(Merced 2) Amnistía Internacional condena el régimen de incomunicación de cárceles españolas

El 14 de este mes (septiembre 2009) Amnistía Internacional ha publicado un informe en el que habla del régimen de incomunicación del sistema carcelario español... La información sobre España va seguida de una nota sobre la petición de garantías para los defensores de derechos humanos en Irán y de una petición de que suprima la pena de muerte para personas con enfermedad mental en Japón. España aparece en "mala" compañía. En este momento no quiero analizar el sistema carcelario español... Simplemente quiero hablar desde la perspectiva de la Iglesia Española (como mercedario de corazón). No he visto ninguna reacción de la Iglesia Oficial Española ante ese informe, ninguna protesta ante el tipo de actuación del Estado... Parece que Amnistía Internacional (institución de ideario cristiano,pero no católica) puede hablar de los derechos humanos de los encarcelados. Otros nos callamos.Cf. http://www.es.amnesty.org/temas/, donde se dan noticias del informe y se promueve su venta por 21 euros


Régimen de incomunicación en España

Empezamos en España, donde Amnistía Internacional ha pedido que se ponga fin a la práctica de la detención en régimen de incomunicación, que viola los derechos de las personas privadas de su libertad.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal de España permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta 5 días en todos los casos y hasta 13 si es sospechosa de delitos de terrorismo. Durante su detención en régimen de incomunicación, la persona no puede hablar con un abogado ni con un médico de su elección. Su familia vive con la angustia de no saber lo que le ha ocurrido, y muchas personas detenidas en este régimen afirman haber sido sometidas a tortura o malos tratos, aunque raras veces se investigan tales denuncias.

Para Amnistía Internacional, España mantiene uno de los regímenes de detención más estrictos de Europa, con el que incumple las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos. Diversas organizaciones internacionales han expresado reiteradamente su preocupación por el riesgo de tortura y otros malos tratos que entraña la detención en régimen de incomunicación.


Primera ampliación

Amnistía Internacional denuncia el grado de incomunicación de los presos en España
Agencias | 7:06 - 15/09/2009

(tomada de http://ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/1538957/09/09/Amnistia-Internacional-denuncia-el-grado-de-incomunicacion-de-los-presos-en-Espana.html)

La organización Amnistía Internacional ha denunciado el régimen de incomunicación de algunos detenidos que existe en España, y ha criticado que la falta de transparencia se pueda utilizar "para ocultar violaciones de derechos humanos."
Amnistía Internacional ha hecho público hoy el informe "España: Salir de las sombras. Es hora de poner fin a la detención en régimen de incomunicación", en el que reclama a España que ponga fin a la práctica de la detención en régimen de incomunicación, por considerar que viola los derechos de las personas que están privadas de su libertad.
"Es inadmisible que en la España actual una persona detenida por cualquier razón desaparezca durante días, como tragada por un agujero negro", ha señalado Nicola Duckworth, directora del Programa para Europa y Asia Central de Amnistía Internacional.
En el informe mantienen que España tiene uno de los regímenes de detención más estrictos de Europa, y que éste incumple las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
Amnistía ha recordado que la Ley de Enjuiciamiento Criminal española permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta cinco días en todos los casos y hasta trece si es sospechosa de delitos de terrorismo.
Ese periodo de trece días se compone de una fase de hasta cinco días de incomunicación bajo custodia policial, que puede prorrogarse otros cinco días de incomunicación en prisión provisional.
Además, según Amnistia, en cualquier momento de la instrucción el juez puede imponer tres días más de detención en régimen de incomunicación.
Malos tratos
"Durante su detención en régimen de incomunicación, la persona no puede hablar con un abogado ni con un médico de su elección", ha advertido Nicola Duckworth en una nota de prensa distribuida hoy por la organización, y ha asegurado que "muchas personas" detenidas en régimen de incomunicación afirman que han sido sometidas a tortura o malos tratos, "aunque raras veces se investigan tales denuncias."
Amnistía Internacional ha recordado que diversas organizaciones internacionales han expresado su preocupación por el riesgo de malos tratos que entraña la detención en régimen de incomunicación.
Ha citado en ese sentido el caso de Mohamed Mrabet Farsi, detenido por cargos de terrorismo el 10 de enero de 2006 en su casa, cerca de la ciudad de Barcelona.
Durante su detención en régimen de incomunicación no pudo llamar a su abogado, según Amnistía, que asegura que fue torturado y maltratado, "pero tanto el médico que lo examinó como el juez de instrucción hicieron caso omiso de sus quejas", dice esta organización.
De los más severos
Nicola Duckworth ha observado que ningún otro país de la Unión Europea conserva un régimen de detención con restricciones "tan severas" de los derechos de la persona detenida.
La organización internacional ha instado a las autoridades españolas a abolir la legislación que hace posible la detención en régimen de incomunicación; y a permitir a la persona detenida hablar con un abogado confidencialmente y sin que se hallen presentes agentes de policía.
Ha solicitado también que se permita a toda persona detenida contar con un abogado de su elección, que esté presente durante su interrogatorio.; que se permita al detenido ser examinado por un médico de su elección; y que se le permita también comunicar a su familia su detención y el lugar donde se encuentra.

Segunda Ampliación, Europa Press


MADRID, 15 Sep. (EUROPA PRESS) –
La ONG Amnistía Intenacional (AI) ha pedido a España que “elimine la detención en régimen de incomunicación”, por “violar los derechos de las personas privadas de su libertad”, según manifestó la organización en un informe publicado este lunes.

Así, la directora del Programa para Europa y Asia Central de Amnistía Internacional, Nicola Duckworth, tachó de “inadmisible” que en la España actual “una persona detenida por cualquier razón desaparezca durante días, como tragada por un agujero negro”. “Esta falta de transparencia puede utilizarse para ocultar violaciones de derechos humanos”, aseguró.

En el informe presentado por la ONG, se solicita que se ponga fin “a la detención en régimen de incomunicación” y, en esta línea, asegura que España mantiene “uno de los regímenes de detención más estrictos de Europa, con el que incumple las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos”.

Según señala, la Ley de Enjuiciamiento Criminal de España permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta cinco días en todos los casos y hasta 13 si es sospechosa de delitos de terrorismo. Este periodo de 13 días se compone de una fase de hasta 5 días de incomunicación bajo custodia policial, que puede prorrogarse otros cinco días de incomunicación en prisión provisional. Además, en cualquier momento de la instrucción el juez puede imponer tres días más de detención en régimen de incomunicación.

“Durante su detención en régimen de incomunicación, la persona no puede hablar con un abogado ni con un médico de su elección”, añadió Duckworth, que señaló que, mientras tanto, la familia “vive con la angustia de no saber lo que le ha ocurrido”. También aseguró que “muchas personas detenidas en régimen de incomunicación afirman haber sido sometidas a tortura o malos tratos, aunque raras veces se investigan tales denuncias”.

“NIEGA EL DERECHO A UN JUICIO JUSTO”

En esta línea, AI cree que “la detención en régimen de incomunicación niega a la persona sometida a ella el derecho a un juicio justo”, así como que “tal régimen puede constituir en sí mismo trato cruel, inhumano o degradante”, que además, “no se ajusta a las normas internacionales de derechos humanos”.

Por otro lado, la ONG recuerda que “diversas organizaciones internacionales han expresado reiteradamente su preocupación por el riesgo de tortura y otros malos tratos que entraña la detención en régimen de incomunicación” y pone como ejemplo el caso de Mohamed Mrabet Farsi, detenido por cargos de terrorismo el 10 de enero de 2006 en su casa, cerca de la ciudad de Barcelona.

Según asegura AI, “durante su detención en régimen de incomunicación no pudo llamar a su abogado. Según ha contado a Amnistía Internacional, fue torturado y maltratado, pero tanto el médico que lo examinó como el juez de instrucción hicieron caso omiso de sus quejas”. Además, la asociación de defensa de los Derechos Humanos explica que el Gobierno español “ha justificado el uso de la detención en régimen de incomunicación aduciendo razones de seguridad nacional y pública”.

“La detención en régimen de incomunicación debe relegarse al pasado”, zanjó Duckworth, que terminó diciendo que “ningún otro país de la Unión Europea conserva un régimen de detención con restricciones tan severas de los derechos de la persona detenida”.

Amnistía Internacional insta a las autoridades españolas a:

* Abolir la legislación que hace posible la detención en régimen de incomunicación.

* Permitir a toda persona detenida hablar con un abogado confidencialmente y sin que se hallen presentes agentes de policía.

* Permitir a toda persona detenida contar con un abogado de su elección, que esté presente durante su interrogatorio.

* Permitir que toda persona detenida sea examinada por un médico de su elección.

* Permitir a toda persona detenida comunicar a su familia su detención y el lugar donde se encuentra.

* Hacer obligatorio en todos los casos el uso de sistemas de grabación de vídeo y audio en los lugares donde pueda haber detenidos, excepto si con ello se puede violar su derecho a consultar en privado con su abogado o su médico.

* Realizar con prontitud investigaciones exhaustivas e imparciales sobre todas las denuncias de tortura y otros malos tratos formuladas por personas detenidas.
Tercera ampliación del tema de la Incomunicación en España, con respuesta Gobierno
(tomado de http://www.20minutos.es/noticia/517558/0/amnistia-internacional/detenidos/incomunicados/
Amnistía Internacional denuncia la incomunicación de los detenidos en España

• Señala en un informe que la falta de transparencia puede "ocultar violaciones de derechos humanos".
• Destaca que se puede prolongar el arresto sin asistencia hasta 13 días y que el español es uno de los regímenes más estrictos de Europa.
• Justicia responde que siempre existe control judicial.
Minuteca todo sobre:
• Amnistía Internacional
EFE. 15.09.2009 - 03.38 h
La organización Amnistía Internacional ha denunciado el régimen de incomunicación de algunos detenidos que existe en España, y ha criticado que la falta de transparencia se pueda utilizar "para ocultar violaciones de derechos humanos."
Amnistía Internacional hizo público este lunes el informe España: Salir de las sombras. Es hora de poner fin a la detención en régimen de incomunicación, en el que reclama a España que ponga fin a la práctica de la detención en régimen de incomunicación, por considerar que viola los derechos de las personas que están privadas de su libertad.
Es inadmisible que en la España actual una persona detenida por cualquier razón desaparezca durante días Es inadmisible que en la España actual una persona detenida por cualquier razón desaparezca durante días, como tragada por un agujero negro", ha señalado Nicola Duckworth, directora del Programa para Europa y Asia Central de Amnistía Internacional.
En el informe mantienen que España tiene uno de los regímenes de detención más estrictos de Europa, y que éste incumple las obligaciones que ha contraído en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.
Amnistía ha recordado que la Ley de Enjuiciamiento Criminal española permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta cinco días en todos los casos y hasta trece si es sospechosa de delitos de terrorismo.
Ese periodo de trece días se compone de una fase de hasta cinco días de incomunicación bajo custodia policial, que puede prorrogarse otros cinco días de incomunicación en prisión provisional.
Además, según Amnistia, en cualquier momento de la instrucción el juez puede imponer tres días más de detención en régimen de incomunicación.
"Tortura y malos tratos"
"Durante su detención en régimen de incomunicación, la persona no puede hablar con un abogado ni con un médico de su elección", advirtió Nicola Duckworth en una nota de prensa, añadiendo que "muchas personas" detenidas en régimen de incomunicación afirman que han sido sometidas a tortura o malos tratos, "aunque raras veces se investigan tales denuncias".
Amnistía Internacional insta a las autoridades españolas a abolir la legislación actualLa organización internacional insta a las autoridades españolas a abolir la legislación que hace posible la detención en régimen de incomunicación; y a permitir a la persona detenida hablar con un abogado confidencialmente y sin que se hallen presentes agentes de policía.
Ha solicitado también que se permita a toda persona detenida contar con un abogado de su elección, que esté presente durante su interrogatorio.; que se permita al detenido ser examinado por un médico de su elección; y que se le permita también comunicar a su familia su detención y el lugar donde se encuentra.
Casos excepcionales
Por su parte, el Ministerio de Justicia indicó a Amnistía Internacional que las detenciones incomunicadas en España son excepcionales y que se producen siempre bajo control judicial y con arreglo a resoluciones que pueden ser recurridas ante los tribunales.
Justicia asegura que no es cierta la afirmación de que se permite mantener a una persona recluida en régimen de incomunicación hasta cinco días en todos los casos y hasta trece si es sospechosa de terrorismo, ya que "la Ley impone a la Policía el deber genérico de comunicar antes de 24 horas la detención al juez o al fiscal y establece que la duración de ésta será la estrictamente necesaria para realizar las averiguaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos, operando el límite de 72 horas como plazo máximo".
El Tribunal Constitucional ha avalado la legitimidad de la regulación de las detenciones incomunicadasAdemás, durante ese tiempo "el detenido podrá designar abogado y solicitar su presencia para que asista a su declaración o a las ruedas de reconocimiento, y tiene derecho también a que se informe a su familia o a la persona que desee del hecho de la detención y del lugar en el que se encuentra, así como a ser reconocido por un médico forense.
El artículo 509 de la Ley prevé también que el juez puede acordar excepcionalmente la detención o prisión incomunicada para evitar que un sospechoso eluda la acción de la Justicia o destruya pruebas, pero se trata de una decisión judicial -no policial- que no puede exceder de cinco días.
También el artículo 55.2 de la Constitución permite prolongar, sólo en el marco de investigaciones de terrorismo o bandas armadas, el límite máximo de 72 horas de detención otras 48 horas, pero exigiendo siempre una autorización judicial mediante resolución motivada.
El Ministerio recuerda asimismo que el Tribunal Constitucional ha avalado en varias sentencias la legitimidad constitucional de la regulación de las detenciones incomunicadas.


Garantías para los defensores de los derechos humanos en Irán

Nos trasladamos a Irán, donde Amnistía Internacional alerta de que las personas que han sido víctimas de violación y otras formas de tortura a manos de las fuerzas de seguridad iraníes continúan en situación de riesgo, pues se han confiscado documentos donde se denunciaban esos abusos.

Para la organización, las autoridades iraníes parecen más interesadas en identificar a quienes afirman haber sufrido tortura a manos de agentes de seguridad, que en realizar una investigación imparcial para que los responsables sean puestos a disposición judicial.

Esta semana, agentes judiciales han registrado y cerrado las oficinas de un comité establecido para recabar y analizar información sobre torturas y otros abusos cometidos contra personas detenidas por protestar contra el resultado oficial de las elecciones presidenciales del 12 de junio. Los agentes judiciales cerraron también la oficina de la Asociación de Defensa de los Derechos de los Presos, organización que estaba reuniendo información sobre torturas y otros abusos contra personas detenidas. Y las órdenes de detención de activistas de derechos humanos y de organizaciones que investigan este tipo de denuncias se siguen sucediendo.

Por eso, Amnistía Internacional pide al líder supremo que intervenga para garantizar que no se encubren los graves abusos cometidos contra quienes ponen en tela de juicio el resultado oficial de las elecciones, y para que se inicie una investigación independiente sobre los casos de torturas denunciados.

Pena de muerte para personas con enfermedad mental en Japón

Amnistía Internacional considera que la práctica del Gobierno nipón de ejecutar a presos con enfermedades mentales es inhumana y debe terminar, además de vulnerar las normas internacionales, suscritas por Japón, según las cuales las personas con enfermedades mentales graves deben ser protegidas de la pena capital.

Actualmente hay en Japón 102 personas condenadas a muerte que no saben si serán ejecutadas ni la fecha de su posible ejecución. Quienes han llegado al final del proceso legal se ven obligados a esperar la ejecución todos los días, afrontando una condena que puede cumplirse con sólo unas horas de aviso.

Se desconoce el número exacto de presos en espera de ejecución que sufren enfermedades mentales en Japón. La pena de muerte y la salud de los presos están rodeadas de gran hermetismo. Los estudios de Amnistía Internacional en todo el mundo han demostrado que las personas que sufren enfermedades mentales corren especial peligro de acabar en el pabellón de los condenados a muerte. Los desórdenes mentales pueden inducir a la comisión de crímenes, incidir negativamente en la capacidad de un acusado de participar en una defensa legal eficaz y es probable que desempeñen un importante papel en la decisión de los presos de no continuar con el proceso de apelación.

Amnistía Internacional pide al Gobierno de Japón que establezca una suspensión de las ejecuciones con vistas a abolir la pena de muerte y que revise todos los casos en los que la enfermedad mental pueda ser un factor pertinente, además de asegurarse de que los presos con enfermedades mentales no son ejecutados.
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