba en la visita “ad Límina” sobre cuántos seminaristas tenían. Si le parecían pocos, les decía: “usted ora poco”. Todo menos admitir que su voluntad (la del Papa, la ley eclesial) podría no ser la de Dios. En vez de conocer la voluntad de Dios en los carismas dados a los cristianos para el bien común, la cúpula eclesial viene construyendo un armazón legal y obliga a Dios a ajustarse a él. Es sucumbir a la tentación del maligno: hacer una acción irresponsable poniendo a prueba la fidelidad de Dios. Exigir el celibato es obligar a Dios a intervenir para avalar nuestra decisión. Incluso se atreven a decir que la “fidelidad al celibato nunca ha sido denegada a quienes la piden” (PO 16). Pura elucubración, falsedad y manipulación propagandística.

Rufo González
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