162-02 El juicio final (II)

Hoy escriben Antonio Piñero y Javier Alonso


En la postal de hoy ofrecemos el prólogo del libro, El juicio final:

Este libro es el segundo de una serie que tiene como origen un curso en la Universidad Popular de Logroño, celebrado en la Semana Santa del 2008. El curso anterior, plasmado también en forma de libro con el título La verdadera historia de la Pasión (Edaf 2008), fue la primera entrega de una serie que esperamos sea duradera.

En este volumen como en el anterior, la intención de los editores ha sido respetar escrupulosamente el pensamiento y la letra del autor de cada una de las conferencias originales y su posterior reelaboración en forma de capítulo. La tarea de edición apenas ha sido más que la unificación de criterios para la imprenta, sin retoques de fondo. Por tanto, cada autor es el responsable único de las ideas vertidas en cada uno de los capítulos. La continuidad con el volumen precedente radica en la misma idea directriz: un tema tan importante en el cristianismo antiguo como el del gran Juicio Final, y del posterior destinos de los mortales no podía ser entendido bien hoy día sin una exposición del contexto adecuado, mediato e inmediato en el que se sitúan las ideas cristianas: el del judaísmo de su tiempo.

Mas, por otro lado, la Historia de las Religiones nos ha enseñado que la religión del judaísmo de la época de Jesús, es decir, del primer siglo de nuestra era en plena época dorada del imperio Romano, es el resultado no sólo de la evolución natural de las ideas contenidas en lo que hoy llamamos el Antiguo Testamento hebreo, sin también de un previo ramillete de influencias de las religiones de su entorno, influencias no siempre confesadas pero claramente perceptibles. Por eso creemos que el lector de hoy entenderá mucho mejor el porqué de algunos detalles de las concepciones judeocristianas del gran Juicio Final, si tiene también presentes qué ideas al respecto albergaban las religiones de Egipto, de Persia y la de Grecia y Roma durante la época helenística y del Imperio romano que fueron los momentos en los que ideas teológicas de esas religiones tuvieron eco y acogida en el judaísmo y, consecuentemente como decimos, en el cristianismo posterior. Por ello este libro ofrece al lector los capítulos que hablan del Juicio en Grecia y Roma, en la Persia zoroástrica y en el Egipto de los faraones.

Una cuestión previa

Si, como acabamos de indicar y se refleja en el título del libro, nuestro objetivo es exponer los rasgos principales de las creencias sobre el Juicio Final dentro de varias religiones del mundo mediterráneo y oriental en el siglo I, antes de adentrarnos en la materia, quizás sería conveniente establecer una definición adecuada del concepto de Juicio Final. Siempre que queremos conocer el significado de un término, nuestro primer impulso nos conduce a buscar una definición “académica” en un diccionario o enciclopedia. La primera autoridad en lengua española, el Diccionario de la Real Academia, define el concepto de “Juicio Final” de este modo:

El que ha de hacer Jesucristo de todos los hombres en el fin del mundo, para dar a cada uno el premio o castigo de sus obras (DRAE).

Es evidente que esta definición de Juicio Final nos remite inmediatamente a un concepto cristiano, por mucho que éste sea heredero del judío. Si aceptásemos esta definición, deberíamos concluir que no hay Juicio Final fuera de los límites de la religión cristiana y que, por tanto, carece de sentido ocuparse sobre tal Juicio en otras religiones. Podríamos limitarnos a afirmar rotundamente “el Juicio Final no existe fuera del cristianismo” y poner punto final a nuestro esfuerzo en este punto. Por fortuna, no todas las definiciones que encontramos son tan restrictivas. Tomemos como modelo el de una de las enciclopedias con más solera dentro del ámbito cultural en lengua castellana:

El que hará Dios al fin de los tiempos, después de la resurrección general, en presencia de todos los hombres reunidos para proclamar la decisión sobre la suerte eterna de cada uno de ellos (Enciclopedia Espasa).

Ciertamente, esta definición nos abre una ventana al estudio del concepto fuera del ámbito meramente cristiano, aunque sigue resultando limitada. Puesto que la idea de este libro es el resultado de un curso en el que se pretendía estudiar el Juicio Final desde la historia de las religiones, en concreto de las perspectivas de diferentes culturas del mundo mediterráneo antiguo, nos planteamos establecer nuestra propia definición basada en una serie de rasgos mínimos que debe cumplir un hecho determinado para que podamos considerarlo un Juicio Final.

1. Debemos afirmar en primer lugar es que el Juicio Final no es un hecho aislado, sino un episodio dentro de una serie de acontecimientos que, según cualquier creencia religiosa que lo contemple, tendrá lugar en un momento determinado de la historia de la humanidad y que podemos denominar fin del mundo. Es decir, el Juicio Final forma parte de la escatología, o conjunto de creencias de un sistema religioso que se ocupa del destino del mundo y el ser humano al final de los tiempos.

2. Si nos fijamos en el término juicio, el acto descrito nos remite a un contexto jurídico en el que un personaje investido teóricamente de imparcialidad, sentido de la justicia y rigor (el juez) decide si los hechos atribuidos a una persona han vulnerado o no el código legal por el que se rige una comunidad (la ley). Si la persona ha vulnerado el código, es culpable, y si no lo ha hecho, será declarada inocente. Traducido a categorías religiosas, esto significa que:

a) En un Juicio Final debe haber un personaje de rasgos divinos que juzgue y represente el papel de juez.

b) Debe haber también una ley o norma divina que sirva de vara de medir sobre la justicia o injusticia del juzgado.

c) La posibilidad de condena o absolución supone la existencia de una teología que contempla el principio de retribución divina, según el cual la divinidad premia al devoto y cumplidor su buen comportamiento mientras que castiga al pecador por el suyo.

d) La existencia de condena y absolución exige la existencia de dos lugares o procedimientos destinados al ejercicio de aquellas: un espacio o estado de castigo eterno y otro de disfrute eterno. Es decir, debe darse una creencia en un cielo y en un infierno (o cualquier otro nombre que cada religión en concreto quiera dar a estos lugares).

3. El mero hecho de que al final de los tiempos se produzca un juicio significa que, posteriormente, habrá una época en la que se pueda cumplir la pena o absolución que cada uno merezca. De lo contrario no tendría sentido. En otras palabras, no se trata del final del tiempo, sino del final de este tiempo y el comienzo de una nueva era posterior al juicio.

4. Además, el hecho de que se sitúe al final de una época significa que este juicio es un acto único e irrepetible por el que toda la humanidad pasará en un mismo momento.

5. Por último, es obvio el agravio comparativo que supondría el hecho de que sólo pasasen por el Juicio Final aquellos seres humanos a los que les hubiera tocado vivir en ese momento, de manera que se asume que todos pasarán por el Juicio, independientemente del momento en el que haya vivido cada uno. ¿Cómo será esto posible? Porque para una correcta realización de un Juicio Final es imprescindible que se dé una creencia en la resurrección o en una cierta forma de vida más allá de la muerte.

Una vez establecidos estos “principios mínimos” que debe cumplir cualquier Juicio Final, podemos ofrecer nuestra propia definición y explicar el concepto como:

Un acto único e irrepetible que tendrá lugar al final de los tiempos en el que un ser (o más de uno) de rasgos divinos juzgará a todos los seres humanos, de acuerdo a la norma o ley que ella misma les haya entregado. En este juicio, la divinidad establecerá la bondad o maldad de los actos de éstos, y dictará una sentencia que supondrá el castigo o premio por su conducta en la nueva era que comenzará tras el juicio.


Esta definición es suficientemente amplia como para permitir la búsqueda y análisis de “juicios finales” dentro de cualquier sistema religioso. Basándonos en ella, dedicaremos las páginas de este estudio a rastrear este fenómeno dentro de religiones aparentemente tan dispares como la griega, la egipcia, la judía e, incluso, la persa o zoroástrica. Como complemento de hoy día nos detendremos en la visión moderna que el cine nos ofrece sobre estas creencias.

Como ocurrió con el volumen anterior, la obra presente es un esfuerzo de alta divulgación científica en el sentido de presentar al lector, con espíritu riguroso pero claro y didáctico, el material comparativo de la historia de las religiones acumulado durante decenios en los libros de investigación. Por otro lado, supone también un enfoque novedoso del tema que esperamos contribuya notablemente a su mejor comprensión. Esperemos encontrar en el lector un veredicto favorable que no condene esta obra al fuego eterno del rechazo.

Saludos cordiales de Antonio Piñero – Javier Alonso

www.antoniopinero.com
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