El Vaticano abre un "canal de primera escucha" para "las víctimas no debidamente resarcidas" del Sodalicio
Los obispos de Perú saludan el comunicado del comisario pontificio, "una oportunidad real para seguir avanzando hacia una justa reparación, largamente esperada: reconocimiento pleno del daño causado, acompañamiento integral, reparación adecuada y garantías firmes de no repetición"
"Una oportunidad real para seguir avanzando hacia una justa reparación, largamente esperada: reconocimiento pleno del daño causado, acompañamiento integral, reparación adecuada y garantías firmes de no repetición". Así define la Conferencia Episcopal peruana el comunicado emitido anoche por el Comisario Apostólico a cargo del proceso de liquidación de las sociedades de vida apostólica Sodalitium Christianae Vitae y Fraternidad Mariana de la Reconciliación, y de las asociaciones de fieles Siervas del Plan de Dios y Movimiento de Vida Cristiana, Jordi Bertomeu. En el texto, colgado en la web de la CEP, se destaca que "este pronunciamiento se entiende como un acto concreto orientado a la atención efectiva de las víctimas".
"El comunicado del Comisario Apostólico revela decisión, transparencia y responsabilidad. Las heridas provocadas siguen siendo profundas y las fracturas generadas no solo afectan a las víctimas, sino también a toda la comunidad eclesial. Por ello, este comunicado consolida un proceso auténtico de justicia y sanación", sostiene el episcopado peruano.
Y es que, tal y como se afirma en el mismo, del 4 al 22 de mayo, en la sede de la Nunciatura Apostólica en el Perú, se habilitará un "Canal de primera escucha", en el marco de una nueva misión especial de carácter diplomático, "dirigido a aquellas personas que se consideren víctimas no debidamente resarcidas de abusos físicos y/o sexuales; abusos espirituales —mediante la instrumentalización, en el fuero externo, de la información obtenida en el ámbito de la dirección espiritual—; abusos de conciencia —a través de prácticas de carácter sectario orientadas a quebrantar la voluntad de los subordinados—; abusos de cargo y de autoridad —incluyendo conductas de acoso en el entorno laboral, encubrimiento de ilícitos institucionales y acceso indebido a comunicaciones—; así como de abusos o malos manejos de naturaleza económica u otros atribuidos a algunos miembros de la denominada familia espiritual sodálite".
El comunicado del Comisario Apostólico revela decisión, transparencia y responsabilidad. Las heridas provocadas siguen siendo profundas y las fracturas generadas no solo afectan a las víctimas, sino también a toda la comunidad eclesial. Por ello, este comunicado consolida un proceso auténtico de justicia y sanación"
Claves de un documento histórico
¿Cuáles son las claves de este momento histórico para las víctimas peruanas, y para la Iglesia del país? En primer lugar, que se trata de un proceso iniciado por Francisco, y asumido, desde el primer momento, por León XIV, quien como prefecto de Obispos acompañó decisivamente a Bergoglio en la disolución del Sodalicio y el resarcimiento de sus víctimas, una tarea encomendada a Bertomeu, y no exenta de problemas por la negativa de algunos a cumplir con las órdenes papales.
En segundo término, destacar que se trata de un proceso excepcional, pues se castigó no sólo al fundador, sino a los principales responsables de los abusos, y se suprimieron los cuatro entes fundados por Figari por falta de carisma orginario y métodos sectarios. También, por iniciar un proceso de reparación, pese a los inéditos (y permanentes, como ha demostrado hoy mismo Alejandro Bermúdez en sus redes sociales, amenazando directamente a Bertomeu: "Quiero que te quede claro, Bertomeu: estás en la mira ahora más que nunca, y lo seguirás estando; no por odio ni por venganza, sino por justicia".
En tercer lugar, que este proceso debe culmiar en una reparación integral, tanto económica como de cualquier otro tipo. El aval del episcopado al publicar el documento y hacer la introducción al mismo, es otro punto a tener en cuenta para recalcar la relevancia del mismo.
En quinto lugar, se deja claro que el proceso de disolución se hizo con pleno respeto a la ley canónica, y que las investigaciones a los acusados fueron ajustadas a la norma, dándoles todas las garantías de defensa. Pese a ello, como se recordará, el proceso se trató de entorpecer con el envío de Giuliana Caccia y Sebastián Blanco, quienes se presentaron como víctimas y trataron que tanto Perú como el Vaticano demandaran al propio Bertomeu, que contaba con la condición de diplomático para esta misión. De hecho, todas las demandas han sido rechazadas.
Y, finalmente, que el 'caso Sodalicio' se presenta como un precedente para otros casos similares en la Iglesia. Una suerte de'banco de pruebas' para atajar otros posibles movimientos donde se produzcan abusos espirituales, sexuales y de todo tipo desde el comienzo, que vician de raíz el supuesto carisma de sus fundadores.
Este es el comunicado íntegro:
COMUNICADO
El Comisario Apostólico a cargo del proceso de liquidación de las sociedades de vida apostólica Sodalitium Christianae Vitae y Fraternidad Mariana de la Reconciliación, y de las asociaciones de fieles Siervas del Plan de Dios y Movimiento de Vida Cristiana, hace de conocimiento público lo siguiente:
1. En cumplimiento del mandato recibido, desde el 14 de enero de 2025, del Dicasterio para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica por venerado encargo del Santo Padre Francisco, confirmado por el Papa León XIV el 9 de mayo de 2025 de:
- a) Asumir la representación legal de las mencionadas instituciones suprimidas o conferirla a personas de su confianza.
- b) Disponer los procedimientos para comprobar cualquier tipo de violencia y/o abuso sufrido por miembros o ex miembros de las instituciones suprimidas y atribuido con certeza al Sr. Luis Fernando Figari y/o a miembros o ex miembros de las instituciones fundadas por él.
- c) Definir y resarcir equitativamente los daños sufridos por las víctimas (conforme al canon 128 del Código de Derecho Canónico), teniendo en cuenta para esos efectos el valor consolidado de los bienes muebles y los ingresos obtenidos por la enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a las instituciones mencionadas.
- d) Regularizar (conforme al canon 265 del Código de Derecho Canónico) la situación jurídica de los clérigos que estuvieron incardinados en el Sodalitium Christianae Vitae.
2. Tras haber solicitado formalmente, a través de S.E.R. Mons. Javier Augusto Del Río Alba, Arzobispo de Arequipa y Comisario Apostólico Adjunto desde el 29 de septiembre de 2025, la entrega del inventario actual de los bienes muebles e inmuebles y de cualquier otro tipo del Sodalitium Christianae Vitae, así como del archivo completo de esta sociedad de vida apostólica, efectivamente depositados temporalmente el 19 de febrero de 2026, para su estudio, en la Nunciatura Apostólica de Lima.
3. INFORMA que, entre los días 4 y 22 de mayo de 2026, en la sede de la Nunciatura Apostólica en el Perú (Av. Salaverry – 6.ª cuadra, Jesús María, Lima 11), se habilitará un “Canal de primera escucha”, en el marco de una nueva misión especial de carácter diplomático, dirigido a aquellas personas que se consideren víctimas no debidamente resarcidas de abusos físicos y/o sexuales; abusos espirituales —mediante la instrumentalización, en el fuero externo, de la información obtenida en el ámbito de la dirección espiritual—; abusos de conciencia —a través de prácticas de carácter sectario orientadas a quebrantar la voluntad de los subordinados—; abusos de cargo y de autoridad —incluyendo conductas de acoso en el entorno laboral, encubrimiento de ilícitos institucionales y acceso indebido a comunicaciones—; así como de abusos o malos manejos de naturaleza económica u otros atribuidos a algunos miembros de la denominada “familia espiritual sodálite” (cf. Comunicados de la Conferencia Episcopal Peruana del 15 de septiembre, 21 y 23 de octubre de 2024).
4. Asimismo, se deja expresa constancia de que, transcurrido el plazo anteriormente indicado, no se admitirá a trámite ninguna ulterior denuncia ni solicitud de indemnización o compensación.
5. Para ello, se ruega a los interesados que, desde la publicación de este comunicado:
a) Soliciten por teléfono (+51 913200064) un breve encuentro personal con el Comisario Apostólico entre los días antes mencionados, en el que la persona peticionaria podrá ser escuchada y entregar por escrito su denuncia con la consiguiente petición de indemnización o compensación por escrito;
o bien, como alternativa, desde el momento de la publicación de este comunicado y hasta el 22 de mayo de 2026,
b) Envíen al correo electrónico comisario.pontificio.scv@gmail.com dicha denuncia y petición de indemnización o compensación, en la cual debe constar el nombre, firma, número de documento de identidad, número de teléfono y domicilio actual del denunciante. No se atenderá denuncias anónimas o presentadas a nombre de difuntos o de personas que no deseen, por cualquier motivo, hacerlo directamente.
6. El escrito de denuncia y pedido de indemnización o compensación debería contener, en lo posible, los siguientes particulares: nombre completo y principales datos biográficos de la presunta víctima; nombre completo de la persona agresora; descripción lo más completa posible de los ilícitos y otros hechos problemáticos, con las correspondientes fechas y lugares; nombres completos de las personas que pudieran corroborar tales hechos, si las hubiera; fotocopia de los documentos que puedan apoyar, al menos indiciariamente, los hechos denunciados; información de todas y cada una de las indemnizaciones o compensaciones que, de ser el caso, se hubiera ya recibido de cualquiera de las instituciones suprimidas,
7. Efectuado el estudio de todas las denuncias y peticiones de indemnización o compensación, tras un período de tiempo congruo que podría no ser inferior a tres (3) meses, se informará caso por caso el resultado de las gestiones.
8. Por otra parte, se comunica a los clérigos que estuvieron incardinados en el Sodalitum Christianae Vitae, así como a los Obispos que estén dispuestos a iniciar los procesos para incardinarlos, que comuniquen oficialmente dicha intención al Comisario Apostólico, en los días y a través de los medios antes señalados, para estudiar caso por caso las posibles diligencias a seguir. Si en algún caso se ha procedido a dicha incardinación sin contar con la previa autorización de la Santa Sede, el Obispo interesado se servirá contactar al Comisario Apostólico, por los medios antes señalados, para determinar el modo de proceder.
9. Al iniciar esta nueva etapa de la tarea que le ha sido encomendada, al Comisario Apostólico expresa su reconocimiento a todas las personas que han aportado su testimonio en el marco de la “Misión Especial” realizada del 24 de julio al 4 de agosto de 2023 junto a S.E.R. Mons. Charles Scicluna, Arzobispo de Malta, como enviados personales del Santo Padre Francisco en misión diplomática, según mandato del 5 de julio del mismo año.
10. Es plenamente constatable el largo y complejo itinerario seguido, especialmente a partir de las expulsiones del laico Luis Fernando Figari Rodrigo del Sodalitum Christianae Vitae y de otros miembros de la misma sociedad de vida apostólica, dispuestas por el Dicasterio competente de la Santa Sede entre los meses de agosto y octubre de 2024 y aprobadas en forma específica por el Santo Padre, tras la valoración de las pruebas presentadas en su contra y de su defensa.
11. En el mismo itinerario se inscribe el acto de supresión de las cuatro instituciones fundadas por el citado Sr. Figari «por ausencia de un carisma de origen divino en sus miembros» decretado en forma específica por el Papa Francisco el 14 de enero de 2025 (cf. Decreto de supresión, Prot. N. 52218/2011) y hecho efectivo a partir de la intimación de estas decisiones el 14 de abril de 2025.
12. Este recorrido que se inició bajo la guía paternal del Papa Francisco y que ahora continúa bajo la del Papa León XIV, ha implicado plazos prolongados debido a la necesidad de seguir rigurosos procedimientos probatorios y estricta reserva, lo cual ha requerido un considerable esfuerzo personal por parte de todos los participantes. A todos ellos se les reitera el más sincero reconocimiento y gratitud por la colaboración prestada.
13. Asimismo, además del reconocimiento debido a los diversos organismos judiciales, administrativos y económicos de la Santa Sede implicados en este proceso, se deja constancia de la gratitud a los tres Comisarios Apostólicos Adjuntos —S.E.R. Mons. Javier Del Río Alba y los señores César Arriaga Pacheco y Juan Velásquez Salazar— por el diligente y competente desempeño de las funciones encomendadas, contribuyendo de manera decisiva al correcto desarrollo de las actuaciones.
14. Frente a los hechos aquí señalados, cabe recordar la petición de perdón del Papa Francisco «al Pueblo de Dios y al conjunto de la sociedad civil… por los ilícitos canónicos intolerables que, más allá del escándalo suscitado a nivel internacional, desfiguran la misión evangelizadora de la Iglesia y menoscaban severamente su credibilidad, poniendo además en riesgo la sana cooperación que regula las relaciones entre la Iglesia y el Estado» (Comunicado, 23 de octubre de 2024).
15. Se reafirma, una vez más, la plena solidaridad con todas las víctimas de abusos, dado que toda forma de violencia o abuso constituye una grave vulneración de la dignidad de la persona y no admite justificación alguna. En consecuencia, se mantiene firme el compromiso de que las actuaciones presentes y futuras se orienten a la determinación de la verdad, la realización de la justicia y la posible indemnización de los daños sufridos.
16. Se exhorta, finalmente, a las personas físicas, jurídicas o cualquier otra instancia que pretendan interferir nuevamente en el procedimiento en curso —incluidos los inadmisibles intentos de obstrucción de carácter mediático o judicial, por otra parte infructuosos, promovidos ante órganos estatales y de la Santa Sede, sin perjuicio del legítimo ejercicio de los medios procesales previstos para la defensa de derechos e intereses legítimos—, a abstenerse de incurrir de nuevo en cualquier conducta que pueda interferir en el adecuado desarrollo de unas actuaciones que tienen como único objetivo ofrecer una justa reparación del daño causado a las víctimas.
Ciudad del Vaticano, 1 de abril de 2026
MONS. JORDI BERTOMEU FARNÓS
Comisario Apostólico
