Estas son las claves del anteproyecto aprobado hoy por el Consejo de Ministros La nueva Ley de Infancia obligará a los obispos a comunicar cualquier situación de riesgo, "aunque no sea delito"

No a los abusos a menores en España
No a los abusos a menores en España

El Gobierno pretende que la protección al menor sea similar a la que reciben las mujeres maltratadas

Aunque la norma no menciona expresamente los abusos en el ámbito religioso, sí que forzará a todo representante de instituciones que trabajen con menores a que se pongan en contacto con las autoridades si se produce cualquier acto sospechoso

Los plazos de prescripción comenzarán a contar cuando la víctima cumpla los 30 años

"Nos parece positiva, un paso adelante, pues veníamos del desierto", subrayan desde la asociación Infancia Robada

Después de muchos años, los niños y las niñas de nuestro país contarán con una protección especial, similar al de las mujeres maltratadas. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley de Protección a la infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia, que se frenó con el abrupto cierre de la anterior legislatura. 

La normativa, que no menciona directamente a la Iglesia ni al ámbito religioso (como sí hace con la violencia interfamiliar, educativa, sanitaria, ocio y deporte o las redes sociales), sí las afecta en la práctica, pues se establece "el deber de cualquier persona de comunicar situaciones de riesgo ante la autoridad competente, aunque no sea delito; un deber más exigente para los colectivos profesionales que tengan un contacto habitual con los niños", como es el caso de colegios religiosos, seminarios menores o el trabajo con menores en las catequesis de las 23.000 parroquias españolas.

"Nos parece positiva, un paso adelante, pues veníamos del desierto", subrayan desde la asociación Infancia Robada, que sí apuntan que hubiera sido mejor una mención expresa a los abusos en el ámbito religioso, y creen que "la ley se queda corta en los plazos de prescripción y en algunas ayudas". "Nos parece muy positiva, pero no definitiva". 

Imagen de archivo de una manifestación contra los abusos a menores en la Iglesia
Imagen de archivo de una manifestación contra los abusos a menores en la Iglesia

¿Cuáles son las claves de la nueva ley?

Estas son algunas de las principales medidas incluidas en un texto que, paralizado primero por las elecciones de 2019 y después por el estado de alarma, ahora está listo para iniciar su tramitación parlamentaria.

- Para evitar que muchos de los delitos más graves prescriban, ya que la mayoría de las denuncias se producen en la edad adulta, la ley modifica ese plazo para que empiece a contar cuando la víctima cumpla 30 años y no 18 como hasta ahora.

- Se establece el deber de cualquier persona de comunicar situaciones de riesgo ante la autoridad competente, aunque no sea delito; un deber más exigente para los colectivos profesionales que tengan un contacto habitual con los niños.

- Los colegios tendrán normas claras sobre cómo actuar ante el acoso escolar, y la Policía y los jueces formación para detectar y abordar las situaciones de maltrato infantil.

- Habrá un coordinador de bienestar y protección en los centros educativos para asegurar el adecuado funcionamiento de los protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia.

- Con esta ley se perseguirán nuevos delitos cometidos a través de internet, incorporando la incitación al suicidio, a cometer infracciones sexuales o la promoción de trastornos alimenticios.

- La nueva regulación incluye en los delitos de odio la edad como causa de discriminación, tanto sobre menores como sobre mayores, y medidas de prevención de la radicalización en los jóvenes.

- Se garantiza el acceso a los servicios sanitarios de tratamiento y rehabilitación a los menores en situaciones de violencia, y se desarrollará un protocolo sanitario para facilitar la promoción del buen trato, la identificación de factores de riesgo y la prevención y detección precoz de esa violencia.

- Se optimiza la información estadística sobre los casos de violencia sobre la infancia y la adolescencia en el Registro Unificado de Servicios Sociales sobre Violencia contra la Infancia con la de los servicios sociales de Atención Primaria.

- Se crea la figura del delegado de protección en las entidades que realizan actividades deportivas o de ocio con menores de edad para informar y apoyar a los niños, niñas y adolescentes para el cumplimiento de los protocolos de actuación frente a la violencia en este ámbito.

- Unidades especializadas en las fuerzas de seguridad, a nivel estatal, autonómico y local, en la sensibilización, prevención y detección precoz de situaciones de violencia, reduciendo la intervención de los niños en las diligencias a las que sean estrictamente necesarias.

- Será obligatoria la imposición de la pena de privación de la patria potestad a los penados por homicidio o por asesinato en dos situaciones: cuando el autor y la víctima tuvieran en común un hijo o una hija y cuando la víctima fuera hijo o hija del autor.

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