Hidalgo y Morelos murieron como sacerdotes

Sursum Corda: Guillermo Gazanini
13 sep 2010 - 20:44

Dr. Gustavo Watson Marrón / SIAME. 13 de septiembre.- Luego que Miguel Hidalgo y Costilla comenzó la lucha por la emancipación de México el 16 de septiembre de 1810, el 24 de ese mes el obispo electo de Michoacán, Manuel Abad y Queipo, promulgó el edicto que declaraba que Hidalgo había incurrido en excomunión. El motivo fue “por haber atentado contra la persona y libertad del sacristán de Dolores, del cura de Chamacuero, y de varios religiosos del convento del Carmen de Celaya, aprisionándolos y manteniéndolos arrestados”. Abad y Queipo se basaba, para esta pena, en el canon 15 del Concilio II de Letrán, del año 1138, que señala: “Si alguno, persuadido por el diablo, comete el sacrilegio de poner manos violentas en la persona de un clérigo o de un monje, quede atado con el lazo del anatema (excomunión) y ningún obispo pueda absolverlo, si no es en peligro de muerte, hasta que se presente a la Sede Apostólica y cumpla lo que se le mande”.

Posteriormente al edicto de Abad y Queipo, hubo otras situaciones de violencia hacia eclesiásticos, como Hidalgo mismo lo confesó en su declaración hecha en Chihuahua, en mayo de 1811, ante el juez Ángel Avella, nombrado por el jefe de las armas Nemesio Salcedo. A la pregunta 16 del interrogatorio, que era sobre los asesinatos de varios europeos y criollos sin forma alguna de proceso en varias poblaciones, Miguel Hidalgo contestó que sí tuvo parte “en los de Valladolid, que fueron ejecutados de su orden, y serían como sesenta los que perecieron. Que por la misma razón la tuvo en los de Guadalajara, que ascenderían como a trescientos cincuenta, entre ellos un lego carmelita y un dieguino, si mal no se acuerda, que no sabe si era lego o sacerdote”.

El 11 de octubre de 1810 el arzobispo de México Francisco Xavier Lizana y Beaumont indicaba en un edicto que lo realizado por Abad y Queipo respecto a Hidalgo era conforme a derecho, y el 24 de octubre el Obispo de Guadalajara, Juan Cruz Ruiz de Cabañas, publicó otro en donde también lo aprobaba .

Cuando se supo en Valladolid, hoy Morelia, que se acercaba el cura Hidalgo con sus tropas, salieron de la ciudad las escasas tropas que la guarnecían y con ellas salió Abad y Queipo. Entonces el canónigo conde de Sierra Gorda, en quien recayó la jurisdicción por ausencia del obispo electo, declaró el 16 de octubre de 1810 no tener lugar la censura impuesta por Abad y Queipo. Obviamente esta fue una medida ocasionada por el miedo a las fuerzas insurgentes, pues después que salió Hidalgo de Valladolid, regresaron las tropas realistas, y el 29 de diciembre el mismo canónigo publicó una Satisfacción al pueblo cristiano, en que explicaba las razones que tuvo para levantar la excomunión, pero ahora, que las tropas del rey habían retomado el control, manifestaba que la censura impuesta a Hidalgo por Abad y Queipo seguía en vigor .

Ha habido discusiones entre los historiadores católicos sobre si esta excomunión fue válida o no. Los que están en contra de su validez señalan que mientras el rey Fernando VII estuvo prisionero en Francia, de 1808 a 1814, en su nombre gobernó una Regencia, y ella era la que presentaba a todos los obispos en las Diócesis que iban vacando. Esto por la situación de emergencia, pues la presentación de los obispos en América española le tocaba al Rey, por el derecho del Real Patronato que éste tenía. Los que eran presentados para obispos tenían que recibir la bula del Papa para poder ser consagrados. Sin embargo, el Papa Pío VII estuvo prisionero por Napoleón e incomunicado de todo lo que sucedía en la Iglesia desde 1809 a 1814, primero en la ciudad de Savona Italia, y luego en el Castillo de Fontainebleau, cerca de París, por tanto no podía firmar las bulas de los que eran presentados para obispos. El problema fue que cuando Fernando VII recuperó el trono el 4 de mayo de 1814, desconoció lo que habían hecho las Cortes y la Regencia, y los que habían sido presentados por ésta para obispos, no fueron consagrados, cosa que le sucedió a Abad y Queipo. Por tanto, este individuo no tenía la potestad de excomulgar.

Los que están a favor de la validez señalan que los obispos presentados por la Regencia fueron tenidos como verdaderas autoridades eclesiásticas de esas diócesis y obedecidos por todos. Además, cuando una diócesis estaba vacante, gobernaba el Cabildo de la Catedral, quien nombraba un vicario capitular, el cual en sede vacante tenía autoridad para declarar la excomunión. Pues bien, Abad y Queipo fue nombrado por el Cabildo eclesiástico de Michoacán como vicario capitular. Por tanto, esa excomunión fue válida.

Sin embargo Hidalgo no murió excomulgado. La razón es que consta en las actas de su proceso que se confesó antes de morir, y cuando alguien se confesaba en peligro de muerte, como era el caso de Hidalgo antes de ser fusilado, se le levantaba toda censura. El 29 de julio de 1811, en Chihuahua, luego de ser condenado a ser pasado por las armas y a la confiscación de sus bienes “en seguida se le llamó a un confesor, a fin de que se preparase a morir cristianamente”, (según consta en el AGN, Documentos para la historia de la guerra de independencia, ramo 260, tomo I, vol. I, documento 34). Y cuando se sobreselló la causa contra Hidalgo en el Tribunal de la Inquisición, el 15 de marzo de 1813, el Doctor Félix Flores Alatorre señaló que constaba del oficio del comandante de las Provincias internas, Brigadier don Nemesio Salcedo, “que antes de ir al cadalso [Hidalgo] se confesó generalmente, y reconcilió varias veces” . A esto hay que agregar que fue enterrado en terreno eclesiástico, cosa que en ese tiempo jamás se hubiera hecho con un excomulgado, pues las actas del proceso señalan que el 30 de julio de 1811 Hidalgo, luego que fue pasado por las armas “y habiéndose separado la cabeza del cuerpo [...]; se dio después sepultura a su cadáver, por la santa y venerable hermandad de la orden de penitencia de nuestro seráfico padre San Francisco, en la capilla de San Antonio del propio convento [en Chihuahua]”.

Luego de la consumación de la Independencia, siendo Presidente del supremo Gobierno de la República el general Vicente Guerrero, el Soberano Congreso Constituyente de México expidió un decreto con fecha 19 de julio de 1823 en que se declaraba Beneméritos de la Patria en heroico grado a Miguel Hidalgo, Ignacio Allende, Juan Aldama, Mariano Abasolo, José María Morelos y ocho caudillos más. El decreto ordenaba la exhumación de los restos de los héroes y que éstos fueran trasladados a una caja, que se conduciría a la capital, cuya llave sería custodiada en el archivo del Congreso. Esa caja se trasladaría a la Catedral el 17 de septiembre “con toda la publicidad y pompa, dignas de un acto tan solemne, en la que se celebrará un oficio de difuntos con oración fúnebre”. Y también “En la Catedral [de México] se levantará un sepulcro en que se depositará la caja, con la inscripción que ponga la Universidad y apruebe el gobierno”.

En cumplimiento de este decreto, el 18 de agosto de 1823 fueron exhumados en Chihuahua los restos de los cuerpos de Hidalgo, Allende, Aldama y Jiménez. También fueron exhumados en Guanajuato los cráneos de los mismos héroes el 31 de agosto; lo mismo sucedió en las distintas partes donde estaban enterrados los otros caudillos. El 15 de septiembre estaban reunidos en la Colegiata de Guadalupe. Y el 17 hubo una gran procesión por toda la ciudad, hasta llegar a la Catedral. Los huesos de los héroes fueron depositados bajo el altar de los Reyes en la Catedral, donde permanecieron 72 años, hasta 1895, cuando fueron trasladados a la capilla de San José en la misma Catedral . En 1926 fueron colocados en el monumento a la Independencia, en el Paseo de la Reforma. Todo esto no hubiera ocurrido si Hidalgo hubiera muerto excomulgados.

El caso de José María Morelos en este sentido es similar, él también fue excomulgado por Abad y Queipo el 22 de julio de 1814 , e igual que Hidalgo, se reconcilió plenamente con la Iglesia, como dice el historiador de esa época Lucas Alamán: “Fueron llamados entonces el cura Guerra y otros eclesiásticos para disponerlo a morir, aunque ya lo estaba desde que había tomado ejercicios [espirituales] [...] el 22 [de diciembre de 1815] a las seis de la mañana, Concha lo hizo poner en un coche con el P. Salazar y un oficial, escoltándolo la división de su mando y tomaron el camino del santuario de Guadalupe: Morelos iba rezando diversas oraciones y en especial los salmos “Miserere y De profundis,” que sabía de memoria, y su fervor se encendía a cada plazuela que atravesaban de las varias que hay en el tránsito, creyendo que en alguna de ellas iba á ejecutarse la sentencia, y manifestaba mucho deseo de padecer en este mundo temeroso de las penas del purgatorio, aunque confiaba en la misericordia de Dios, que sus pecados habían sido perdonados”.

Hay muchas personas que confunden la excomunión y la degradación, piensan que es lo mismo cuando son dos cosas distintas. De acuerdo con la sentencia de degradación del proceso efectuado contra Morelos, ésta consiste en la privación de beneficios, oficios y ejercicio del orden. El ritual prescrito por el pontifical romano indicaba que se quitaran al clérigo las vestiduras sacerdotales. Durante el Virreinato de la Nueva España, esta ceremonia se realizó en contadas ocasiones. Algo similar se hacía cuando un militar recibía la pena de muerte y en donde se le quitaban las insignias de sus grados militares. Era un rito que venía desde el Medioevo, y fue desapareciendo a lo largo del siglo XIX.

En el acta de degradación de Hidalgo, publicada por Hernández y Dávalos, se señala que fue realizada por el canónigo de Durango Francisco Fernández Valentín el 29 de mayo de 1810. A Hidalgo se le fueron quitando los ornamentos sacerdotales (no se menciona en el acta que se le raspó la piel de la cabeza o las manos, tampoco señala esto el acta de degradación de Morelos, ni Lucas Alamán cuando habla de ella) . Sin embargo, esto no quiere decir que se les quitara el sacerdocio, pues la definición dogmática que dio el Concilio de Trento en el canon 4 del Sacramento del Orden, en la sesión XXIII (15 de julio de 1563), dice lo siguiente: “Si alguno dijera, que con la sagrada ordenación no viene transmitido el Espíritu Santo [...] y que ella no imprime el carácter; o que quien ha sido una vez sacerdote, puede volver a ser laico, sea anatema”. Lo que significa que el carácter sacerdotal no se puede perder por ningún tipo de ceremonia, sino que permanece eternamente. La conclusión es que Hidalgo y Morelos murieron siendo sacerdotes de la Iglesia Católica.

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