la pena de muerte es inadmisible

Vale la pena leer este ajuste nuevo del número 2267 del catecismo de la Iglesia católica donde se enseña la doctrina cristiana sobre la justa interpretación del quinto mandamiento: “no matarás”, este número en concreto decía lo siguiente:

“La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas.

Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana.

Hoy, en efecto, como consecuencia de las posibilidades que tiene el Estado para reprimir eficazmente el crimen, haciendo inofensivo a aquél que lo ha cometido sin quitarle definitivamente la posibilidad de redimirse, los casos en los que sea absolutamente necesario suprimir al reo «suceden muy [...] rara vez [...], si es que ya en realidad se dan algunos» (EV 56)”

Y tras la nueva redacción propuesta por el papa Francisco la nueva redacción queda así:

“ Durante mucho tiempo el recurso a la pena de muerte por parte de la autoridad legítima, después de un debido proceso, fue considerado una respuesta apropiada a la gravedad de algunos delitos y un medio admisible, aunque extremo, para la tutela del bien común.

Hoy está cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves. Además, se ha extendido una nueva comprensión acerca del sentido de las sanciones penales por parte del Estado. En fin, se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.

Por tanto la Iglesia enseña, a la luz del Evangelio, que «la pena de muerte es inadmisible, porque atenta contra la inviolabilidad y la dignidad de la persona»[1], y se compromete con determinación a su abolición en todo el mundo.”

Acaso ha cambiado la enseñanza de la Iglesia sobre este asunto!?

En realidad la enseñanza de la Iglesia en su esencia NO HA CAMBIADO.

Fijémonos en las expresiones de la anterior redacción:

1/ “no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto”

Los requisitos son importantes:

- plena comprobación de la responsabilidad
- si ésta fuera el ÚNICO CAMINO POSIBLE

Pero en el párrafo siguiente se sigue insistiendo:

2/ “si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios”

AQUÍ ESTÁ LA CLAVE!

Hoy en día la Iglesia tras observar la realidad de los nuevos tiempos y los recursos que las sociedades han desarrollado para proteger al común ha matizado de nuevo su enseñanza A FAVOR DE LA VIDA y escribe en la nueva redacción:

1/ “cada vez más viva la conciencia de que la dignidad de la persona no se pierde ni siquiera después de haber cometido crímenes muy graves”

2/ “se han implementado sistemas de detención más eficaces, que garantizan la necesaria defensa de los ciudadanos, pero que, al mismo tiempo, no le quitan al reo la posibilidad de redimirse definitivamente.”

POR LO TANTO:

La Iglesia no cambia su enseñanza y su doctrina en favor de la vida.

Se trata de una matización exigente moralmente con el mundo actual que TIENE LOS RECURSOS NECESARIOS para proteger el bien común y la paz sin necesidad de condenar a muerte al agresor.


Lee el documento oficial aquí:

http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/ladaria-ferrer/documents/rc_con_cfaith_doc_20180801_lettera-vescovi-penadimorte_sp.html
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