Una sentencia ponderada

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) acaba de establecer una sentencia muy interesante a cuenta del famoso "Macías Picavea", el centro de Valladolid donde recientemente se retiraron los crucifijos de las aulas. Un fallo que demuestra que la sentencia de Estrasburgo afecta a España, pero sólo parcialmente, pues este problema ya venía siendo solucionado conforme a la doctrina del Constitucional desde los años ochenta. Dejando a un lado la más que cuestionable comparación con la objeción de conciencia a EpC, el argumento parece impecable: si se estima que la presencia de crucifijos puede pertubar a los alumnos, éstos deben ser retirados. "Sin embargo, la solicitud de retirada de símbolos religiosos, como minoritaria que es, impide al tribunal ordenar una retirada generalizada de aquellos, pues ante la falta de oposición a los mismos no puede afirmarse que haya un conflicto", agrega. Lo importante, en todos los casos, es que el crucifijo, o cualquier materia relacionada con lo religioso, no sea motivo de escándalo ni de conflicto, en la escuela o en cualquier lugar público. Ojalá aprendiéramos todos de esta parte de la sentencia, que por otro lado demuestra que el Estado de Derecho funciona: no bajemos a Cristo de la cruz, ni hagamos nuevos crucificados.

baronrampante@hotmail.es
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