La falta de dinero frustró el proyecto nada más iniciadas las obras El Arzobispado se resiste a demoler el inconcluso Centro Ecuménico Internacional de Oliva

Maqueta del frustrado  Centro Ecuménico Internacional de Oliva
Maqueta del frustrado Centro Ecuménico Internacional de Oliva

El Ayuntamiento quiere que el Arzobispado le devuelva los terrenos que le cedió de la obra inconclusa en su estado original

El Arzobispado no tuvo dinero para construir el Centro, ni para demoler los cimientos ni los sótanos construidos

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia ha admitido la medida cautelar solicitada por el Arzobispado de Valencia de suspensión del ingreso de  2.344.146,86 € a las arcas del Ayuntamiento de Oliva, para que éste ejecutara la demolición de la plataforma y estructura de hormigón en el solar municipal donde estaba proyectado el Templo Ecuménico Internacional, proyecto que surgió a finales de la década de los 90 del siglo pasado siendo arzobispo Agustín García Gasco.

 Oliva, población turística sobre el mar del sur de la provincia de Valencia frontera con la de Alicante, fue la escogida para construir allí un Centro Ecuménico Internacional, entre otras razones por el gran número de extranjeros que residen en aquel litoral o que visitan con frecuencia la zona. El arzobispado embarcó en la idea a las Administraciones civiles en la confianza de que aportarían dinero para su realización, pero no debieron contar con que no siempre el PP iba a estar gobernándolas y pronto se acabó el dinero.

 Al año de comenzar a hacerse realidad surgieron problemas diversos, materiales, económicos y geológicos, que paralizaron la idea de un centro de reuniones, peregrinaciones, oracionales y cultuales, abierto a todas las religiones. Podría servir como un aliciente más turístico. La teoría buena, excelente, plausible, pero difícil de desarrollar principalmente por motivos económicos.

Terrenos donde iba a ser levantado el   Centro Ecuménico Internacional de Oliva
Terrenos donde iba a ser levantado el Centro Ecuménico Internacional de Oliva

La Fundación Templo Ecuménico El Salvador (Tecsal), dependiente del Arzobispado de Valencia, se creó ex profeso para la búsqueda de financiación y gestión del proyecto. Consiguió 4,8 millones de euros de la Generalitat Valenciana, que se invirtieron en las obras de cimentación de la edificación. La Fundación sólo pudo recolectar 600.000 euros de "particulares, empresas privadas y algunas iglesias europeas, como la Luterana alemana". Poca cosa para los 15 millones de euros en que estaban presupuestadas las obras.

 En 2006, llegó la izquierda al Ayuntamiento de Oliva y comenzó a escarbar en el asunto, un proyecto que estaba paralizado casi desde sus primeros pasos, la cimentación. en ocho años no se había hecho. La previsión de terminación de obras era para los tres años a partir de su comienzo. Comenzó reclamando el suelo, 25.593 metros cuadrados que era propiedad municipal.

La decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) es ya firme. El Ayuntamiento de Oliva recupera los 25.593 metros cuadrados de superficie, ubicados en la zona de costa junto al complejo hotelero y campo de golf de lujo Oliva-Nova, que en el Ayuntamiento (PP) cedió gratuitamente 1998, bajo el mandato del PP, cedió gratuitamente al Arzobispado de Valencia. En el convenio se establecía que de no llevarse a cabo los terrenos volverían a propiedad municipal.

Centro ecuménico de Oliva
Centro ecuménico de Oliva

El Arzobispado con los 4,8 millones de euros que le dio la Generalitat Valenciana sólo alcanzó a hacer los cimientos y un sótano del edificio en el año 2003. Las obras se complicaron por los niveles freáticos del subsuelo, hubo que hacer modificaciones, los trabajos iban encareciéndose por momentos. Las negociaciones Ayuntamiento Arzobispado subían de tensión. La reclamación de los terrenos hecha por el Ayuntamiento en 2005 acabó en los Tribunales, Juzgado de los Contencioso Administrativo y TSJCV. La sentencia  fechada en 2008 reconocía que el Ayuntamiento  "ha de velar por el interés público implícito en la recuperación de los inmuebles integrantes del patrimonio municipal cuando los objetivos que justificaron su cesión no aparecen cumplidos", desestimando la pretensión del Arzobispado.

Había que devolver los terrenos al municipio, pero en su estado original, sin el hormigón de los cimientos y sótanos. La demolición es una tarea cara, quién iba a pagarla. La Fundación, el Arzobispado, no tenía dinero para acometer el derribo y restaurar los terrenos cedidos.

Como no había forma de lograr la recuperación de solar, el Ayuntamiento pidió fuese dictado Auto de ejecución de Sentencia. Los vecinos colindantes se quejaron del abandono de las obras que provocaba oleadas de insectos, ratas y parásitos, el agua se encharcaba en sótanos y zanjas donde anidaban y se propagaban por el entorno. Un Juzgado ordenó al Ayuntamiento sanear y vallar el lugar. El Ayuntamiento a la vez ordenó al Arzobispado el derribo de lo construido, decreto que el Arzobispado recurrió. administrativa y judicialmente. La alternativa que le queda al Consistorio es hacer la demolición-restauración de oficio y pasarle luego la factura al Arzobispado.

Por su parte, el Arzobispado intenta que no sea derribada la obra hecha y se aproveche lo construido para usos municipales. Es éste el último capítulo de un serial de conflictos entre el Arzobispado de Valencia y el Ayuntamiento de Oliva que dura ya casi un cuarto de siglo. De momento, en esta nueva Litis, el Arzobispado ha ganado una pequeña batalla, un balón de oxígeno en la guerra. En una nota oficial lo explica así.

Zaplana, presentando el proyecto de Oliva a Juan Pablo II

Nota del Arzobispado

“El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia ha admitido la medida cautelar solicitada por el Arzobispado de Valencia de suspensión del ingreso de  2.344.146,86 € a las arcas del Ayuntamiento de Oliva, para que éste ejecutara la demolición de la plataforma y estructura de hormigón en el solar municipal donde estaba proyectado el Templo Ecuménico.

 El Arzobispado de Valencia solicitó la medida cautelar consistente en la suspensión de la ejecutividad del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Oliva celebrado el 29 de diciembre de 2020, alegando que éste se limitó a realizar una valoración de la devolución a su estado original de la parcela, sin justificación de que la cimentación suponga un detrimento, sino que, al contrario, conlleva una mejora para la misma, que puede ser aprovechada por cualquiera de los usos aprobados por el Ayuntamiento de Oliva (religioso, social y asistencial), siendo así que el expediente administrativo carece de documento o referencia alguna que motive o justifique la calificación de que ha supuesto un detrimento.

El Arzobispado de Valencia alegó que la recaudación por parte del Ayuntamiento del importe y la consecuente devolución a su estado original supondrían un evidente perjuicio para el interés público, al perder el enriquecimiento generado por la mejora en el suelo de titularidad pública, por lo que el Arzobispado de Valencia solicitó suspender cautelarmente la ejecutividad del acto administrativo impugnado, en tanto no fuera confirmado judicialmente en aras de evitar perjuicios de imposible reparación.

 Por otra parte, el Arzobispado de Valencia alegó que con la ejecución del acuerdo,  el interés público se vería negativamente afectado y supondría un gran perjuicio para el propio consistorio que se vería obligado a reintegrar la cantidad recaudada y, además, habría perdido un activo de gran valor para el municipio, como es la cimentación, compatible con cualquier uso religioso, social y asistencial, todos ellos de beneficio para sus ciudadanos.

 Para la suspensión del acuerdo municipal se añade que, como referían los informes técnicos, sólo se requería un vallado perimetral, mientras que el perjuicio de recaudación para su demolición sería irreversible. Este aspecto del vallado perimetral es precisamente objeto de   otro procedimiento del mismo Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia, interpuesto por las comunidades de propietarios adyacentes al solar destinado a ser el Centro Ecuménico El Salvador, en el que se ha dictado Sentencia a favor de los propietarios, condenando al Ayuntamiento de Oliva a adecentar el mismo.

 Atendiendo a los hechos sucedidos en los últimos años,  el fundamento que impidió la completa ejecución del Centro Ecuménico fue la rigidez de la Corporación Municipal en el cumplimiento de los plazos inicialmente concedidos para su ejecución. En los terrenos sobre los que se inició la cimentación una vez iniciada la obra, no se pudo realizar el proyecto original debido a la excesiva humedad que daba lugar al terreno enfangado, teniendo que ser reconsiderada una nueva cimentación para implantar la estructura de grandes dimensiones, lo que retrasó los plazos previstos.

 A pesar de las iniciativas propuestas por el Arzobispado de Valencia, que ha venido planteando diferentes soluciones a lo largo del tiempo para reanudar las obras, el Ayuntamiento se ha venido cerrando en bloque. De hecho, tras la resolución judicial del TSJCV de 2009 respecto del Centro Ecuménico, el Arzobispado de Valencia solicitó al Ayuntamiento de Oliva el  19 de mayo de 2016 poder acometer actuaciones perimetrales para la conservación del espacio, y solicitó licencia para el vallado perimetral de la zona, pero el Ayuntamiento de Oliva contestó a esta petición el 12 de abril de 2018, es decir, dos años después, y resolviendo que en tanto la propiedad es de la Corporación, a ella competían sus responsabilidades. Pocos años después, la Justicia ha obligado al Ayuntamiento a llevar a cabo las actuaciones que el Arzobispado se ofreció a ejecutar.

 En el procedimiento actual, es incierto que la Sentencia esté pendiente de incumplirse sino que el nuevo procedimiento tiene por objeto determinar si la estructura favorece al interés público y al futuro destino de uso, al haberse pasado de un terreno fangoso a un terreno cimentado, compatible con cualquier uso previsto para ese solar sin coste alguno para el Ayuntamiento, o bien si será necesario devolverlo a su estado original.

 El Arzobispado de Valencia ha elevado las consultas a expertos, quienes concluyen dos aspectos reseñables: que es aprovechable la situación actual por dar cabida a cualquier edificación, que supone de manera efectiva un ahorro para un nuevo promotor -según los planes dados a conocer por la corporación a través de medios de comunicación- y las consecuencias de carácter medioambiental, dado el alto impacto ecológico y huella de carbono que supondría la demolición de 28.000 toneladas, así como el desplazamiento correspondiente a estos  residuos generados. Al respecto, estas conclusiones coinciden con el informe en su día emitido por los propios servicios técnicos del Ayuntamiento de Oliva, aunque hasta el momento estas recomendaciones han sido ignoradas por el consistorio.”

Oliva

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