EL “SÍ” EPISCOPAL A CATALUNYA

Del fruto y de las consecuencias del estado de emergencia en el que  el coronavirus  sometió y somete también a la misma Iglesia , es posible efectuar  parte del balance  objetivo y real  que se le presenta a la sociedad en general, en la que se   vive y con-vive. Lo religioso es -debe ser- espiritual por excelencia y definición, aun cuando emerjan en sus aledaños desoladoras excrecencias, con sempiterna y preferente mención para las de tipo institucional y, por tanto, económicas.

Las oficinas oficiales de información de diócesis como las de Toledo y Sevilla -archidiócesis por más señas – divulgaron recientemente cifras relacionadas con los millones de euros que los coronavirus  les habían hecho “perder”, a consecuencia de haber tenido que prohibir la entrada a sus respectivos museos catedralicios, por decisión gubernativa o autonómica. Una vez más, son las leyes, y no el santo Evangelio, instrumentos que han de regir la convivencia , también  entre los “católicos, apostólicos y romanos de toda la vida”, por la simple y esencial  razón de que, antes que ostentar tales y tantos adjetivos “religiosos”,  prevalecerán  los inherentes a los cívicos, convivenciales  y sociales.

Aunque “el orden de factores no altere el producto”, “dad al Cesar lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”, junto con sabio principio de que “el Código Social merece y reclama mayor consideración   que el Derecho Canónico”, son y aportan convincentes elementos de juicio para regular toda convivencia.  

Paralelo al planteamiento de tema tan elemental, apunto el planteado – y dado por resuelto (¿?), por la Conferencia Episcopal de la provincia eclesiástica “Tarraconense”, avalada después por la  CEE- Conferencia Episcopal Española” en pleno, y que se sepa “némine discrepante”,  concediendo su “placet”  y voto a favor de la generosa  concesión  de los indultos  a determinadas figuras  próceres y representativas  del independentismo  de una de las Comunidades -Cataluña- de la constitucional “España de las Autonomías”

 Todo legal, extremadamente legal, también por parte de los señores obispos, a quienes no se les podrá negar facultad para refrendar  lo establecido por la ley y, si hubiera sido preciso, hacerlo además con las consabidas bendiciones. Lo del propósito de enmienda, dolor de corazón y reparación de daños , en el hipotético e improbable  caso de  que  fueran reconocidos algún día, es cuestión  solo propia de comentarios  de sacristías, por no tratarse del rito sacramental relativo a la penitencia…

Así las cosas, no es de extrañar que a algunos cristianos, les resulte chocante la absoluta y total condonación no solo de la culpa, sino también de la pena, que pudiera comportar absolución tan perdonadora, cuando en el “Ordo” sacramental están establecidas  condiciones precisas más duras.

Algunos de estos cristianos, llegan a formularles ”a quienes corresponda”,  es decir, a sus señores obispos, la siguiente pregunta: ¿Resultaría posible, y admisible que, en el caso de que el “Tribunal de Cuentas”  llegara a ajustarlas con la legalidad que le compete, se permitiera  organizar en los templos una colecta especial en ayuda de los indultados? ¿No parecería congruente tal determinación, como obligada consecuencia del “Sí” jerárquico expresado con diligencia y apariencias “cristianas”?

 ¿Es posible que de las culpas, de registrarse como tales, también se les hiciera partícipe a la Virgen, quien con su sacrosanta es polémico advocación de Monserrat, está siendo “catequizada” para proteger ciertos comportamientos independentistas, más políticos, que religiosos?.

No se me oculta que el tema es de por sí polémico y que acepta diversidad de planteamientos, por lo  que el desacuerdo de unos, al menos se equiparará con el acuerdo de otros. Pero para eso estamos: para “dialogar” y para “desatar los nudos”, tarea y ministerio asumidos por la Virgen con infinita capacidad de comprensión, perdón y disculpas.

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