Comienza en la Urbaniana un curso intensivo sobre los delitos más graves en el seno de la Iglesia
Promovido por el propio Dicasterio para la Doctrina de la Fe, ha comenzado este lunes 12 de enero, en Roma, en la Pontificia Universidad Urbaniana
(Agencia Fides) – Están los delitos contra el Sacramento de la Eucaristía (como los sacrilegios cometidos en ritos satánicos) y contra el Sacramento de la Penitencia; los cometidos por clérigos que adquieren y difunden material pedopornográfico, y también el de quienes, violando la disciplina de la Iglesia católica, intentan conferir el orden sagrado a una mujer.
Son cuestiones graves, delicadas y dolorosas las que, con rigor y sentido de la responsabilidad eclesial, se pondrán al centro del Curso intensivo dedicado a los delitos reservados al Dicasterio para la Doctrina de la Fe, los llamados “Delicta graviora”.
El curso, promovido por el propio Dicasterio para la Doctrina de la Fe, comienza esta tarde, lunes 12 de enero, en Roma, en la Pontificia Universidad Urbaniana.
Las lecciones del curso intensivo se desarrollarán en el Auditorio “Juan Pablo II” del Ateneo pontificio, que forma parte integrante del Dicasterio para la Evangelización (Sección para la primera evangelización y las nuevas Iglesias particulares). Hoy, tras la intervención introductiva del arzobispo John Joseph Kennedy, secretario de la Sección disciplinar del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, está prevista una primera ponencia de encuadre histórico sobre el proceso que ha reservado al Dicasterio la competencia sobre los “Delicta graviora”. La ponencia estará a cargo del profesor Sebastián Terráneo, docente de Historia del Derecho Canónico en la Pontificia Universidad Católica Argentina.
El programa del curso -que concluirá en el mes de junio- tiene como objetivo profundizar, tanto en el plano sustantivo como en el procedimental, las cuestiones jurídicas relacionadas con los delitos reservados al Dicasterio para la Doctrina de la Fe. Se trata de materias y procedimientos de particular interés para trabajadores de curias diocesanas y tribunales eclesiásticos, responsables de órdenes religiosas y estudiantes que ya hayan obtenido la licenciatura en Derecho Canónico.
Delitos que atentan contra la santidad de los Sacramentos
Los “delitos más graves” (Delicta graviora), mencionados en el Código de Derecho Canónico y en el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales, se cometen siempre contra realidades vitales para la Iglesia, empezando por los sacramentos de la Eucaristía, de la Penitencia y del Orden. Entre ellos se incluyen también los abusos sexuales cometidos por un clérigo contra un menor de 18 años.
Por ejemplo, forman parte de los “Delicta graviora” la sustracción o conservación con fines sacrílegos, o la profanación de las hostias consagradas; la violación directa del sigilo sacramental en el sacramento de la Confesión; o -entre los delitos contra este mismo sacramento- la absolución concedida por el confesor a su propio cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo («No cometerás actos impuros»).
Los cambios de los últimos 25 años
En 2001, con el Motu proprio “Sacramentorum sanctitatis tutela”, fue el papa Juan Pablo II quien reservó a la Congregación (hoy Dicasterio) para la Doctrina de la Fe la competencia para tratar y juzgar, en el ámbito del ordenamiento canónico, los delitos particularmente graves, cuya competencia hasta entonces estaba atribuida también a otros dicasterios o no resultaba del todo clara.
Al Motu proprio de 2001 se sumó el documento “Normae de gravioribus delictis”, actualizado y re-formulado en 2010 con la aprobación del papa Benedicto XVI, quien dispuso su promulgación. En ese nuevo documento se incluyeron por primera vez entre los “Delicta graviora” también los delitos contra la fe (herejía, apostasía y cisma), el intento de conferir el orden sagrado a una mujer, así como la escucha indirecta de la confesión de otra persona, su grabación o divulgación. Además, las normas de 2010 incorporaron entre los delitos más graves la posesión y difusión, por parte de clérigos, de material pedopornográfico, y ampliaron de 10 a 20 años el plazo de prescripción de las denuncias por abusos sexuales de clérigos contra menores, a contar desde el cumplimiento del 18.º año de edad de la víctima.
En 2021, el papa Francisco promulgó una nueva versión de las Normas sobre los delitos más graves reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, actualizando y modificando el texto promulgado en 2001 por Juan Pablo II y revisado en 2010 por Benedicto XVI.
Las normas promulgadas en 2021 no añadieron nuevos delitos reservados a la Congregación para la Doctrina de la Fe, sino que introdujeron principalmente novedades de carácter procedimental, destinadas a facilitar el correcto desarrollo de la acción penal de la Iglesia en la administración de la justicia.
El curso intensivo inaugurado hoy en la Pontificia Universidad Urbaniana representa una ocasión adecuada y valiosa para ponerse al día sobre las actualizaciones derivadas de la evolución de las normas relativas al tratamiento de los “Delicta graviora” en los últimos 25 años. Entre los docentes figuran varios oficiales del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, que en sus lecciones podrán ofrecer informaciones y datos útiles para facilitar la aplicación de las normas a los casos concretos.