Pensamiento social del buen Papa Juan XXIII (2/2)



PACEM IN TERRIS


Poco antes de morir, mientras sabe que está sufriendo de un cáncer y que las actividades conciliares están sacudiendo las columnas del templo, el buen papa Juan XXIII se concentra en una segunda encíclica que será su testamento legado a la humanidad (morirá en mayo de 1963). Afectado por los rumores de guerra, atormentado por la paz siempre aún frágil, escandalizado por la pobreza que es el destino de más de los dos tercios de la humanidad, una voz resuena en él. Esta voz es la que encontramos en su encíclica Paz en la Tierra (Pacem in Terris).

Nunca esta paz, tan buscada, será realidad si no encuentra el mantillo que le permita crecer. Este mantillo incluye algunos ingredientes que son esenciales para su sobrevivencia. Entre estos, hay ante todo, la justicia, la verdad, el respeto de los derechos fundamentales de las personas.

1. La paz en la tierra, suprema aspiración de toda la humanidad a través de la historia, es indudable que no puede establecerse ni consolidarse si no se respeta fielmente el orden establecido por Dios.

9. En toda convivencia humana bien ordenada y provechosa hay que establecer como fundamento el principio de que todo hombre es persona, esto es, naturaleza dotada de inteligencia y de libre albedrío, y que, por tanto, el hombre tiene por sí mismo derechos y deberes, que dimanan inmediatamente y al mismo tiempo de su propia naturaleza. Estos derechos y deberes son, por ello, universales e inviolables y no pueden renunciarse por ningún concepto[7].

11.arrollar, en primer término, el tema de los derechos del hombre, observamos que éste tiene un derecho a la existencia, a la integridad corporal, a los medios necesarios para un decoroso nivel de vida, cuales son, principalmente, el alimento, el vestido, la vivienda, el descanso, la asistencia médica y, finalmente, los servicios indispensables que a cada uno debe prestar el Estado. De lo cual se sigue que el hombre posee también el derecho a la seguridad personal en caso de enfermedad, invalidez, viudedad, vejez, paro y, por último, cualquier otra eventualidad que le prive, sin culpa suya, de los medios necesarios para su sustento[8].gnidad de la persona humana requiere, además, que el hombre, en sus actividades, proceda por propia iniciativa y libremente. Por lo cual, tratándose de la convivencia civil, debe respetar los derechos, cumplir las obligaciones y prestar su colaboración a los demás en una multitud de obras, principalmente en virtud de determinaciones personales. De esta manera, cada cual ha de actuar por su propia decisión, convencimiento y responsabilidad, y no movido por la coacción o por presiones que la mayoría de las veces provienen de fuera.

Porque una sociedad que se apoye sólo en la razón de la fuerza ha de calificarse de inhumana. En ella, efectivamente, los hombres se ven privados de su libertad, en vez de sentirse estimulados, por el contrario, al progreso de la vida y al propio perfeccionamiento.

35. Por esto, la convivencia civil sólo puede juzgarse ordenada, fructífera y congruente con la dignidad humana si se funda en la verdad. Es una advertencia del apóstol San Pablo: “Despojándoos de la mentira, hable cada uno verdad con su prójimo, pues que todos somos miembros unos de otros[25]”. Esto ocurrirá, ciertamente, cuando cada cual reconozca, en la debida forma, los derechos que le son propios y los deberes que tiene para con los demás. Más todavía: una comunidad humana será cual la hemos descrito cuando los ciudadanos, bajo la guía de la justicia, respeten los derechos ajenos y cumplan sus propias obligaciones; cuando estén movidos por el amor de tal manera, que sientan como suyas las necesidades del prójimo y hagan a los demás partícipes de sus bienes, y procuren que en todo el mundo haya un intercambio universal de los valores más excelentes del espíritu humano. Ni basta esto sólo, porque la sociedad humana se va desarrollando conjuntamente con la libertad, es decir, con sistemas que se ajusten a la dignidad del ciudadano, ya que, siendo éste racional por naturaleza, resulta, por lo mismo, responsable de sus acciones.

Tres características de nuestra época

40. En primer lugar contemplamos el avance progresivo realizado por las clases trabajadoras en lo económico y en lo social. Inició el mundo del trabajo su elevación con la reivindicación de sus derechos, principalmente en el orden económico y social. Extendieron después los trabajadores sus reivindicaciones a la esfera política. Finalmente, se orientaron al logro de las ventajas propias de una cultura más refinada.

41. En segundo lugar, es un hecho evidente la presencia de la mujer en la vida pública. Este fenómeno se registra con mayor rapidez en los pueblos que profesan la fe cristiana, y con más lentitud, pero siempre en gran escala, en países de tradición y civilizaciones distintas. La mujer ha adquirido una conciencia cada día más clara de su propia dignidad humana. Por ello no tolera que se la trate como una cosa inanimada o un mero instrumento; exige, por el contrario, que, tanto en el ámbito de la vida doméstica como en el de la vida pública, se le reconozcan los derechos y obligaciones propios de la persona humana.

43.Los hombres de todos los países o son ya ciudadanos de un Estado independiente, o están a punto de serlo. No hay ya comunidad nacional alguna que quiera estar sometida al dominio de otra.
uando la regulación jurídica del ciudadano se ordena al respeto de los derechos y de los deberes, los hombres se abren inmediatamente al mundo de las realidades espirituales, comprenden la esencia de la verdad, de la justicia, de la caridad, de la libertad, y adquieren conciencia de ser miembros de tal sociedad. Y no es esto todo, porque, movidos profundamente por estas mismas causas, se sienten impulsados a conocer mejor al verdadero Dios, que es superior al hombre y personal. Por todo lo cual juzgan que las relaciones que los unen con Dios son el fundamento de su vida, de esa vida que viven en la intimidad de su espíritu o unidos en sociedad con los demás hombres.

51. El derecho de mandar constituye una exigencia del orden espiritual y dimana de Dios. Por ello, si los gobernantes promulgan una ley o dictan una disposición cualquiera contraria a ese orden espiritual y, por consiguiente, opuesta a la voluntad de Dios, en tal caso ni la ley promulgada ni la disposición dictada pueden obligar en conciencia al ciudadano, “ya que es necesario obedecer a Dios antes que a los hombres[34])”; más aún, en semejante situación, la propia autoridad se desmorona por completo y se origina una iniquidad espantosa. “La ley humana tiene razón de ley sólo en cuanto se ajusta a la recta razón. Y así considerada, es manifiesto que procede de la ley eterna. Pero, en cuanto se aparta de la recta razón, es una ley injusta, y así no tiene carácter de ley, sino más bien de violencia.” [35].

La realización del bien común, razón de ser de los poderes públicos

53. Todos los individuos y grupos intermedios tienen el deber de prestar su colaboración personal al bien común. De donde se sigue la conclusión fundamental de que todos ellos han de acomodar sus intereses a las necesidades de los demás, y la de que deben enderezar sus prestaciones en bienes o servicios al fin que los gobernantes han establecido, según normas de justicia y respetando los procedimientos y límites fijados para el gobierno. Los gobernantes, por tanto, deben dictar aquellas disposiciones que, además de su perfección formal jurídica, se ordenen por entero al bien de la comunidad o puedan conducir a él.

56. Añádase a esto que todos los miembros de la comunidad deben participar en el bien común por razón de su propia naturaleza, aunque en grados diversos, según las categorías, méritos y condiciones de cada ciudadano. Por este motivo, los gobernantes han de orientar sus esfuerzos a que el bien común redunde en provecho de todos, sin preferencia alguna por persona o grupo social determinado, como lo establece ya nuestro predecesor, de inmortal memoria, León XIII: “No se puede permitir en modo alguno que la autoridad civil sirva el interés de uno o de pocos, porque está constituida para el bien común de todos [40]”. Sin embargo, razones de justicia y de equidad pueden exigir, a veces, que los hombres de gobierno tengan especial cuidado de los ciudadanos más débiles, que puedan hallarse en condiciones de inferioridad, para defender sus propios derechos y asegurar sus legítimos intereses[41].ng>Todos estos principios están recogidos con exacta precisión en un pasaje de nuestra encíclica Mater et Magistra, donde establecimos que el bien común abarca todo un conjunto de condiciones sociales que permitan a los ciudadanos e1 desarrollo expedito y pleno de su propia perfección [43].

62. Más aún, los gobernantes tienen como deber principal el de armonizar y regular de una manera adecuada y conveniente los derechos que vinculan entre sí a los hombres en el seno de la sociedad, de tal forma que, en primer lugar, los ciudadanos, al procurar sus derechos, no impidan el ejercicio de los derechos de los demás; en segundo lugar, que el que defienda su propio derecho no dificulte a los otros 1a práctica de sus respectivos deberes, y, por último, hay que mantener eficazmente 1a integridad de los derechos de todos y restablecerla en caso de haber sido violada[47].

65. Sin embargo, el bien general del país también exige que los gobernantes, tanto en la tarea de coordinar y asegurar los derechos de los ciudadanos como en la función de irlos perfeccionando, guarden un pleno equilibrio para evitar, por un lado, que la preferencia dada a los derechos de algunos particulares o de determinados grupos venga a ser origen de una posición de privilegio en la nación, y para soslayar, por otro, el peligro de que, por defender los derechos de todos, incurran en la absurda posición de impedir el pleno desarrollo de los derechos de cada uno (65 en Pacem in Terris)

78. Sin embargo, no puede aceptarse la doctrina de quienes afirman que la voluntad de cada individuo o de ciertos grupos es la fuente primaria y única de donde brotan los derechos y deberes del ciudadano, proviene la fuerza obligatoria de la constitución política y nace, finalmente, el poder de los gobernantes del Estado para manda No obstante, estas tendencias de que hemos hablado constituyen también un testimonio indudable de que en nuestro tiempo los hombres van adquiriendo una conciencia cada vez más viva de su propia dignidad y se sienten, por tanto, estimulados a intervenir en la ida pública y a exigir que sus derechos personales e inviolables se defiendan en la constitución política del país. No basta con esto; los hombres exigen hoy, además, que las autoridades se nombren de acuerdo con las normas constitucionales y ejerzan sus funciones dentro de los términos establecidos por las mismas.ong>Conclusión

El Papa Juan XXIII, en su encíclica Mater et Magistra insta a todos los centros de enseñanza bajo la autoridad de la Iglesia para que difunden esta enseñanza del pensamiento social de la Iglesia.

223. Por esto deseamos intensamente que se estudie cada vez más esta doctrina. Exhortamos, en primer lugar, a que se enseñe como disciplina obligatoria en los colegios católicos de todo grado, y principalmente en los seminarios, aunque sabemos que en algunos centros de este género se está dando dicha enseñanza acertadamente desde hace tiempo.

Deseamos, además, que esta disciplina social se incluya en el programa de enseñanza religiosa de las parroquias y de las asociaciones de apostolado de los seglares y se divulgue también por todos los procedimientos modernos de difusión, esto es, ediciones de diarios y revistas, publicación de libros doctrinales, tanto para los entendidos como para el pueblo, y, por último, emisiones de radio y tel
evisión.


Me permito señalar que esta enseñanza de dicha doctrina social, establecida por el Papa Juan XXIII, nunca formó parte de mis estudios tanto filosóficos que teológicos (1961-1969). Ello dice la poca importancia que se le daba en los centros de enseñanza católica a pesar del hecho que los temas tratados llamaban a la reflexión a muchos pensadores de aquel tiempo. Cuando salí para Chile en 1969, no tenía ninguna noción de esta doctrina, sin embargo de gran importancia para América Latina, donde iba a servir a los grandes valores evangélicos de justicia, verdad, solidaridad, participación, compasión y compromiso. Afortunadamente, la declaración de Medellín, en 2008, nos recordó algunos de sus puntos importantes.

Al terminar esta rápida reseña del pensamiento social de Juan XXIII, invito a los lectores a seguir leyendo estos dos documentos importantes del pensamiento social de la Iglesia. Una lectura que les acercará inevitablemente a estos cristianos y cristianas comprometidos en América Latina que ponen cada vez más en práctica lo que Hugo Chávez ha llamado el Socialismo del siglo XXI. Hay que decir que la Exhortación apostolica Evangelii Gaudium del papa Francisco se ubica en continuidad con este pensamiento del papa Juan XXIII.

Por paradójico que eso parezca, estos cristianos comprometidos tienen como opositores a muchos obispos aliados al ala oligárquica del país. Que se mire por el lado de Honduras, Venezuela, Bolivia y Ecuador, los cardenales de cada uno de estos países se juntan sutilmente con las potencias imperiales para combatirlos. Aquí, estos cristianos comprometidos tienen a Juan XXIII quien les anima a seguir por adelante.

261. Venerables hermanos y queridos hijos hemos deducido una serie de principios y de normas a cuya intensa meditación y realización, en la medida posible a cada uno, os exhortamos insistentemente. Porque, si todos y cada uno de vosotros prestáis con ánimo decidido esta colaboración, se habrá dado necesariamente un gran paso en el establecimiento del reino de Cristo en la tierra, el cual «es reino de verdad y de vida, reino de santidad y de gracia, reino de justicia, de amor y de paz »

Después de 51 años de su muerte, finalmente el Papa Juan XXIII será reconocido por la Iglesia como un santo. Juan Pablo II, quien lo acompañara sobre el altar, lo habrá conseguido en nueve años. No se sabe, si en las oficinas donde se hacen los santos existe la propina que permite a veces acelerar ciertos procesos.

Se dice que le faltaba un milagro al Papa Juan XXIII para atestiguar su canonización. El papa Francisco solucionó el problema al reconocer toda su vida como un milagro. Hace tiempo que el pueblo de Dios decidió de su santidad como es el caso del obispo Oscar Romero.

SAN Juan XXIII es siempre presente en medio de nosotros con su bondad, su sonrisa y su abertura al mundo. Hasta su cuerpo nos acompaña en su integridad.





oscar fortin
24 de abril 2014

traductor : Marius Morin
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