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El 'padre Chus', absuelto del delito de corrupción de menores

Se mantiene la condena por tráfico de estupefacientes, que será recurrida por la defensa

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias estima parcialmente el recurso planteado por el ex sacerdote, que fue condenado por la Audiencia Provincial en junio de 2024

El fallo de la Audiencia Provincial condenaba al ex sacerdote a la pena de seis años de cárcel por corrupción de menores, dos años por cada uno de los tres delitos, y otros cuatro años de cárcel por el delito contra la salud pública

'Padre Chus'

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha absuelto al ex sacerdote Jesús María Menéndez, al que se le conoce popularmente como 'padre Chus', en lo que respecta a la condena por corrupción de menores, si bien se mantiene la correspondiente a las sustancias estupefacientes.

Así lo ha hecho tras estimar parcialmente el recurso presentado por el condenado contra la sentencia de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Asturias, de 28 de junio de 2024.

La defensa, ejercida por el abogado Javier Díaz Dapena, ha anunciado, en declaraciones a Europa Press, se ha mostrado satisfecho en parte por la sentencia, si bien ha anunciado que recurrirá la condena por el delito contra la salud pública, que el TSJA mantiene.

En este sentido, el fallo de la Audiencia Provincial condenaba al ex sacerdote a la pena de seis años de cárcel por corrupción de menores, dos años por cada uno de los tres delitos, y otros cuatro años de cárcel por el delito contra la salud pública.

En el caso de los delitos de corrupción de menores, el fallo del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que "el acervo probatorio no permite consolidar una convicción incriminatoria".

A este respecto, se remarca que una de las supuestas víctimas admitió más tarde que su acusación era un "bulo" y otro indicó que Policía le dijo que si declaraba contra 'Chus' lo soltarían y no le pasaría nada por traficar con droga.

En cambio, se apunta que no se aprecia "ninguna duda razonable" en lo que se refiere a la condena por un delito contra la salud publica, ya que el conjunto probatorio muestra que el apelante facilitaba el consumo de drogas toxicas a jóvenes, muchos menores, "quienes con asiduidad fumaban hachís en su vivienda con su pleno conocimiento y consentimiento", indica la sentencia.

También se hace constar las escuchas telefónicas durante la investigación, por la que se detuvo al 'padre Chus' acusado de facilitar droga a jóvenes, algunos menores, a cambio de favores sexuales.

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