"La mano negra existe y ha hecho su traajo en favor de la CEE" Las víctimas recurren el archivo de la denuncia por la filtración de sus datos por parte de la Conferencia Episcopal

Filtración de datos
Filtración de datos Foto de Markus Spiske en Unsplash

"Minimiza la gravedad de los hechos y se ha llevado a cabo al margen de los afectados", sostiene el recurso, presentado por el abogado de las víctimas

"Vamos a llegar hasta el final". Esta es la sentencia de Eduardo Torralbo, una de las víctimas de la pederastia clerical que vieron cómo parte de sus datos personales se filtraban a través del informe 'Para dar luz', elaborado a prisa y corriendo por la Conferencia Episcopal española para omitir la auditoría encargada a Cremades&Calvo Sotelo.

Ambos documentos no son públicos. Una decisión que se toma después de que la Agencia Española de Protección de Datos archivara la investigación que ella misma había decretado tras comprobar dicha filtración. Ahora, las víctimas han planteado un recurso potestativo de reposición contra esta medida.

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"Estoy totalmente defraudado con la AEPD", sostiene, en conversación con RD, la víctima, que denuncia que la Agencia Española de Protección de Datos "no ha tenido la misma vara de medir con nuestro caso en comparacion con otros".

Luis Felipe Gómez, abogado de las víctimas
Luis Felipe Gómez, abogado de las víctimas

"La mano negra existe y ha hecho su trabajo en favor de la CEE", fundamenta Torralbo. En el escrito, al que ha tenido acceso RD, la representación de las víctimas considera que el archivo de las investigaciones "no es ajustada a  Derecho, al basarse en una investigación insuficiente y en una valoración jurídica  que minimiza la gravedad de los hechos y que se ha llevado a cabo al margen de los  afectados y sin darles participación en el mismo, todo ello de un modo  sospechosamente desconsiderado".

Así, el recurso sostiene que la actuación de la AEPD adolece de varios errores. El primero, la "falta de verificación independiente del alcance real de la brecha", que pudo afectar a 45 víctimas, durante un periodo prolongado de tiempo. "La obligación de la AEPD  no es constatar la falta de acreditación, sino agotar todas las vías de investigación  para determinar quién realizó esa descarga", subraya el recurso, que lamenta la "pasividad" de la Agencia "en este punto crucial", lo que en opinión de las víctimas "constituye una clara omisión de su deber de investigación".

Javier Cremades entregó el informe a Omella
Javier Cremades entregó el informe a Omella Cremades&Calvo Sotelo

A su vez, se estima una "investigación insuficiente sobre las medidas de seguridad previas", incidiendo en que "la AEPD se ha limitado a valorar la reacción de la CEE, ignorando  la causa originaria de la brecha, que radica en una negligencia del encargado del tratamiento". 

"Al impedir el acceso al expediente durante la fase de investigación, la AEPD  ha privado a esta parte de la posibilidad de ejercer una defensa efectiva de sus  intereses, convirtiendo el trámite de alegaciones en un mero formalismo. Sin  conocer la totalidad de las pruebas y documentos en los que la Agencia ha  basado su convicción, resulta imposible rebatir adecuadamente la decisión de  archivo", constata el recurso de las víctimas, que exigen la revocación del archivo de las investigaciones, y "acuerde la retroacción de las actuaciones para que se  practiquen las diligencias de investigación omitidas, en particular, las  tendentes a identificar el origen de la descarga del fichero que contenía los  datos personales". 

"Subsidiariamente, y para el caso de no estimar lo anterior, dicte resolución  por la que se acuerde el inicio de procedimiento sancionador contra la Conferencia Episcopal Española y/o Cremades & Calvo Sotelo por existir indicios racionales de la comisión de infracciones de la  normativa de protección de datos".

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