Arzobispado de Mexico: “La excomunión tiene un sentido de misericordia”

Al respecto, resaltó que una persona que no es católica “no puede ser excomulgada, ya que excomulgar significa ser expulsado de la comun-unión o perder la unidad con la Iglesia”.
El Sistema Informativo de la Arquidiócesis de México señaló en uno de sus despachos que “alguien que no es católico no goza de esa comunión, por lo tanto tampoco se le puede privar de algo que es inexistente”.
Subrayó que “la Iglesia no ha amenazado con la excomunión a quienes promueven o llevan a la práctica el aborto”, sino que ésta “sólo ha recordado a los fieles cristianos la norma que existe en el Código de Derecho Canónico que data de 1983”.
La excomunión, abundó, ciertamente pone en peligro mortal al alma del excomulgado, pero en realidad, la excomunión tiene un sentido de misericordia.
Al respecto, refirió que el canon 1398 establece que quien provoca el aborto, si éste se produce, “incurre en excomunión”. Indicó que “la Iglesia protege la vida humana incluso del aún no nacido”.
El Arzobispado de México expuso que “debido a lo rechazable de la acción y de que la mayor de las veces se hace en secreto, la pena es la excomunión latae sententie, es decir que aplica cuando se lleva a cabo el delito, no necesita una declaración pública, se da en el mismo acto”.
Añadió que “la gravedad de la pena que impone la Iglesia es para que los que participan en este abominable crimen tomen conciencia de qué modo se opone esa acción a su propia fe”.
“Para la Iglesia es aborto no sólo matar el fruto inmaduro en el vientre de una madre, sino toda acción que de cualquier modo y en cualquier momento conduzca a su muerte”, indicó. Por tanto, “el castigo de excomunión recae en todos los que procuran y participan en el aborto y no sólo a la madre que mata o hace matar a su hijo”.
Esto significa que se trata de “una forma en que la Iglesia hace ver al fiel cristiano la gravedad del delito que ha cometido, tan grave que al cometerlo se ha excluido de la comunidad eclesial”.
Aclaró que “la excomunión no es irreparable, si el fiel cristiano toma conciencia de la gravedad del delito, se arrepiente, da muestras sinceras de arrepentimiento y pide volver al seno de la Iglesia, su obispo le puede levantar la excomunión y la persona volver a ser recibida en la comunión de la Iglesia”.
Acerca de las cuestiones prácticas de la vida de los fieles, éstos se verán “impedidos de participar en la Santa Misa, recibir la Sagrada Comunión, la Confesión, y los demás sacramentos. Los excomulgados no pueden ser padrinos ni participar activamente en la vida de la Iglesia”.
La Arquidiócesis de México reiteró que “quien legisla a favor del aborto, quienes lo promueven y trabajan para hacerlo realidad, quien lo induce u obliga a la mujer a abortar, el médico, enfermera o persona que lo realiza, y la mujer que lo lleva a cabo, reciben la pena de la excomunión”.
Enfatizó que no es un castigo que hoy inventó la Iglesia, sino que la norma vigente de la misma entró en vigor en 1983, “quien no es católico y se ampara bajo el Estado laico no tiene porque preocuparse por esta pena, debe apelar a su propia conciencia delante de Dios, si es creyente, quien en su quinto mandamiento dice: no Matarás”.