El Obispado alega falta de libertad del obispo tras la intervención vaticana La diócesis de Lleida se niega a devolver los bienes de Barbastro y dice que acató por "obediencia debida" a la Santa Sede

Los obispos de Barbastro (Pueyo), Lleida (Giménez) y emérito de Barbastro (Milián)
Los obispos de Barbastro (Pueyo), Lleida (Giménez) y emérito de Barbastro (Milián)

Las declaraciones del obispo asumiendo la propiedad aragonesa de los bienes "no se emitieron en un ambiente de plena y absoluta libertad de actuación como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo sino bajo el imperativo de la obediencia debida"

Cuando la diócesis de Barbastro-Monzón demandó a la de Lérida, Giménez notificó a la Santa Sede el litigio y en este caso no recibió "orden alguna, lógicamente porque estaba demandado en un juzgado civil" y la ley le ampara para "legítimamente oponerse, como cualquier otro ciudadano" y ejercer acciones para la defensa de los bienes de su diócesis

El Obispado de Lleida, el Museo y la Generalitat han presentado sendos recursos ante la Audiencia Provincial por la orden de "devolución inmediata" de los 111 bienes de las parroquias de la Franja a la diócesis de Barbastro-Monzón. Sorprende, tal y como informa Heraldo, una de las razones aportadas por la diócesis en este recurso ante la justicia civil, en la que argumenta que no actuó libremente cuando en varios momentos entre 2008 y 2017 reconoció la propiedad aragonesa de los bienes en litigio. 

Así, Salvador Giménez invoca el principio de "obediencia debida" para justificar el acatamiento de las sentencias vaticanas, mientras que no les da valor en el actual pleito civil contra el obispado de Barbastro.

El recurso, firmado por el abogado Javier Gonzalo Migueláñez, enumera ocho motivos para apelar el fallo de primera instancia. El primero se basa en la falta de libertad en las manifestaciones de los diferentes prelados catalanes, desde Javier Salinas hasta Salvador Giménez, aceptando las resoluciones de los tribunales eclesiásticos y reconociendo la propiedad de las obras de arte.

Los obispos de Barbastro y Lleida, ante el juez
Los obispos de Barbastro y Lleida, ante el juez

Según la sentencia, esas manifestaciones eran "suficientes" e "inequívocas" para acreditar la propiedad. El juez cita tres: el acuerdo de 2008 de los obispos de Lérida y Barbastro ante el nuncio, en el que cumpliendo las resoluciones vaticanas reconocieron la pertenencia de los bienes eclesiásticos a las parroquias transferidas; la posición mantenida por Lérida en el acto de conciliación tras la demanda civil en 2017; y la solicitud dirigida a la consejera de Cultura de la Generalitat solicitando autorización para disponer de las piezas que se encuentran en posesión del Museo de Lérida.

La orden del Vaticano "carece de valor"

Tales declaraciones, dice el recurso del abogado del obispo Giménez, "carecen de valor" ahora porque no fueron actos libres, sino motivados por "la obediencia debida" a la jerarquía vaticana y por lo tanto no tienen validez en un procedimiento civil. "No se emitieron en un ambiente de plena y absoluta libertad de actuación como exige la jurisprudencia del Tribunal Supremo sino bajo el imperativo de la obediencia debida", señala en su apelación Javier Gonzalo. Añade que cuando la diócesis de Barbastro-Monzón demandó a la de Lérida, Giménez notificó a la Santa Sede el litigio y en este caso no recibió "orden alguna, lógicamente porque estaba demandado en un juzgado civil" y la ley le ampara para "legítimamente oponerse, como cualquier otro ciudadano" y ejercer acciones para la defensa de los bienes de su diócesis.

Bienes de la Franja
Bienes de la Franja

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