Los lunes al sol (II): salirse de la Iglesia en España, y que se note, ¿tarea imposible? La Apostasía, ¿en la nueva ley de Libertad de Conciencia?

¿Se puede apostatar en España?
¿Se puede apostatar en España?

La actual legislación no se aplica a la Iglesia católica, pues los Acuerdos de 1979 tiene rango de ley internacional, superior a la de Libertad Religiosa (Ley Orgánica). Esto podría cambiar dentro del proceso de diálogo abierto entre Bolaños y Omella 

Apostatar es sencillo, y debería ser gratuito. Otra cosa es conseguir desaparecer de los archivos

¿Por qué cada vez más gente quiere hacer 'desaparecer' su rastro católico en España?

Es un fenómeno que, en los últimos años, ha tomado una velocidad vertiginosa y, sin embargo, la legislación española no está preparado para ello. Aunque no existen datos oficiales (cosas de la Ley de Protección de Datos y de los registros eclesiásticos), cada año miles de personas apostatan de su fe en España. Es decir: dejan registrado que quieren declarar su abandono de la Iglesia católica.

Y es que, como reconocen hasta los propios obispos en sus 'semiocultas' Orientaciones Pastorales para el próximo quinquenio, la española "ya no es una cultura inspirada en la fe cristiana".

Apostatar, según Forges

Un proceso sencillo, gratuito (o que, al menos, debería serlo) y que no tendría que contar con la oposición de las autoridades eclesiásticas. En los últimos años, lo cierto es que no ha habido muchos problemas para declarar la apostasía y hacer pública la negación de la fe en la que, en la mayor parte de las ocasiones, nos 'apuntaron' nuestros padres.

Otra cosa, bien distinta, es la desaparición de los registros eclesiásticos. Aunque España garantiza el derecho a la apostasía en la actual ley de Libertad Religiosa (1980):

"La libertad religiosa y de culto garantizada por la Constitución comprende, con la consiguiente inmunidad de coacción, el derecho de toda persona a profesar las creencias religiosas que libremente elija o no profesar ninguna; cambiar de confesión o abandonar la que tenía; manifestar libremente sus propias creencias religiosas o la ausencia de las mismas, o abstenerse de declarar sobre ellas"

Lo cierto es que, en la práctica, los Acuerdos Iglesia-Estado tienen rango de ley internacional, con lo que priman respecto al "derecho de oposición" o de cancelación, que recoge la legislación española. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo. Y es que, a lo sumo, un apóstata consigue que en el libro donde aparece registrado su bautismo se incluya, a pie de página, que la persona en cuestión ha abjurado de su fe y ya no se considera católico.

Y es que, a lo sumo, un apóstata consigue que en el libro donde aparece registrado su bautismo se incluya, a pie de página, que la persona en cuestión ha abjurado de su fe y ya no se considera católico.

Esto es: la Ley de Protección de Datos no rige para la Iglesia católica, pues no se considera que los libros parroquiales de bautismo sean un fichero, o contengan datos inexactos (la persona, efectivamente, fue bautizada).

¿Podrían cambiar las cosas? Podrían. De hecho, es una de las propuestas que se han recibido ahora que se plantea una nueva Ley de Libertad de Conciencia que sustituya a la actual, de Libertad Religiosa, que ha superado la cuarentena de años sin modificación, y en un momento en el que parece que, por primera vez, Gobierno (o una de sus almas) y Conferencia Episcopal parecen dispuestos a 'retocar' el Concordato.

El primer contacto entre Félix Bolaños y Juan José Omella invita a la esperanza de alcanzar acuerdos, pese a las nubes de confrontación de los grupúsculos ultracatólicos, dispuestos a 'reconquistar' la calle con el apoyo de la ultraderecha y las sociedades secretas. 

¿Podría aceptar la Iglesia católica suprimir de sus libros a aquellos que, consciente y voluntariamente, declaren no querer pertenecer a dicha institución, ni que se les contabilice como tales a efectos de memorias? Es un paso difícil, pero no imposible. Es cierto que estar en la Iglesia no es lo mismo que pertenecer a un gimnasio, ni apostatar es igual que cambiar de seguro de coche. Pero hay fórmulas para lograr que, efectivamente, quien no quiera formar parte de una institución religiosa, no sea contabilizado como tal. Aunque hubiera sido bautizado.

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