El aborto y sus excomuniones

La historia de la excomunión -“anatema o caído en la maldición”- se remonta al Antiguo Testamento y al judaísmo de la sinagoga y desde el principio llevó consigo la privación del pecador de todos sus beneficios del ámbito santo del Pueblo elegido de Dios.
En la Iglesia es la pena canónica más severa con que se castigan los pecados más graves y con la que se impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos y cuya absolución sólo puede ser concedida por el Papa, por el Obispo del lugar o por sacerdotes autorizados por ellos. No obstante, en peligro de muerte, todo sacerdote puede absolver de cualquier pecado y de toda excomunión.
Por supuesto que en tiempos anteriores en España, al igual que en tantos otros países y en circunstancias parejas, el “anatema” comportaba también en la práctica efectos civiles, políticos, laborales y sociales. En la actualidad, la importancia de la excomunión para estos efectos, en el mundo pluralista en el que nos encontramos es realmente mínima.
De entre las principales preguntas que nos formulamos destacan estas:
- Con la amenaza, el recuerdo, la práctica y declaración de la excomunión a propósito de las nuevas leyes respecto al aborto, ¿se pretende restringir el ámbito de la misericordia de la Iglesia o proclamar la gravedad del pecado cometido y el daño irreparable al inocente a quien se da muerte?
- Sin una previa catequesis, información o adoctrinamiento, ¿la noticia acerca de la excomunión en este caso y en otros tendrá efectos positivos, negativos o “neutros”?
- ¿Poseerán algún resquicio de razón quienes piensen que exactamente los que cometieron los pecados relacionados con el aborto, habrán de ser pastoralmente más y mejor atendidos por parte de la Iglesia, que quienes no fueron pecadores, por lo que privarles de los sacramentos no ayuda en tan salvadora tarea?
- ¿No hay duda científica alguna de que los convencimientos de los que parte y mantiene la Iglesia respecto al inicio de la vida humana son los correctos, por lo que ha de ser consecuente con ellos siempre y hasta sus últimas consecuencias, con la certeza de que tal es la voluntad del Creador?
- ¿Es suficientemente unánime el sentir de la Iglesia, y de quienes la representan y la viven, como para que no sean posibles interpretaciones distintas a las oficiales dentro de la misma en alguna de las parcelas y de los planteamientos presupuestos en la nueva legislación?
- ¿Pudieron percibir algunos la impresión de que en las declaraciones oficiales legítimamente condenatorias, la clemencia, la misericordia y la piedad siempre, y sistemáticamente, brillaron por su ausencia, hasta dándose la impresión de atisbarse un cierto regodeo canónico-eclesiástico por parte de quienes exhibieron y manifestaron la referida reprobación y censura, con olvido de que Jesús no vino a condenar sino a conferir el perdón que supera las medidas de la ley y que a su vez cura, salva y reintegra en la comunidad?
© Foto: Lisa McDonald