La religión en la escuela pública .

En uno de sus últimos números Vida Nueva traía en portada: “La religión tiene sitio en la escuela”. Pero de qué religión y de qué escuela se trata? Hay que precisar el significado de estos términos antes de hablar si hay que introducir o no la religión como asignatura. Por otro lado, religión y escuela tienen lugar dentro de una sociedad con sus propias características. La precisión de los términos y la referencia social parecen ineludibles para plantear y enfocar el tema.

Si por religión entendemos la experiencia y el hecho religiosos, que vienen acompañando a la historia de la humanidad en sus distintas culturas, una formación humana incluye también el conocimiento de este fenómeno religioso que, con distintas versiones, entra en el dinamismo de humanización. Ya en concreto, sin una información sobre la religión cristiana, difícilmente las jóvenes generaciones se podrán entender la historia y expresión cultural de los pueblos europeos. Por tanto esa información debe entrar en los programas educativos de la escuela pública.

Otra cosa es si hablamos de una religión concreta, en nuestro caso la cristiana. Es una pena que con frecuencia separamos fe y prácticas religiosas, reduciendo la fe a la aceptación de unas verdades formuladas, y las prácticas religiosas a ritos sin mayor incidencia en la vida. La fe cristiana es encuentro personal con Alguien que inspira en nosotros un nuevo modo de tejer la existencia; y las prácticas religiosas sólo tienen sentido como expresión pública de esa fe y ayuda para la misma. Luego la religión cristiana no se puede transmitir con una asignatura académica que sólo da conocimientos. Tiene que ser obra de cristianos y de comunidades respiren y transpiren una fe viva.

Por otro lado el Estado español es aconfesional: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones». Se comprende la Iglesia católica por el elevado número de católicos, de momento cuente más en esas relaciones. Pero el derecho a tener o no tener religión, a profesar una u otra, es derecho de las personas que de algún modo el Estado debe garantizar. Y en un Estado aconfesional y en una sociedad laica donde el pluralismo es ineludible y puede ser una riqueza, no caben privilegios sociales para una religión discriminando a las demás. Ese al menos ha de ser horizonte de futuro.
Volver arriba