El ministerio papal

Según el Evangelio, a los demás Apóstoles como a Pedro, Jesucristo les dio el “poder de atar y desatar”. En todo caso el Papa no es el obispo del mundo, el jefe absoluto que, al no poder estar en todas partes, delega en los obispos. En la persona del obispo “el Señor Jesús, Pontífice supremo, está presente en medio de los fieles”; los obispos no deben ser considerados “ como vicarios del Romano Pontífice”.
El Vaticano I declaró el papa tiene primado de jurisdicción sobre toda la Iglesia. Pero en el Vaticano II no se aclaró suficientemente cómo esa prorrogativa de articularse en una Iglesia misterio de comunión, donde se destaca la colegialidad de los obispos, la consistencia de las iglesias particulares y la responsabilidad de todos los bautizados.
En todo caso las formas que ahora reviste y los modos en que funciona este ministerio a través de los dicasterios romanos, necesitan revisión. Nos unimos al deseo que Juan Pablo II manifestó en 1995: “Que el Espíritu Santo nos dé su luz e ilumine a todos los Pastores y teólogos de nuestras Iglesias para que busquemos, por supuesto juntos, las formas con las que este ministerio pueda realizar un servicio de fe y de amor reconocido por unos y otros”.