La decisión del papa sobre “la destitución del estado clerical"
Entre los cambios actuales más importantes, se encuentra la posibilidad de remitir directamente a la decisión del Pontífice los temas que impliquen “la destitución o deposición del estado clerical, así como la dispensa de la ley del celibato y -en su caso- de los votos religiosos; también los casos de delitos particularmente graves contra fidem”. ¿Podría ser éste el caso del obispo Novell?
Finalmente, se modificó el plazo para presentar un recurso después de la sentencia de primera instancia (de un mes a 60 días), para homologar el procedimiento judicial con el extrajudicial, dado que la legislación anterior que diferenciaba los plazos a menudo inducía a error, con las consiguientes repercusiones negativas en el derecho de defensa.
José María Lorenzo Amelibia Si quieres escribirme hazlo a: josemarilorenzo092@gmail.com
Mi blog: https://www.religiondigital.org/secularizados-_mistica_y_obispos/
Puedes solicitar mi amistad en Facebook https://www.facebook.com/josemari.lorenzoamelibia.3 Mi cuenta en Twitter: @JosemariLorenz2