Estatuto de Cataluña en Ortega VI

José Ortega y Gasset
Es de todos modos necesario e ineludible intentar una solución autonómica para Cataluña. La autonomía es el puente tendido entre dos acantilados, y ahora lo que importa es determinar cuál debe ser concretamente la figura de autonomía que hoy podemos otorgar a Cataluña. Con ello desemboco en la tercera y última parte de mi discurso); pero esta vez esa tercera parte ha de ser breve, aunque la definitiva, la decisiva, será aquella en la cual un grupo de hombres, el que forma nuestra minoría, exprese lo que ahora es urgente que todos expongan: Cuál es su opinión concreta, taxativa, sobre lo que va a constituir el Estatuto de Cataluña.
Es un problema tan hondo, de tan largas consecuencias, que es preciso que todos los grupos de la Cámara, como les pedía el señor Maura en su discurso el viernes pasado, digan lo que opinan concretamente sobre ello antes de comenzar la discusión del articulado. Parece que hay algún vago derecho a solicitarlo así. Todos los grupos de la Cámara, sobre todo los grandes partidos, y más aún el mayor de los grandes partidos, que es el partido socialista, deben exponer su opinión. El partido socialista tiene el gran deber en esta hora de hablar a tiempo, con toda altitud y precisión, por dos razones; la primera esta: el partido socialista fue en tiempos de la monarquía un magnífico movimiento de opinión que vivía extramuros del Gobierno; doctrinalmente no revolucionario, era de hecho semirrevolucionario por su escasa compatibilidad con aquel régimen; pero desde el advenimiento de la República el partido socialista es un partido gubernamental, y esté o no en el banco azul, un partido gubernamental es cogobernante, porque se halla siempre en potencia próxima de ponerse a gobernar.
Es preciso que este partido, que es una partido de clase, al hacerse partido de gobierno, nos vaya enterando de cómo logra articular su interés de partido de clase con el complejo y orgánico interés nacional, porque gobernar, sólo puede un partido por su dimensión de nacional; lo otro, es una dictadura. La otra razón, que obliga al partido socialista a declararse bien ante la opinión, es que estamos ahora discutiendo, junto a esta reforma de la organización catalana que nos trae el Estatuto, otra reforma, germinada con ella o como melliza, que es la reforma agraria, de interés muy especialmente socialista, aunque yo creo que es de interés nacional. Es menester que en esta combinación de los dos temas llegue el partido socialista a igual claridad respecto a uno y otro; es esta una diafanidad a la que el partido socialista español por su propia historia, nos suele tener acostumbrados, pero que mucho más tiene que hacer ahora plenamente transparente, plenamente clara y plenamente prometedora.
Pues bien; voy ahora a decir rápidamente, no lo que, en cada una de las líneas del proyecto de esta Comisión, ha puesto, contrapuesto, subrayado nuestro grupo, en largas reuniones de meditación sobre el tema; pero sí voy a designar cuáles son las normas concretísimas que nos han inspirado ésta que consideramos corrección del proyecto y que da a nuestro voto particular casi un carácter _si no fuera pretensión_ de contraproyecto. Ante todo, como he dicho, es preciso raer de ese proyecto todos los residuoa que en él quedan de equívocos respecto a la soberanía;no podemos aceptar que en él se diga: "El Poder de cataluña emana del pueblo". La frase nos parece perfecta, ejemplar; define exactamente nuestra teoría general política; pero no se trata sin distingos, que fueran menester, del pueblo de Cataluña aparte, sino del pueblo español, dentro del cual y con el cual convive, en la raíz, el pueblo catalán.
Nos parece un error que, en uno de los artículos del título primero se deslice el término de "ciudadanía catalana". La ciudadanía es el concepto jurídico que liga más inmediata y estrechamente al individuo con el Estado, como tal; es su pertenencia directa al Estado, su participación inmediata en él. Hasta ahora se conocen varios términos,cada uno de los cuales adscriben al individuo a la esfera de un Poder determinsdo; la ciudadanía que le hace pertenenciente al estado, la provincialidad que le inscribe en la provincia, la vecindad que le incluye en el Municipio. Es necesario que inventen los juristas otro término, que podemos intercalar entre el Poder supremo del Estado y el Poder que le sigue _en la vieja jerarquía_ de la provincialidad; pero es menester también que amputemos en esa línea del proyecto de Estatuto esta extraña ciudadanía catalana, que daría a algunos individuos de España dos ciudadanías, que les haría, en materia delicadísima, coleccionistas.
Por fortuna, ahora mi esfuerzo, en el punto más grave que sobre esta materia trae el dictamen, lo alivia el espléndido discurso de maestro de Derecho que ayer hizo el señor Sánchez Román. Me refiero al punto en el cual el Estatuto de Cataluña tiene que ser reformado, de suerte tal que no se sabe bien si esta ley y poder que las Cortes ahora otorguen podrá nunca volver a su mano, pues parece, por el equívoco de la expresión de este artículo, que su reforma sólo puede proceder del deseo por parte del pueblo catalán. A nuestro juicio, es menester que se exprese de manera muy clara no sólo que esto no es así, sino que es preciso completarlo añadiendo a esa incoación, por parte de Cataluña, del proceso de revisión y reforma del Estatuto, otro procedimiento que nazca del Gobierno de las Cortes. Parece justo que sea así. Es un problema entre dos elementos, entre dos cabos, y nada más justo y racional que el que la reforma y la revisión puedan comenzarse o por un cabo o por el otro; que intervenga, pues, o el Gobierno de la nación o el plebiscito de Cataluña.
(José Ortega y Gasset, Discursos Políticos, Alianza Editorial 1974)