Estado laico y libertad religiosa
Editorial Desde La Fe / 23 de junio.- La legislación mexicana ha dado un paso adelante en materia de derechos humanos al emitir la declaratoria de constitucionalidad a la reforma al Artículo 24 de la Carta Magna, que amplía el reconocimiento de la libertad religiosa, al haberse alcanzado el requisito de la mitad más uno de los congresos estatales.
Debemos recordar que también se ha realizado la modificación al Artículo 40, donde se declara que México es un Estado laico, dándose así una plena coherencia entre ambas afirmaciones, ya que al asegurar la laicidad del Estado, se reconoce la imparcialidad e independencia frente a las distintas instituciones religiosas, y al afirmar la libertad religiosa, se reconoce el derecho de los ciudadanos para vivir y expresarse conforme a sus principios y creencias, con la finalidad de participar conforme a ellas en la construcción del bien común.
Los derechos humanos –en este caso la libertad religiosa– son de los ciudadanos, es decir, de personas concretas que ejercen sus libertades y sus deberes, de manera personal o asociada, de tal forma que con estas reformas constitucionales, el Estado mexicano no sólo reconoce, sino también protege y favorece la observancia de tales derechos.
La Iglesia Católica está plenamente convencida de la adecuada separación de las estructuras políticas y las distintas instituciones religiosas, porque dicha separación favorece al Estado para reconocer y respetar los derechos de todos los ciudadanos y, al mismo tiempo, permite a la Iglesia desempeñar su tarea en medio de la sociedad con una legítima autonomía, tal como lo expresó el Concilio Vaticano II (cf Gaudium et Spes 67).
Al mismo tiempo que es digno de reconocimiento este progreso en nuestras leyes, tenemos confianza en que también se dé un avance en dos aspectos que necesariamente deberán acompañar a esta reforma: por una parte, la Ley Reglamentaria que debe plasmar de manera concreta las implicaciones de esta reforma, y por otra, el cambio de mentalidad de quienes siguen viendo en la libertad religiosa una amenaza al Estado laico que, por cierto, en México está bien consolidado.
Un postulado constitucional no cambia la realidad, sólo da un rumbo para el verdadero cambio que debe darse en el pensamiento y en las actitudes de las personas. Lo que ahora se reconoce es que cada ciudadano tiene el derecho de expresarse en el ámbito público con sus convicciones y el de ser respetado por los demás, así como el deber de respetar a los otros.
México avanza en sus leyes, esperemos que también los ciudadanos demos un paso adelante en lo que nos corresponde.
Debemos recordar que también se ha realizado la modificación al Artículo 40, donde se declara que México es un Estado laico, dándose así una plena coherencia entre ambas afirmaciones, ya que al asegurar la laicidad del Estado, se reconoce la imparcialidad e independencia frente a las distintas instituciones religiosas, y al afirmar la libertad religiosa, se reconoce el derecho de los ciudadanos para vivir y expresarse conforme a sus principios y creencias, con la finalidad de participar conforme a ellas en la construcción del bien común.
Los derechos humanos –en este caso la libertad religiosa– son de los ciudadanos, es decir, de personas concretas que ejercen sus libertades y sus deberes, de manera personal o asociada, de tal forma que con estas reformas constitucionales, el Estado mexicano no sólo reconoce, sino también protege y favorece la observancia de tales derechos.
La Iglesia Católica está plenamente convencida de la adecuada separación de las estructuras políticas y las distintas instituciones religiosas, porque dicha separación favorece al Estado para reconocer y respetar los derechos de todos los ciudadanos y, al mismo tiempo, permite a la Iglesia desempeñar su tarea en medio de la sociedad con una legítima autonomía, tal como lo expresó el Concilio Vaticano II (cf Gaudium et Spes 67).
Al mismo tiempo que es digno de reconocimiento este progreso en nuestras leyes, tenemos confianza en que también se dé un avance en dos aspectos que necesariamente deberán acompañar a esta reforma: por una parte, la Ley Reglamentaria que debe plasmar de manera concreta las implicaciones de esta reforma, y por otra, el cambio de mentalidad de quienes siguen viendo en la libertad religiosa una amenaza al Estado laico que, por cierto, en México está bien consolidado.
Un postulado constitucional no cambia la realidad, sólo da un rumbo para el verdadero cambio que debe darse en el pensamiento y en las actitudes de las personas. Lo que ahora se reconoce es que cada ciudadano tiene el derecho de expresarse en el ámbito público con sus convicciones y el de ser respetado por los demás, así como el deber de respetar a los otros.
México avanza en sus leyes, esperemos que también los ciudadanos demos un paso adelante en lo que nos corresponde.