Tribunal acogió demanda de 9 sobrevivientes por abusos entre 1973 y 2009.
Histórico fallo en Chile: la justicia condena a los Salesianos y pone en cuestión el encubrimiento institucional de los abusos
Tribunal acogió demanda de 9 sobrevivientes por abusos entre 1973 y 2009.
La sentencia del Séptimo Juzgado Civil de Santiago emitido la semana pasada, constituye uno de los hitos más relevantes en la búsqueda de verdad y justicia para las víctimas de abusos en la Iglesia chilena. Más allá de la condena a la Congregación Salesiana al pago de $325 millones (equivalente aprox. a 307 mil euros) por concepto de daño moral, lo que otorga un carácter histórico al fallo es la conclusión del tribunal: los abusos no respondieron únicamente a conductas individuales, sino que fueron posibles por la existencia de un "patrón sistemático e institucional" de actuación.
Se trata de una afirmación de enorme alcance. El tribunal sostiene que la organización incurrió en una verdadera culpa en la organización, al no prevenir eficazmente los abusos y al privilegiar, durante décadas, la protección de la institución por sobre la seguridad y la dignidad de niños y adolescentes confiados a su cuidado.
La sentencia describe una serie de mecanismos que, según el tribunal, se repitieron entre 1973 y 2009: el traslado de sacerdotes denunciados a otras comunidades o incluso al extranjero para contener el escándalo; el recurso a dispensas del celibato como forma de evitar procesos más profundos; y la preferencia por investigaciones canónicas que el juez calificó de tardías, reactivas e insuficientes frente a hechos que también constituían delitos perseguidos por la justicia civil.
El fallo acogió parcialmente la demanda presentada por nueve sobrevivientes. Ocho de ellos obtuvieron indemnizaciones que suman $325 millones, mientras que respecto de un noveno demandante el tribunal estimó que no existía prueba suficiente para acreditar legalmente el abuso denunciado. Esa distinción demuestra que la resolución no realiza una validación indiscriminada de todas las alegaciones, sino que pondera individualmente los antecedentes de cada caso.
La resolución vuelve también a situar bajo escrutinio el papel desempeñado por antiguos superiores de la congregación, entre ellos el cardenal Ricardo Ezzati, quien ejerció responsabilidades de gobierno en la orden durante parte del período examinado. Diversos sobrevivientes han cuestionado decisiones de traslado de sacerdotes posteriormente denunciados por abusos. Sin embargo, la sentencia no establece responsabilidad civil personal respecto de Ezzati, sino que centra la condena en la responsabilidad institucional de la Congregación Salesiana.
El fallo, además, podría abrir un nuevo escenario jurídico. Los abogados de las víctimas han manifestado que estudiarán la posibilidad de solicitar la reapertura de investigaciones penales, considerando que los antecedentes establecidos en sede civil podrían aportar nuevos elementos de análisis. Corresponderá ahora a los órganos competentes evaluar si existen fundamentos legales para ello.
Pero la trascendencia de esta sentencia supera el ámbito judicial. Interpela a toda la Iglesia. Durante años se habló de "casos aislados". Hoy un tribunal afirma que existió un modo institucional de actuar que favoreció el silencio y permitió la continuidad de los abusos. Esa constatación obliga a revisar no solo protocolos, sino también culturas organizacionales, estilos de autoridad y formas de ejercer el poder dentro de las comunidades eclesiales.
Los Salesianos han realizado una contribución extraordinaria a la educación y evangelización de miles de jóvenes en Chile durante más de un siglo. Precisamente por esa historia, la verdad no puede ser vista como una amenaza, sino como una condición para la renovación. La credibilidad no se recuperará mediante declaraciones públicas ni estrategias comunicacionales, sino mediante la colaboración plena con la justicia, la reparación efectiva de las víctimas y la construcción de instituciones donde la protección de los menores sea un principio irrenunciable.
Sería injusto, sin embargo, desconocer los avances que la Iglesia chilena ha realizado en los últimos años. Tanto la Conferencia Episcopal de Chile como la Conferencia de Religiosas y Religiosos de Chile (CONFERRE) han impulsado políticas de prevención, protocolos de actuación, procesos de formación y programas de capacitación que hoy constituyen una base mucho más sólida que la existente cuando ocurrieron la mayoría de estos hechos. La creación de estructuras especializadas, la promoción de ambientes seguros y una mayor colaboración con la justicia representan pasos significativos. Con todo, este fallo recuerda que ninguna política será suficiente si no va acompañada de una auténtica conversión institucional, de una cultura de la transparencia y de una permanente disposición a escuchar, proteger y reparar a las víctimas. La prevención no es una meta alcanzada, sino un compromiso que debe renovarse cada día.
Este fallo constituye, probablemente, un antes y un después en la relación entre la justicia civil y la responsabilidad institucional de la Iglesia en Chile. Su enseñanza trasciende a la Congregación Salesiana: ninguna institución, por valiosa que sea su misión, puede situar la defensa de su prestigio por encima de la protección de los más vulnerables. Solo cuando esa convicción se traduzca en decisiones concretas podrá comenzar a reconstruirse la confianza que los abusos y los encubrimientos quebrantaron durante tanto tiempo.
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