También pasan a ser 'parte' en los procesos eclesiásticos, algo vedado hasta la fecha Las víctimas de abusos podrán reclamar los expedientes canónicos de sus causas

Víctimas protestan contra los abusos del clero
Víctimas protestan contra los abusos del clero

"Si una parte tiene un interés legítimo, incluso en casos pasados, puede tener acceso a la resolución (canónica), que ya no está protegida por el secreto pontificio, sino por el secreto de oficio", coinciden, con mucha cautela, varios canonistas consultados por RD

"Si una parte tiene un interés legítimo, incluso en casos pasados, puede tener acceso a la resolución (canónica), que ya no está protegida por el secreto pontificio, sino por el secreto de oficio". Un día después de la histórica abolición, por parte de Francisco, del secreto pontificio en los casos de abusos, canonistas de todo el mundo estudian los matices de los dos rescriptos papales y sus repercusiones, especialmente en lo tocante a la retroactividad de las medidas, y a quién podrían afectar.

Con mucha prudencia, casi todos coinciden en dos aspectos: en primer lugar, que los representantes legales de los supervivientes de abusos podrán, por primera vez en la historia, pasar a ser parte del procedimiento canónico. Hasta la fecha, sólo la institución vaticana y el acusado participaban en los procesos judiciales, no así los acusadores.

Una anomalía que cambia, a partir de ahora, en una medida que ha pasado casi desapercibida por los grandes medios. Esto implica que, al ser parte, podrán proponer testigos y presentar pruebas, como en un proceso civil.

La víctima de abusos reclama al Obispado de Salamanca su expediente canónico
La víctima de abusos reclama al Obispado de Salamanca su expediente canónico Agencias

En segundo lugar, que las víctimas podrán conocer -con todas las salvedades propias de los juicios, preservando la privacidad, datos, etc... de los actuantes en el proceso- los resultados de las investigaciones canónicas y, si éstas están cerradas "y hay interés legítimo" por su parte (algo que nadie niega), a las sentencias completas.

Retroactividad e 'interés legítimo'

¿Existe retroactividad? En este punto no hay consenso, pues aunque parece claro que "el cambio es en los procedimientos judiciales, no en las penas ni en la consideración de delitos" (hay casos que no pueden volver a juzgarse), no lo es tanto que el hecho de que el proceso canónico haya concluido termina con la causa. "Puede haber causas penales o civiles abiertas en los ámbitos judiciales de cada país", afirman los canonistas consultados, que insisten en que "se podrá pedir a cada diócesis automáticamente, excepto en los casos que se hayan incoado estrictamente en el Vaticano (entonces la interlocutora será Doctrina de la Fe)".

Un momento del juicio por el 'caso Gaztelueta'
Un momento del juicio por el 'caso Gaztelueta'

La otra gran duda estriba en qué consiste el denominado 'interés legítimo'. Parece claro que si hay alguna causa abierta en el ámbito penal o civil, aunque el proceso canónico esté cerrado, el juez de instrucción -por iniciativa propia o a petición de las partes- podrá reclamarlo, y será obligatoria la entrega. Aquí, el interés legítimo es claro.

Casos cerrados o causas psicológicas

¿Pero qué sucede si las causas ya están cerradas, si no se han abierto en el ámbito civil o si han prescrito, pero la víctima necesita tener las resoluciones? Aquí es donde entran las cautelas de los canonistas, que insisten en que "podrán pedirlo, y si Roma o la diócesis correspondiente -o la congregación religiosa, en su caso- entienden el 'interés legítimo' del afectado, podrían darle toda la documentación, con todas las reservas de publicación y preservación de la intimidad de las partes".

Cuestión distinta es cuando se aducen causas psicológicas (necesidad del afectado de conocer aspectos de su caso para seguir adelante, posibles repercusiones morales que podrían implicar tratamientos o indemnizaciones fuera del ámbito legal...). En este punto, la duda persiste, aunque la lógica haría pensar que la prescripción médica o psicológica también entrarían en el interés legítimo de la víctima. "Tendremos que ir viendo la casuística", argumentan los expertos consultados.

Jornada de Oración por las Víctimas de Abuso Sexual, 16 de julio, 2019. Universidad Pontificia de México.
Jornada de Oración por las Víctimas de Abuso Sexual, 16 de julio, 2019. Universidad Pontificia de México.

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