Miles de divorcios en el Vaticano

Ante las últimas normas del Vaticano que relajan los procedimientos para las declaraciones de nulidad matrimonial, han surgido voces discrepantes o alarmistas de algunos juristas y obispos. Con el presente trabajo pretendo contribuír a esclarecer el tema de la indisolubilidad del matrimonio.
"Disolución" es el eufemismo usado en la Iglesia. Bajo esa etiqueta se despachan miles de divorcios de verdaderos válidos matrimonios. Leed las publicaciones de los expertos o los libros oficiales del Vaticano. Se me ocurre citar el volumen "L'attività della Santa Sede", publicación anual.
El hecho real y constatable de los divorcios en el seno de la Iglesia Católica contrasta con la proverbial e intransigente doctrina antidivorcista de la misma Iglesia. Ambigüedad que queda al descubierto en momentos en que es preciso aquilatar ideas y cuando no vale echar humo a los ojos.
Papa y obispos no se cansan de afirmar que el matrimnio es indisoluble, aunque opten por facilitar las declaraciones de nulidad del vínculo. Pero tal afirmación está en desacuerdo con la praxis y con los documentos pontificios.
Voy a referirme a un documento que ha dejado de ser secreto, pero que no es conocido fuera del círculo de especialistas. A su elaboración tuve la oportunidad de contribuír en mi condición de oficial de la Congregación para la Docrina de la Fe. El documento fue enviado en 1973 al Episcopado Norteamericano y a otros pocos Episcopados. Consta de 23 artículos. Fue impreso en la Políglota Vaticana y lleva el siguiente título: "Normas sobre la disolución del vínculo matrimonial en favorde la fe en virtud de la Suprema Autoridad del Sumo Pontífice; y normas para la confección de los procesos de disolución en favor de la fe".
No se trata de "anulaciones", las famosas sentencias de los tribunales diocesanos o de la Rota que jurídicamente constatan la inexistencia (o invalidez) del vínculo matromial.
Tampoco se trata de las anulaciones – verdaderas disoluciones – del matrimonio rato y no consumado, praxis que, partiendo de las controversias escolásticas sobre la naturaleza del matrimonio, no puede no causar perplejidad por su falta de lógica. En efecto, en la hipótesis de la indisolubilidad del matrimonio, si un matrimonio es rato (o sea válido y sacramental) y si la esencia del matromonia es el contrato (y no las relaciones sexuales), no se ve por qué faltando la cópula carnal – posterior a la formalidad contractual – el matrimonio sea disoluble, mientras que no lo sería después de efectuada la cópula carnal. El Papa, y ahora también los obispos, disuelven anualmente millares de matrimonios ratos no consumados.
Ni se trata del privilegio paulino (I Cor 7, 12-16) con el que Pablo – no el Señor – permitió en ciertas circunstancias la ruptura del vínculo matrimonial contraído entre dos paganos, si uno de ellos se convertía al Cristianismo. Dicho privilegio es aplicado ahora por las Curias diocesanas, sin recurrir a Roma.
El documento al que hago referencia va más lejos. Pero, ante todo, reproduciré los dos artículos fundamentales que nos darán idea del alcance del documento:
Art. 1: "Los matrimonios contraídos entre acatólicos, de los cuales al menos uno carezca de bautismo, han de considerarse válidos, pero pueden ser disueltos por el Sumo Pontífice en favor de la fe o también por el bien de las almas, si concurren determinadas graves condiciones...El favor de la fe y el bien de las almas puede configurarse, ya sea en el bautismo recibido por el cónyuge que pide la disolución, ya sea en el provecho espiritual que del nuevo matrimonio se deriva para los cónyuges, para los hijos o para la comunidad eclesial".
Art. 5: "El matrimonio válido y legítimo contraído con dispensa de disparidad de culto puede ser igualmente disuelto; pero se requieren causas más graves, como son: a) si son pocos los que conocen que dicho matrimonio se celebró en la Iglesia; b) si el cónyuge católico difícilmente ha podido evitar el primer matrimonio (con una persona no bautizada) sobre todo por razón de la escasez de católicos".
El poder que los Papas se han arrogado paulatinamente a partir del Renacimiento tenía una evidente finalidad proselitista. Por lo demás, el proselitismo estaba ya en la base del privilegio paulino: se disuelve un válido matrimonio para consentir otro, en vista de ganar un adepto para la verdadera religión. Es fácil intuir que San Pablo concebía la indisolubilidad del matrimonio de manera muy diversa a como la concibe hoy la Iglesia Católica. San Pablo conocía muy bien las enseñanzas de Jesús sobre el matrimonio, pero consideraba la doctrina de la indisolubilidad como un ideal: el matrimonio no era indisoluble en toda circunstancia, aun cuando el matrimonio indisoluble permaneciera como ideal en el proyecto divino. De otra manera, San Pablo no se habría atrevido a introducir su privilegio al proponer el divorcio como lícito en casos de litigio entre los cónyuges por razón de la conversión de uno de ellos.
Anotemos, además, que, cualesquiera que hayan sido las palabras de Jesús sobre el matrimonio, eran palabras referidas al matrimonio entre no bautizados. En realidad, durante la vida terrena de Jesús, no había todavía bautizados. Fueron las elucubraciones o reflexiones de los pensadores cristinos posteriores las que distinguieron entre matrimonio sacramento (los dos son bautizados) y matrimonio natural (uno, al menos, no es bautizado).
La teología escolástica medieval llegó a concluir que sólo el matrimonio sacramento (que además debía ser consumado) era indisoluble. Siglos más tarde, el Papado reconoció que si Pablo había otorgado el privilegio paulino, Pedro, o sea el Papa, podía conceder el privilegiopetrino, como es llamado comunmente el ejercicio de la potestad de disolver el matrimonio en favor de la fe.
Pero si Pablo se había limitado a permitir el divorcio a cambio de una conversión, los últimos Papas disuelven válidos matrimonios no sólo en caso de conversión de un cónyuge, sino también sin conversión alguna, siempre que se dé algún bien espiritual "para los cónyuges, para loshijos, o para la comunidad". Más aún, puede ser disuelto un matrimonio de un católico con un pagano (es decir, no bautizado) aún en el caso que aquel matrimonio haya sido celebrado en la Iglesia según las prescripciones canónicas y con la dispensa de disparidad de cultos. El sentido de proselitismo se ha debilitado, o mejor, se ha acomodado a nuestro tiempo.
No se puede hablar, pues, absolutamente de indisolubilidad, al menos con relación a los matrimonios naturales, o, lo que es lo mismo, no sacramentales. Bastaría que un solo matrimonio válido fuese soluble (aun con solubilidad extrínseca, es decir por parte de la autoridad competente), para negar la absoluta indisolubilidad del matrimonio. Por lo demás, se sabe que son varios los millares de matrimonios válidos que se disuelven cada año en base al privilegio petrino.
A una sociedad cambiante propongo estos puntos de reflexión:
1) La indisolubilidad absoluta de todo matrimonio no puede considerarse un principio serio.
2) Aún con la teología en la mano, no se vé por qué el matrimonio entre dos bautizados sea más indisoluble que el de los no bautizados.
3) La distinción entre matrimonio rato no consumado de una parte y matrimonio válido consumado rato de otra parte, se funda en una mentalidad bio-materialista, además de haber sido una solución conciliadora para opuestas escuelas medievales.
4) Puede preguntarse hasta qué punto es legítimo el derecho exclusivo que se atribuye el Papa de disolver un matrimonio válido, incluso entre dos paganos, aún cuando ninguno de los dos se convierta, simplemente porque uno de ellos desea casarse con una persona católica.


Celso Alcaina
Doctor en Teología Bíblica, Lic en Derecho
Oficial del Vaticano con Pablo VI
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