¿Es el celibato un don de Dios? Ya vimos en líneas anteriores que no, sino que es una imposición.
Pero supongamos, sin conceder, que es un “don” según el 234. 3° del Derecho Canónico. Celibato.- Prepárense para guardar el estado del celibato, y aprendan a honrarlo, teniéndolo como un don especial de Dios. ¿Qué efectos tendría este don?. Convertiría al neo-sacerdote en un cuasi-ángel. Digo cuasi porque el mismo Jesús dijo que seríamos como ángeles en la resurrección. Así que serían cuasi-Ángeles que no podrían sucumbir ante la tentación sexual por el don recibido. ¿Y, en la práctica es así? NO. Si analizamos la Historia de la Iglesia, sin hipocresías, veremos que el tal “don” ha venido fallando a través de los siglos. Y como ha fallado tanto el dichoso “don” la Jerarquía Católica creó unas leyes para castigar a quienes les había fallado el don. Canon 1,187. 10°.-Solicitación en confesión.-
El sacerdote que, en el acto de la confesión, o con ocasión, o pretexto de ella, solicita al penitente a un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo, según la gravedad del delito, PRE.SUSP…. Pero resulta que hay otros sacerdotes, no todos, que teniendo su mujer quieren casarse, por lo menos, por lo civil., veamos que es lo que le podría pasar. Canon 1,194.3°.-Atentado de matrimonio.
1) Clérigo: El clérigo que atenta matrimonio, aunque sólo sea civilmente, automáticamente es removido del oficio eclesiástico; además incurre en SUSP. AUTOM.
2).Religioso: El religioso de votos perpetuos, no clérigo, que atenta matrimonio, aunque sólo sea civilmente, incurre en ENTREDICHO AUTOMATICAMENTE. ¿Cómo, un religioso que se ha pasado toda la vida en castidad también le puede fallar el don?
Veamos el Canon 1,195. 4°. Clérigo en sexto mandamiento. 1).Concubinato o escándalo.
El clérigo concubinario, aparte del caso de atentado de matrimonio, así como el clérigo que permanezca dando escándalo en otro pecado externo contra el sexto mandamiento del Decálogo….
2).Otro delitos sexuales: El clérigo que faltase otro modo contra el sexto mandamiento del Decálogo, si cometió el delito por la fuerza, por amenazas, o públicamente, o con un menor de 16 años, ….Contra facta, nulla sunt argumenta.
Los delitos sexuales de los Sacerdotes no es algo del año 2006, sino de siglos.
.- ¿Ustedes creen que los candidatos a Sacerdotes aceptan libremente el celibato? Veamos lo que dice la Jerarquía Católica en el libro titulado NORMAS BASICAS PARA LA FORMACIÓN SACERDOTAL EN MEXICO, 1986, página 64, #150 “No deben ser admitidos al diaconado antes de que hayan asumido públicamente, ante Dios y ante la Iglesia, la obligación del celibato según la ceremonia prescrita”: quede constancia escrita y firmada por cada candidato. Independientemente que se nos va dando un “lavado de coco” acerca de la castidad, todavía nos mienten ocultándonos datos bíblicos, como ya les comprobé, y todavía obligan al candidato o firmas o no te ordeno. Muchos sabemos que en ciertas empresas, algunos Jefes les dicen a ciertas muchachas: te doy chamba pero ya sabes que es lo que tienes que dar. Tales muchachas ordinariamente son mujeres que necesitan su trabajo y acceden por necesidad. Igualmente pasa con la Jerarquía Católica, después de muchas trampas lo inducen a que firme “feliz y voluntariamente” la obligación no el carisma ni don del celibato ante Dios y ante la Iglesia. Lo peor es que este compromiso que no se lleva más que unas horas ceremoniales, cuando el Sacerdote se quiere salir, voluntariamente, le dan vueltas y vueltas al asunto. ¿Pruebas?
(1) Por Juan Díaz Parroquín, obispo, al parecer no en comunión con Roma
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