Franco Reverberi está en "condición semimoribunda" Italia deniega la extradición a Argentina del sacerdote acusado de crímenes contra la humanidad

El ex capellán Franco Reverberi Boschi
El ex capellán Franco Reverberi Boschi

El ministro de Justicia italiano, Carlo Nordio, dijo hoy en el Parlamento que "se trata de una decisión que no entra en modo alguno en el fondo de las acusaciones formuladas y juzgadas contra el sacerdote"

El ministro autorizó inicialmente la extradición el pasado agosto, pero Reverberi, acusado entre otros delitos del asesinato en 1976 de José Guillermo Beron, recurrió ante el Supremo, que rechazó el recurso y le condenó a pagar las costas

La petición de extradición a Italia, actualmente con la ultraderechista Giorgia Meloni en el poder, había sido impulsada por el Ejecutivo anterior a la llegada del nuevo presidente, el libertario Javier Milei

El sacerdote, que fue capellán militar en el centro clandestino conocido como Casa Departamental de San Rafael (Mendoza) y también está acusado de presenciar numerosas tortura sdurante el régimen militar, debe comparecer el próximo día 19 para que se le retire la única medida cautelar

El ministro de Justicia italiano, Carlo Nordio, dijo hoy en el Parlamento que su negativa a la extradición del sacerdote italoargentino Franco Reverberi a Argentina, donde se le acusa de crímenes contra la Humanidad durante la dictadura militar (1976-83), se debe a motivos de salud, ya que se encuentra en "condición semimoribunda".

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"Se trata de una decisión que no entra en modo alguno en el fondo de las acusaciones formuladas y juzgadas contra el sacerdote, sino que se aplica a partir de las normas que disponen que el ministro de Justicia deniega la extradición teniendo en cuenta las condiciones personales del interesado como las de salud", explicó durante una sesión la Cámara de Diputados.

Nordio alegó que se trata de "una persona de 86 años que padece riesgos cardiovasculares muy graves y su situación no es compatible con lo que ocurriría en conjunto con el traslado a Argentina. Se trata de una persona en condición semimoribunda".

El ministro autorizó inicialmente la extradición el pasado agosto, pero Reverberi, acusado entre otros delitos del asesinato en 1976 de José Guillermo Beron, recurrió ante el Supremo, que rechazó el recurso y le condenó a pagar las costas.

Tras la decisión del Supremo, el ministro tenía 45 días para confirmar o denegar la extradición y finalmente la rechazó el pasado día 12 alegando motivos de salud.

El sacerdote, que también está acusado de presenciar numerosas torturas a las que fueron sometidos los prisioneros del régimen militar, debe comparecer el próximo día 19 para que se le retire la única medida cautelar que existía contra él, la de estar obligado a firmar regularmente para evitar que abandonase del país.

La petición de extradición a Italia, actualmente con la ultraderechista Giorgia Meloni en el poder, había sido impulsada por el Ejecutivo anterior a la llegada del nuevo presidente, el libertario Javier Milei.

Reverberi fue capellán militar en el centro clandestino conocido como Casa Departamental de San Rafael (Mendoza), según testimonios de varios supervivientes, que aseguraron que fue testigo de las sesiones de tortura infligidas a los detenidos durante la dictadura militar argentina.

Nacido en Sorbolo (Italia) en 1937, Reverberi emigró de niño con su familia a Argentina y vivió durante más de cuarenta años en San Rafael, un pequeño pueblo al sur de Mendoza donde funcionó el centro clandestino de tortura y exterminio durante la dictadura militar, como parte del sistema masivo de "desaparición forzada" que condujo, con el Plan Cóndor, a la muerte de miles de personas.

Huyó del país en 2011, cuando se realizó en Mendoza el primer juicio por delitos de lesa humanidad y los testimonios de sobrevivientes y familiares comenzaron a señalar su responsabilidad.

Durante el largo proceso judicial en Italia, que comenzó en 2013 y fue impulsado en 2021, se promovió la modificación de la jurisprudencia de la Justicia italiana, que sólo consideraba imprescriptibles los delitos de homicidio, para incluir también las torturas como crímenes de lesa humanidad. 

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