Encíclicas sociales

Papa Juan XXIII

strong>

Mater et Magistra

II. (Puntualización y desarrollo de las enseñanzas sociales de los Pontífices anteriores)

(Viene del 8 de junio)

(La Remuneración del trabajo)

Situación actual

(68) Una profunda amargura embarga nuestro espíritu ante el espectáculo doloroso de innumerables trabajadlres de muchas naciones y continentes enteros a los que que se remunera con salario tan bajo que quedan sometidos ellos y sus familias a condiciones de vida totalmente infrahumana. Hay que atribuir esta lamentable situación al hecho de que, en aquellas naciones y continentes, el proceso de la industrialización está en los comienzos o se halla todavía en fase no suficientemente desarrollada.


(69) En alguna de estas naciones, frente a la extrema pobreza de la mayoría, la abundancia y el lujo desenfrenado de unos pocos contrastan de manera abierta e insolente con la situación de los necesitados; en otras se grava a la actual generación con cargas excesivas para aumentar la productividad de la economía nacional de acuerdo con ritmos acelerados que sobrepasan por entero los límites que la equidad imponen; finalmente, en otras naciones un elevado tanto por ciento nacional se gasta en robustecer más de lo justo el prestigio nacional o se destinan presupuestos enormes a la carrera de armamentos.

(70) Hay que añadir a esto que en las naciones económicamente más desarrollas no raras veces se observa el contraste de que, mientras se fijan reribuciones altas, e incluso altísimas, por prestaciones de poca importancia o de valor discutiple, al trabajo, en cambio, asiduo y provechoso de categorías enteras de ciudadanos honrados y diligentes se le retribuye con salarios demasiado bajos, insuficientes para las necesidades de la vida, o, en todo caso, inferiores a lo que la justicia exige, si tienen en la debida cuenta su contribución al bien de la comunidad, a las ganancias de la empresa en que trabajan y a la renta total del país.

Criterios reguladores del salario

(71) En esta materia, juzgamos deber nuestro advertir una vez más que, así como no es lícito abandonar completamente la determinación del salario a la libre competencia del mercado, así tampoco es lícito que su fijación quede al arbitrio de los poderosos, sino que en esta materia deben guardarse a toda costa las normas de la justicia y la equidad. Esto exige que los trabajadores cobren un salario cuyo importe les permita mantener un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a sus obligaciones familiares.

Pero es necesario que al determinar la remuneración justa del trabajo se tengan en cuenta los siguientes puntos:
primero, la efectiva aportación de cada trabajador a la producción económica; segundo, la situación financiera de la empresa en que se trabaja; tercero, las exigencias del bien común de la respectiva comunidad política, principalmente en orden a obtener el máximo empleo de la mano de obra en toda la nación; y, por último, las exigencias del bien común universal, o sea de las comunidades internacionales, diferentes entre sí en cuanto a su extensión y a los recursos de que dispone.

(72) Es evidente que los criterios expuestos tienen un valor permanente y universal; pero su grado de aplicación a las situaciones concretas no puede determinarse si no se atiende como es debido a la riqueza disponible; riqueza que, en cantidad y calidad, puede variar, y de hecho varía, de nación a nación, y dentro de una misma nación, de un tiempo a otro.

Hacer comentario

Ver: Ocho grandes mensajes
Ed BAC 1974
-----


Los interesados en la adquisición del libro de J. Ortega y Gasset pueden llamar al tf. 91 534 27 65. o escribir a:
fmargalloba@hotmail.com// En Madrid: Librería Sanz y Torres, textos UNED Bravo Murillo 45.

Volver arriba