Tiene su sede legal en la ciudad del Vaticano El Papa Francisco ha aprobado los nuevos Estatutos de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén

Ceremonia  de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén en Toledo.
Ceremonia de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén en Toledo.

La Orden es una persona jurídica pública de derecho canónico, en virtud de las Cartas Apostólicas de los papas Pío XII del 14 de septiembre de 1949 y San Juan XXIII del 8 de diciembre de 1962.

En España, los miembros de la Orden, Caballeros y Damas, son, además, Canónigos Honorario de la Real Basílica del Santo Sepulcro, de Calatayud.

Su Santidad el Papa Francisco ha aprobado los nuevos Estatutos de la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén, de antiguo origen encuentra sus raíces históricas en la institución de los Canónigos Regulares del Santo Sepulcro y “en la costumbre que prevaleció entre hombres valientes para ser nombrados caballeros en la tumba de Cristo durante los siglos pasados”, según consta en el preámbulo del documento.

“Los Sumos Pontífices la reorganizaron y enriquecieron con privilegios, y en algún periodo ejercieron personalmente el cargo de Gran Maestre de la Orden. La Orden goza de una especial protección benévola de la Santa Sede en virtud de los lazos históricos, jurídicos y religiosos que la unen a ella. Su historia, objetivos, estructura y espiritualidad le confieren características institucionales únicas.”

“Aunque la pertenencia a la Orden concierne principalmente a los fieles laicos, también está abierta al clero, especialmente a los que se esfuerzan por fomentar el crecimiento y progreso espiritual de todos sus miembros. La Orden otorga una importancia primordial a la vocación a la santidad de todo cristiano, y aspira a ser un instrumento para el desarrollo y profundización de la santificación personal, así como un ámbito donde se practica y se vive la fe en todos sus aspectos.”

A través de su estructura y actividades, la Orden participa directamente de la preocupación del Romano Pontífice por los lugares e instituciones católicos en Tierra Santa. Sus objetivos emanan de las enseñanzas pontificias y se inscriben en el marco general de los fines de caridad, apostolado y servicio a favor de la dignidad del ser humano propios de la Iglesia Católica. En particular el vínculo con Jerusalén, específico de la Orden exige la responsabilidad para los Santos Lugares.

La misión específica asignada por el Santo Padre a la Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén es mantener vivo, en el seno de la comunidad eclesial, el celo por la Tierra de Jesús y apoyar a la Iglesia Católica y la presencia cristiana en ella. La Orden, a través de sus miembros, se compromete en la práctica de las virtudes evangélicas.

Derecho canónico y Vaticano

La Orden es una persona jurídica pública de derecho canónico, en virtud de las Cartas Apostólicas de los papas Pío XII del 14 de septiembre de 1949 y San Juan XXIII del 8 de diciembre de 1962; y una persona jurídica vaticana, en virtud del Rescripto del papa San Juan Pablo II del 1 de febrero de 1996. Por su actividad, la Orden actúa como un Ente Central de la Iglesia Católica, en el sentido del art. 11 del Tratado de Letrán del 11 de febrero de 1929. Para sostener las actividades institucionales, de acuerdo con las normas del Derecho Canónico y las normas específicas de la Santa Sede, así como con las disposiciones de los presentes Estatutos y del Reglamento general, la Orden se sirve de un patrimonio constituido por fondos recaudados por los organismos centrales, nacionales y locales, por la contribución económica de sus miembros, por eventuales donaciones, así como por los ingresos derivados de la gestión económica y financiera de sus bienes muebles e inmuebles.

La Orden tiene su sede legal en el Estado de la Ciudad del Vaticano y tiene el centro de su actividad en el Convento situado en la Iglesia de Sant'Onofrio al Gianicolo (San Onofre del Janículo), según lo establecido por el Motu Proprio del papa Pío XII, del 15 de agosto de 1945.

Orden Ecuestre del Santo Sepulcro
Orden Ecuestre del Santo Sepulcro

Las obligaciones de los miembros de la Orden, Damas y Caballeros,  Orden Ecuestre del Santo Sepulcro de Jerusalén, en el marco de sus competencias, son:

 “La renuncia personal a través de la autodisciplina, el testimonio de la propia fe y el celo por el bien. Este compromiso requiere el cultivo de una actitud interior de desprendimiento, de un deseo de subordinar los intereses personales a las necesidades de los demás y al bien común, y una gran generosidad en el uso de los propios recursos materiales y espirituales, talentos, influencia, tiempo y energía en favor del prójimo.”

“La generosidad en línea con el mandato conferido a la Orden, que exige a sus miembros la tarea de extender su ayuda a los más vulnerables y desafortunados y, en particular, en el ejercicio de la solidaridad en favor de las poblaciones de Tierra Santa. Esto implica el apoyo material, moral y espiritual a las personas en estado de necesidad y que no pueden hacer oír su voz o están privadas de los medios para defenderse a sí mismas y sus derechos”.

“El coraje para luchar por la justicia y la paz. La práctica de esta virtud implica la adopción de iniciativas en el ámbito de la formación a todos los niveles y la voluntad de proporcionar todo el apoyo posible para el reconocimiento y respeto de la dignidad y los derechos humanos de las personas, en particular la libertad de religión y de culto y la igualdad ante la ley, así como una razonable seguridad de vida para todos los habitantes de Tierra Santa.”

“La solidaridad a través de la oración y la ayuda generosa de sus miembros. Se ejerce principalmente ayudando al Patriarcado latino de Jerusalén y contribuye al sostenimiento financiero de instituciones religiosas, caritativas, culturales y sociales, así como de las actividades propias de la Iglesia Católica en Tierra Santa. La Orden colabora con las Iglesias particulares en las que está presente.”

Orden Ecuestre del Santo Sepulcro
Orden Ecuestre del Santo Sepulcro

“La atención a la presencia cristiana en Tierra Santa; este compromiso incluye tanto la defensa de la Iglesia in loco, mediante contribuciones financieras en favor de los Santos Lugares, como la supervivencia y continuidad de las comunidades cristianas. Este compromiso debe desarrollar asimismo la oración y la acción para fomentar la comprensión mutua entre los pueblos, el diálogo, el perdón, la reconciliación y otros valores fundamentales que son los presupuestos necesarios para la coexistencia pacífica de todos los pueblos de Tierra Santa.”

“La implicación de los miembros de la Orden. Conlleva la obligación de comprometerse y participar, con entusiasmo y generosidad, en las actividades en el campo de la caridad, la evangelización y el ecumenismo promovidas por las Iglesias particulares. Los miembros deben ser conscientes del significado espiritual y eclesial de su pertenencia a la Orden y ser testigos de los vínculos, no sólo con la Iglesia universal y Tierra Santa, sino también con las diócesis y parroquias a las que pertenecen.”

“La colaboración con otras entidades y organizaciones, religiosas o seculares, que comparten fines y objetivos análogos en Tierra Santa. Los miembros de la Orden tratan de llamar la atención de los católicos, los demás cristianos, las personas pertenecientes a otras religiones y los hombres de buena voluntad de todo el mundo sobre las obras de beneficencia en las que la Orden está comprometida en Tierra Santa, así como sobre la promoción de la unidad entre cristianos y sobre la comprensión y colaboración interreligiosa.”

En España, además los Caballeros y Damas de la Orden son nombrados canónigos honorarios de la Basílica del Santo Sepulcro, de Calatayud, y toman posesión de su sitial en ceremonia que se celebra bajo la presidencia del Obispo de Tarazona, a cuya jurisdicción canónica pertenece.

Orden Ecuestre del Santo Sepulcro
Orden Ecuestre del Santo Sepulcro

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