La opción de Jesús -“el que pueda con ello que lo acepte” (Mt 19,12)- quieren convertirla en “norma eclesiástica del sacerdocio” Digamos la verdad, Sr. Arzobispo

Celso Morga, arzobispo de Mérida-Badajoz, rompe el silencio episcopal español

En la revista “Palabra” (nº 681. Septiembre 2019), propugna la disciplina celibataria de los siglos IV y V, contra la revisión de la ley celibataria que solicita el Documento preparatorio (“Instrumentum laboris”) del ya inminente Sínodo sobre la Amazonia. A poca gente hoy convencerá, si no está previamente convencido. Autoridad y tradición son cauce de verdad, si las refrenda la verdad, a la que una y otra deben servir. Si se cree que una ley debe continuar, hay que exponer razones. Decir que fue impuesta en los siglos primeros, sin decir la razón, es camuflar la verdad. Hay que decir la verdad: se impuso por ignorancia, creencia falsa (el sexo es impuro) y abuso de poder. En los siglos IV y V encontramos textos de clara ignorancia, de hechos inventados y de aberraciones sobre el sexo. Estos textos son la base de la mentalidad urdidora de tal ley. La opción de Jesús -“el que pueda con ello que lo acepte” (Mt 19,12)- quieren convertirla en “norma eclesiástica del sacerdocio”. Pervierten la libertad evangélica con leyes en asuntos de sexo; en otros (juramentos, títulos, desprendimiento...) al revés, la exigencia de Jesús se convierten opcional.

Estas son sus ideas y argumentos del Arzobispo

1.- “La historia de la Iglesia muestra la unión profunda entre el celibato de los ministros sagrados y el lenguaje y el espíritu del Evangelio. Lejos de ser una disposición de origen puramente eclesiástico, humana y susceptible de derogación, aparece como una práctica con origen en el mismo Jesús y en los Apóstoles, mucho antes de ser establecido por leyes”.

Respuesta:

- “El Nuevo Testamento, en el que se conserva la doctrina de Cristo y de los apóstoles, no exige el celibato de los sagrados ministros, sino que más bien lo propone como obediencia libre a una especial vocación o a un especial carisma (cf. Mt 19, 11-12). Jesús mismo no puso esta condición previa en la elección de los doce, como tampoco los apóstoles para los que ponían al frente de las primeras comunidades cristianas (cf. 1 Tim 3, 2-5;Tit 1, 5-6)” (Encíclica Sacerdotalis coelibatus, n. 5).

2.- Una eventual ordenación de hombres casados no sería imposible en la medida en que les fuera exigida la continencia. Sin embargo, “cuando hoy se habla de ordenación de hombres casados se sobreentiende generalmente que les sea concedida la posibilidad de continuar la vida conyugal tras la ordenación, ignorando que tal concesión no se hacía nunca en la antigüedad cuando se ordenaba a hombres casados”. “Nada impide la ordenación de ancianos célibes o viudos o incluso de personas casadas, si ambos cónyuges se comprometen a mantener la continencia”. El cardenal Alfonso M. Stickler y Chistian Cochini "han demostrado que el celibato para las órdenes sagradas en la Iglesia de los primeros siglos no debe ser entendido sólo en el sentido de una prohibición de casarse, sino también en el de una continencia perfecta para los ordenados siendo ya casados, y que era lo normal".

Respuesta:

- “La perfecta y perpetua continencia por el reino de los cielos... no es exigida por la naturaleza misma del sacerdocio, como aparece por la práctica de la Iglesia primitiva (1Tim 3,2-5; Tit 1, 6) y por la tradición de las Iglesias orientales, en donde, además de aquellos que con todos los obispos eligen el celibato como un don de la gracia, hay también presbíteros beneméritos casados” (Vat. II: PO, n. 16).

- El Cardenal Alfonso M. Stickler y Christian Cochini, S.I., en sus investigaciones históricas, cuentan lo que dicen los cánones de los concilios de Elvira y de Cartago en los siglos IV y V. Pero también dicen la razón -que el arzobispo calla- para exigir la “continencia perfecta”: “Conviene que los sagrados obispos, los sacerdotes de Dios y los levitas, o sea todos aquellos que sirven en los divinos sacramentos, sean continentes por completo para que puedan obtener sin dificultad lo que piden al Señor; a fin de que nosotros también custodiemos lo que han enseñado los apóstoles y ha conservado una antigua usanza”.

- Coincide con las las razones de la ley de la continencia impuesta por San Siricio (384-398), recogida en la Carta a Himerio, obispo de Tarragona, 10 febrero 385:

“¿Por qué también, el año de su turno, se manda a los sacerdotes habitar en el templo lejos de sus casas? Pues por la razón de que ni aun con sus mujeres tuvieran comercio carnal, a fin de que, brillando por la integridad de su conciencia, ofrecieran a Dios un don aceptable... De ahí que también el Señor Jesús, habiéndonos ilustrado con su venida, protesta en su Evangelio que vino a cumplir la ley, no a destruirla [Mt. 5, 17]. Y por eso quiso que la forma de la castidad de su Iglesia, de la que Él es esposo, irradiara con esplendor, a fin de poderla hallar sin mancha ni arruga [Ef 5, 27], como lo instituyó por su Apóstol, cuando otra vez venga en el día del juicio. Todos los levitas y sacerdotes estamos obligados por la indisoluble ley de estas sanciones, es decir que desde el día de nuestra ordenación, consagramos nuestros corazones y cuerpos a la sobriedad y castidad, para agradar en todo a nuestro Dios en los sacrificios que diariamente le ofrecemos. Mas “los que están en la carne”, dice el vaso de elección, “no pueden agradar a Dios” [Rom. 8, 8]” (Dz 185).

- Como ven, estas son las bases de la ley celibataria: confusión entre el sacerdocio antiguo y el sacerdocio de Jesús, ignorancia sobre la bondad de la sexualidad, creer que Dios no escucha a quien tiene relaciones con su mujer, y que indispone para celebrar los sacramentos divinos. Como colofón la interpretación equivocada de Romanos (8,8): “confundir carne con lujuria es falso y peligroso”, dice el diccionario bíblico manual (editorial Claret, p. 64). Unir esta norma con la voluntad divina expresada en la vida de Jesús y sus Apóstoles es una manipulación clara, propia del clericalismo reinante.

3. Descrédito de las Iglesias Orientales:

“En la Iglesia latina, el testimonio de los Padres y las leyes de los Concilios bajo la guía del Obispo de Roma constituyen un conjunto más coherente que en los textos orientales, más oscuros y cambiantes por razones diversas”.

Respuesta:

“Coherente” con la ley, no con el Evangelio y la práctica de Jesús. Históricamente consta que la iglesias orientales fueron más valientes en la libertad del Evangelio. Por ejemplo, la iglesia persa reaccionó muy pronto contra la normativa los concilios de Elvira y Cartago. El concilio de Beth Edraï (a. 486), rechazó prohibir el matrimonio y su uso a los clérigos. Calificó esta norma como una de “esas tradiciones nocivas y gastadas a las que debían poner fin los pastores”. Tradiciones de “fornicaciones, adulterios y graves desórdenes”. Anularon la ley decretada por el papa Siricio. Demostraron con textos bíblicos la falsedad de la presunta “tradición apostólica”. “Matrimonio y procreación de hijos, ya sea antes o después del sacerdocio, son buenos y aceptables a los ojos de Dios” (H. Crouzel: “Sacerdocio y Celibato”; AA. VV., Dir. J. Coppens, BAC 1971, p. 292-293). Autorizó el matrimonio de los ordenados célibes, el uso del matrimonio a los clérigos casados y la posibilidad de casarse a los viudos tras la ordenación. Normativa aplicada incluso al “Catolicós”, patriarca de las iglesias desmembradas del Patriarcado de Antioquía.

4.- "¿Se dan hoy las circunstancias para que la Iglesia latina retorne a la práctica de ordenar hombres casados, exigiéndoles la continencia? Si se piensa que la Iglesia ha tratado de reducir esas ordenaciones por sus inconvenientes, y ordenar sólo hombres célibes, no parece conveniente restaurar en las circunstancias actuales una práctica ya obsoleta".

Respuesta:

¿Retornar a la práctica de ordenar hombres casados, exigiéndoles la continencia? Es una pregunta retórica. El arzobispo sabe que los que trabajan para el Sínodo de la Amazonia) no piensan exigir la continencia a los sacerdotes casados. "Es claro que la mentalidad corriente hoy no entendería esa continencia, pero éste no era el modo de pensar en las primitivas comunidades cristianas, mucho más cercanas en el tiempo a la predicación de Jesús y de los Apóstoles". Y lógico que las comunidades cristianas hoy no piensen en este aspecto como “las primitivas comunidades cristianas”. La cercanía “en tiempo a la predicación de Jesús y los Apóstoles” no quita la mentalidad errónea sobre la sexualidad de los siglos primeros. “La experiencia del pasado, el progreso científico, los tesoros de las diversas culturas... permiten conocer más a fondo la naturaleza humana, abren nuevos caminos para la verdad y aprovechan también a la Iglesia” GS 44).

Jaén, septiembre 2019

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