La primera “Asamblea Especial del Sínodo” anuló la sinodalidad en los Países Bajos En torno al Sínodo de la Amazonía (III): el clericalismo masculino sigue en pie

“Asamblea especial” última, en paralelo con la primera (14-31 enero 1980)

Las asambleas sinodales pueden ser ordinarias, extraordinarias y especiales. Éstas se ocupan de la situación de la Iglesia en una zona geográfica. Ya ha habido once sínodos “especiales” (entre 1980-2019). Curiosamente esta Asamblea “especial” última guarda cierto paralelismo con la primera (14-31 enero 1980), presidida por San Juan Pablo II, sobre “la situación pastoral en los Países Bajos”, llamada “Sínodo particular para los Países Bajos”. Fue la etapa final de una década de reconducción pastoral de la Iglesia holandesa. El Catecismo Holandés y el “Concilio Pastoral” (entre 1968 y 1970) alarmaron a la Curia Vaticana. Obispos, presbíteros, religiosos y laicos trataron temas que Roma consideraba inadmisibles. Sobre todo la proposición de pedir a Roma que autorizara “el acceso de personas casadas al ministerio sacerdotal” (7-enero-1970). El 88% de los católicos holandeses, en una encuesta de 1969, veía bien este cambio.

De forma inmediata, febrero de 1970, Pablo VI ordena a los obispos de Holanda que retiren esta proposición, y empieza a elegir obispos incapaces de repetir esta situación. El santo Papa polaco reforzará esta práctica: “nombrar obispos de una sola mentalidad y sensibilidad, seguros, que respondan sin dudar a los deseos de Roma. Y al hablar en este contexto de Roma no nos referimos al centro de comunión eclesial, sino a una mentalidad y una interpretación reduccionista del Concilio” (Juan María Laboa: Integrismo e intolerancia en la Iglesia. PPC. Madrid 2019, p. 43).

La primera “Asamblea Especial del Sínodo de los Obisposanuló la sinodalidad de la Iglesia en los Países Bajos.Los obispos holandeses quisieron ejercer su guía de la Iglesia de forma sinodal, en consulta, diálogo y deliberación con los presbíteros, religiosos y algunos laicos representativos.Diecinueve Padres sinodales anularon este proceder. Los obispos debían hacer las cosas siguiendo las directrices romanas, sin tener en cuenta al clero ni a los laicos. Les hacen firmar que “son unánimes en su voluntad de seguir fielmente las decisiones de los Papas”. La conclusión n. 21 sobre el celibato contesta a la petición del “concilio pastoral” del 7 de enero de 1970:

“Los miembros del Sínodo están todos ellos persuadidos de que el celibato por el Reino de los cielos constituye un gran bien para la Iglesia. Son unánimes en su voluntad de seguir fielmente las decisiones de los Papas de conservar la regla del celibato. Los obispos esperan encontrar un número suficiente de sacerdotes. Incluso en los momentos de falta de candidatos, los miembros del Sínodo profesan su confianza en Aquel que es el Dueño de la mies y en que enviará obreros a su (cf. Carta del Papa Juan Pablo II a todos los sacerdotes de la Iglesia con ocasión del Jueves Santo de 1979). Confieren mucho valor al apoyo que puede aportar la vida en comunidad o por lo menos la ayuda mutua fraterna entre los sacerdotes. Estiman que el celibato no surtirá efecto plenamente, en el plano personal y pastoral, más que si es vivido como verdadero consejo evangélico, el cual no carece de analogía con los otros consejos de la pobreza y la obediencia.”.

Ahora estamos en una coyuntura similar, pero con diferencias: la presencia del Papa Francisco y la intervención de obispos, presbíteros, religiosos y laicos. Ahora ha resonado la situación de la Amazonía en toda su crudeza: “la Amazonía hoy es una hermosura herida y deformada, un lugar de dolor y violencia...” (n. 10); “los atentados contra la vida de las comunidades indígenas, los proyectos que afectan al medio ambiente, la falta de demarcación de sus territorios, así como el modelo económico de desarrollo depredador y ecocida” (n. 46); “situación de impunidad en la región con relación a violaciones de derechos humanos y de barreras para obtener justicia” (n. 69). Citando a San Juan Pablo II, implican a la Iglesia en los pueblos amazónicos: “La Iglesia, queridos hermanos y hermanas indios, ha estado y seguirá estando siempre a vuestro lado para defender la dignidad de los seres humanos, su derecho a tener una vida propia y pacífica, respetando los valores de sus tradiciones, costumbres y culturas” (San Juan Pablo II dijo en Cuiabá, en 1991)” (n. 50). 

El problema crucial sigue estando en el clericalismo, instalado en el Código de Derecho Canónico, que divide a la Iglesia en dos estamentos irreductibles: clérigos y laicos. Este modelo se hizo ley en el Decreto de Graciano (s. XII): “Hay dos géneros de cristianos, uno ligado al servicio divino […] constituido por los clérigos. El otro es el género de los cristianos al que pertenecen los laicos”. Se ha hecho doctrina eclesial: “La Escritura enseña, y la tradición de los Padres lo confirma, que la Iglesia es el Cuerpo místico de Jesucristo, regido por pastores y doctores, es decir, una sociedad humana, en la cual existen autoridades con pleno y perfecto poder para gobernar, enseñar y juzgar. Esta sociedad es, por tanto, en virtud de su misma naturaleza, una sociedad jerárquica; es decir, una sociedad compuesta de distintas categorías de personas: los pastores y el rebaño, esto es, los que ocupan un puesto en los diferentes grados de la jerarquía y la multitud de los fieles. Y estas categorías son de tal modo distintas unas detrás, que sólo en la categoría pastoral residen la autoridad y el derecho de mover y dirigir a los miembros hacia el fin propio de la sociedad; la obligación, en cambio, de la multitud no es otra que dejarse gobernar y obedecer dócilmente las directrices de sus pastores” (Encíclica Vehementer Nos, de San Pío X. 1906).

El Vaticano II abrió la puerta a un nuevo modelo: comunidad-ministerios. Pero no eliminó el antiguo. Ambos subsisten en las Constituciones conciliares, entrando en contradicciones y haciendo posible lecturas ambiguas. El documento final del Sínodo para la Amazonía desea utilizar el nuevo, pero resulta un brindis al sol: “Como expresión de la corresponsabilidad de todos los bautizados en la Iglesia y del ejercicio del “sensus fidei” de todo el Pueblo de Dios, surgieron las asambleas y consejos de pastoral en todos los ámbitos eclesiales, así como los equipos de coordinación de los diferentes servicios pastorales y los ministerios confiados a los laicos. Reconocemos la necesidad de fortalecer y ampliar los espacios para la participación del laicado, ya sea en la consulta como en la toma de decisiones, en la vida y en la misión de la Iglesia” (n. 94).

Reconoce la necesidad de fortalecer y ampliar... la participación del laicado..., en la consulta, en la toma de decisiones, en la vida y en la misión de la Iglesia”. Pero la doctrina absolutista dice lo contrario. La autoridad eclesial, elegida y nombrada por ella misma, sigue por encima del Pueblo de Dios. Ella discierne sola, con sus clérigos, si quiere. Ella guía al Espíritu, y luego dice que el Espíritu guía a la comunidad. El clero sólo masculino sigue en pie. Sólo él vota y decide. La mujer no tiene capacidad ni siquiera de recibir la vocación ministerial. Eso explica que los “nuevos caminos” queden en “primavera”, en “la hora de los laicos”, en “esperanza”. En definitiva en las manos únicas del Papa, del obispo, del párroco. Ahora, en situación crítica, proponen ordenar a varones casados en una región impenetrable. Pretenden que las mujeres ya “puedan recibir los ministerios del Lectorado y el Acolitado” (que vienen ejerciendo “ilegalmente” desde hace años), y que sea creado el ministerio de “la mujer dirigente de la comunidad” (-nada de sacramento, ni entrada al clero- (n. 102). A la hora de la verdad, sigue en pie lo de “clérigos-pastores-mover y dirigir” y “laicos-rebaño-dejarse gobernar y obedecer” (Vehementer Nos 1906) . Lean: “Queda siempre el sacerdote, con la potestad y facultad del párroco, como responsable de la comunidad” (Amazonía, n. 96).

Leganés, noviembre 2019

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