En torno a los rescriptos de secularización

Informa ASCE

Asociación de Sacerdotes Secularizados ASCE

Crítica Constructiva

En torno a los rescriptos de secularización

Hace año y medio han modificado el rescripto de secularización a los clérigos que solicitan salir del clero para contraer matrimonio. En el actual rescripto no hay pretericiones ni vejaciones implícitas. Es un rescripto digno. Pero veamos lo que nos dice 

Rufo González que hace un comentario respecto a un rescripto de secularización del año 71. Pero… casi cincuenta años más tarde continúan los rescriptos casi iguales. Cualquier teólogo aprecia en ellos una ortopraxis muy deficiente. Pero dejamos la palabra a Rufo:
Leo un rescripto de dispensa de 1974 y otro de 2001. Constato que todo sigue poco más o menos:
Pena de destierro ("ha de ausentarse de los lugares en los que sea conocido su estado sacerdotal"). Prohibido "participar en cualquier celebración litúrgica ante el pueblo, que conozca su condición; nunca puede predicar la homilía, ni desempeñar la función de lector, de monaguillo, ni distribuir la sagrada Comunión". Prohibido enseñar religión y teología en centros eclesiales, ser cargo directivo, profesor de asignaturas "íntimamente ligadas a asignaturas teológicas". Y para remate, "reducidos al estado laical", no pueden casarse con la misma dignidad que los seglares:


"cuide el Ordinario que se celebre sin pompa, ni aparato, y delante de un sacerdote (bien probado) de confianza para el obispo, sin testigos, o si fuera necesario, con dos testigos, cuya acta se conserve en el archivo secreto de la Curia".
Es de risa, por no llorar: "sin pompa ni aparato" (¿será sin música, flores, cantos...?). Quienes tantos matrimonios presidieron, ahora no pueden celebrar su boda cristiana con alegría y fiesta... No puede presidir cualquier compañero, tiene que ser "bien probado" (¿en matrimonio, teología, liturgia?), "de confianza del obispo" (¿hay sacerdotes ejerciendo que no gozan de confianza, o se necesita una confianza "especial", para atender a alguien peligroso? No acabo de entender: "Sin testigos, o si fuera necesario, con dos testigos, cuya acta se conserve en el archivo secreto de la Curia".
Me sobrepasa: un sacerdote, dispensado del celibato, no conviene que tenga testigos de su boda, y si es necesario que consten en un acta que "se conserve en el archivo secreto de la Curia". Será peligroso y nadie debe ver sus firmas e identidades (¡!). Para más inri: la cláusula 7 dice: "Téngase por norma que estas dispensas no se divulguen o se consignen por escrito sino después de pasado algún tiempo desde la notificación de la pérdida del estado clerical". ¿Por qué no "divulgarlas ni escribirlas"? "Cuidado con la levadura de los fariseos" (Lc 12, 1), nos advierte Jesús, que los conocía bien…


Sientes también tristeza por el comportamiento de la Iglesia. Me venía a la mente lo que las gentes de Burgos murmuraban al ver partir a don Rodrigo hacia el destierro: "¡Qué grave error ha cometido el rey Alfonso! ¡Qué buen vasallo sería... si tuviese un buen señor!". No extraña que algunos se hayan negado a esa dinámica inhumana. Les "insisten con empeño a que participen en la vida del Pueblo de Dios, en razón apropiada a su nueva condición de vida; sean edificantes y de esta manera se muestren amantísimos hijos de la Iglesia". Me recuerda la denuncia del evangelio: "los que dominan y ejercen autoridad se hacen llamar bienhechores" (Lc 20, 25-26 y par.).
Los rescriptos piden al Superior: "imponga al peticionario una obra de piedad o de caridad" ¡Por el amor gratuito recibido! ¡Menuda gratuidad! Ya le "impusieron" lo que no quería ni pedía: "El rescripto de dispensa... abarca de forma inseparable la dispensa del sagrado celibato y la pérdida del estado clerical. Nunca le estará permitido al orador separar estos dos elementos; o sea: tomar el primero y rechazar el otro".
Algún "orador" reconoce:
"Cuando firmé el rescripto de secularización incluí, en folio aparte, una coletilla con esta anotación: `Salgo del clero porque, dada mi manera de ser, necesito para mi equilibrio interior contraer matrimonio. No renuncio al sacerdocio. En el momento en que me necesiten pueden llamarme; sigo con vocación sacerdotal´. Cincuenta y seis años después de haber sido ordenado, continúo con esa misma vocación. Pero nadie me ha llamado, a pesar de la enorme carencia de "operarios de la mies". Hoy ya de poco serviría, dada mi ancianidad: con ochenta años no puedo hacer mucho, pero sí algo" (José María Lorenzo Amelibia, fundador y presidente de ASCE).
Amigo José María, "¿recibiste el Espíritu por haber observado la ley o por haber escuchado con fe?" (Gál 3, 2). Gracias por seguir ejerciendo el ministerio en RD. Es una obra del Espíritu.

Rufo González

José María Lorenzo Amelibia                                         Si quieres escribirme hazlo a: josemarilorenzo092@gmail.com              Mi blog: https://www.religiondigital.org/secularizados-_mistica_y_obispos/  Puedes solicitar mi amistad en Facebook https://www.facebook.com/josemari.lorenzoamelibia.3                                          Mi cuenta en Twitter: @JosemariLorenz2

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