La Iglesia es más que democracia, es comunión La Iglesia es más que democracia, es comunión

La comunión en ser y en caminar exige democracia funcional

La Iglesia no es una creación democrática, fruto del parecer y de votos nuestros. Viene de Dios, de Jesús, de “arriba”. Los cristianos no hemos elaborado una “constitución” para someterla a la voluntad soberana del pueblo. Previo a nuestra decisión libre hay una Palabra y un Espíritu de amor, que salen a nuestro encuentro, desde el misterio abismal que llamamos “Dios”, “Padre de Jesús”, “Padre de todos”. Los cristianos aceptamos el Evangelio de Jesús, sus signos de vida, su comunidad de amor. Esos dones son medios necesarios para promover el Reino de Dios, que es y será siempre nuestro objetivo, la misma causa por la que vivió, murió y resucitó Jesús.

No somos soberanos en la Iglesia. No tenemos nosotros la palabra última y definitiva. Para nosotros lo definitivo es la Palabra revelada, la voluntad divina, expresada sobre todo en la vida de Jesús de Nazaret. La soberanía es de Cristo, cabeza de la Iglesia (Ef 5, 23; Col 1, 18), que vive con nosotros y nos ilumina y alienta constantemente con su Espíritu. Espíritu que nos ha seducido y convencido. Hemos elegido ser, con libertad, miembros de su Cuerpo, Iglesia. Aceptamos el Evangelio y la organización inspirada por Cristo: medios de vida (oración, sacramentos) y ministerios o servicios necesarios para trabajar por el Reino de Dios.

La Iglesia es más que democracia, es comunión. Es, sin duda, la palabra que mejor define a la Iglesia. Comunión en su ser: “un pueblo reunido en virtud de la unidad del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo” (LG 4). Pueblo que “recibe la misión de anunciar el reino de Cristo y de Dios e instaurarlo en todos los pueblos, y constituye en la tierra el germen y el principio de ese reino” (LG 5). Comunión en su hacer se llama “sinodalidad”, caminar juntos. Es lo que exige la propia naturaleza de la Iglesia: reunión de los que se sienten convocados a la misma misión, a la misma vida en “el amor que nos tiene el Padre” (1Jn 3,1ss). Si somos una comunidad con los mismos medios y fines, es lógico que seamos una democracia en muchos aspectos de funcionamiento. “Lo que es de todos y afecta a todos ha de ser tratado y decidido por todos”, fue principio básico de la Iglesia durante siglos. Se ha ido extinguiendo por la presión histórica de imperios y monarquías absolutas, no inspiradas en el Evangelio.

La comunión en ser y en caminar exige democracia funcional. Basta leer los inicios de la Iglesia para percibirlo. Es la libertad vivida en los primeros tiempos: “Escoged entre vosotros a siete hombres de buena fama, llenos de Espíritu y saber, a los que podamos encargar este asunto” (He 6, 3). “Decidieron los apóstoles y los responsables con la entera comunidad (syn hole te ecclesía), elegir a algunos...” (He 15, 22ss).

El llamado “concilio de Jerusalén” “fija el estilo de la organización cristiana. Por la declaración final (“nos ha parecido al Espíritu Santo y a nosotros”), sabemos que Dios (Espíritu Santo) se expresa en el diálogo y decisión de los creyentes (nosotros). La iglesia es una asamblea teologal: los hermanos se juntan y dialogan los problemas a la luz del mensaje de Jesús, de manera que pueden afirmar y afirman que les asiste el Espíritu Santo. Es una asamblea participativa: Dios habla en el diálogo fraterno. Éste es el modelo cristiano de gobierno, en una iglesia que empieza a tener ya problemas. Ella no puede resolverlos mágicamente, ni apelar a una instancia exterior (oráculo de Dios, revelación privada o decisión particular de un dignatario). Los hermanos deben reunirse y dialogar: sólo allí donde comparten la palabra, conforme al evangelio (misión) y para bien de todos, se revela el Espíritu. Lucas ha desarrollado este acuerdo de Jerusalén como ejemplo de autoridad, expresando para siempre el sentido de la comunión eclesial. Éste es el primero y quizá el más importante de todos los “concilios”, pues no define un dogma especial, sino la base y comunión dialogal de la iglesia. Tras el concilio de Nicea (325 d. C.), las decisiones las tomarán sólo los obispos, cosa, en cierto modo, lógica, por los cambios de estructura eclesial. Pero al principio era distinto: no se reunieron obispos, sino apóstoles y presbíteros (paradójica mezcla), con delegados de las comunidades (Antioquía) y el conjunto de la iglesia (muchedumbre de Jerusalén) (X. Pikaza. Blog de RD. 07.09.08).   

La Tradición Apostólica de Hipólito (s. III) transmite el principio democrático en la elección del obispo: “que se ordene como obispo a aquel que, siendo irreprochable, haya sido elegido por todo el pueblo”. En sus orígenes, pues, la organización católica no fue monarquía absoluta ni sacralizada.

En la comunidad cristiana no puede haber predominio ni sometimiento: “Sabéis que los jefes de los pueblos los tiranizan y que los grandes los oprimen. No será así entre vosotros: el que quiera ser grande entre vosotros, que sea vuestro servidor, y el que quiera ser primero entre vosotros, que sea vuestro esclavo. Igual que el Hijo del hombre no ha venido a ser servido sino a servir y a dar su vida en rescate por muchos” (Mt 20, 25-28; Mc 10, 42-45; Lc 22, 25-28). “Lavaos los pies unos a otros” (Jn 13,14), es el testamento de Jesús. La primacía que otorgó a Pedro no fue de predominio, sino de “confirmar a sus hermanos en la fe” (Lc 22,32) y “apacentar las ovejas” (Jn 21, 15-17). Confirmar en la fe y apacentar puede hacerse tras una elección democrática. Lo mismo que organizar la labor apostólica, repartir las tareas y las responsabilidades, etc. La fidelidad evangélica es la fundamental.

El Vaticano II, centrando la Iglesia en la comunión, apuntó reformas en este sentido. Pero el Código de Derecho Canónico, cánones 536 y 537, concreta estas aspiraciones en formas poco o nada democráticas. Por ejemplo:

“Canon 536 § 1: Si es oportuno, a juicio del Obispo diocesano, oído el consejo presbiteral, se constituirá en cada parroquia un consejo pastoral, que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia, presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral. § 2. El consejo pastoral tiene voto meramente consultivo, y se rige por las normas que establezca el Obispo diocesano.

Canon 537: En toda parroquia ha de haber un consejo de asuntos económicos que se rige, además de por el derecho universal, por las normas que haya establecido el Obispo diocesano, y en el cual los fieles, elegidos según esas normas, prestan su ayuda al párroco en la administración de los bienes de la parroquia, sin perjuicio de lo que prescribe el c. 532.”.

Una comunidad cristiana, reunida por el Espíritu de Jesús, anuncia el evangelio, celebra los signos de vida que nos ofrece Jesús, vive la fraternidad. Para realizar estas actividades necesita organizarse según los carismas de todos sus miembros. Dos estructuras básicas son, sin duda, los Consejos de Pastoral y de Economía. Por ley son sólo consultivos para el poder absoluto. Aún hay parroquias que no los tienen. Muchos funcionan para decir amén al párroco o al obispo. Una decisión comunitaria, acorde con el Evangelio y en su ámbito, da conciencia de comunidad adulta. Lo contrario es infantilismo. Así lo ve la sociedad actual.

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