Cura y concejal, ¿ocupaciones incompatibles?

En teoría, si. La norma canónica lo prohibe. Pero la aplicación de esa norma, como otras muchas, queda en manos del ordinario del lugar. Y es ahí cuando surgen los agravios comparativos y las diferencias de criterio. La norma no siempre se aplicó ni se aplica de la forma tan tajante y estricta como acaba de hacerlo el obispo de Tui-Vigo y administrador apostólico de Ourense (sin obispo desde hace más de un año), Luis Quinteiro. Por no remontarnos a la Historia, plagada de curas, frailes, monjas, cardenales y Papas políticos. Incluso en la actualidad, el propio Papa es Jefe del Estado Vaticano y recibido como tal en todos sus viajes. Y sus Nuncios tienen rango de embajadores.

Según establece el Código de Derecho Canónico, a los sacerdotes "les está prohibido aceptar cargos públicos que llevan consigo una participación en el ejercicio de la potestad civil" y tampoco pueden "participar activamente en partidos políticos o en la dirección de asociaciones sindicales".

Y sin embargo, en la propia diócesis de Ourense, al sacerdote Julio Rodriguez le fue permitido compatibilizar el ejercicio del sacerdocio con una concejalía en la localidad ourensana de Castrelo do Val. Y durante muchos años. De hecho, entre 1991 y 1995 ostentó incluso la portavocía al ser el cabeza de lista del PP; mientras que entre 1995 y 1999 figuró únicamente como edil.¿Dos pesos y dos medidas?

Por otra parte, con decisiones como la de monseñor Quinteiro de prohibir el ejercicio del sacerdocio al concejal del PSOE y sacerdote, Antonio Fernández Blanco, ¿no se está enviando a la sociedad el mensaje de que el oficio político no es recomendable? De hecho, los curas, además de curas, ejercen otras muchas profesiones. Entre ellas, profesores. Y hasta hubo épocas en que muchos de ellos optaron por ejercer un oficio civil para no cobrar del Estado. Si un cura vale para ser maestro, ¿por qué no vale para político? Y si vale para maestro o politico, ¿por qué no le dejan ser político y sí, maestro?

Otra cosa es la adscripción del cura a un determinado partido, cuando, en teoría, el sacerdote (y el obispo) debe ser de todos sus feligreses. Lo ideal sería, pues, que los curas se presentasen como independientes, para poder seguir siendo de todos sus fieles y sin adscripción partidista. ¿Quién mejor que el cura puede defender los intereses del pueblo? ¿Quién mejor los conoce? ¿Quién mejor que él para hacerlo sin mancharse las manos y sin buscar el poder, sobre todo en municipios pequeños y rurales?

Eso sí, con discernimiento previo con su obispo, antes de dar el paso. Tampoco vamos a convertir a todos los curas en políticos y volver a la teocracia de antes o al Irán de los ayatolás de ahora, aunque sólo sea en el imaginario. Pero, en determinados casos, ¿qué hay de malo en que un cura sea alcalde, concejal, senador o diputado?

¿O es que no son ciudadanos? Y, en casos como éste, en el que las leyes de la Iglesia chocan con las civiles, ¿cuál debe prevalecer? ¿Por qué se va a ver obligado Antonio Fernández a dejar de ser cura, cuando su vocación sacerdotal es perfectamente compatible con su vocacion de concejal? ¿Tiene derecho el Estado vaticano a imponerle esa renuncia obligatoria, sin que el Estado español tenga nada que decir al respecto, para salvaguardar los derechos cívicos de uno de sus ciudadanos? ¿Tiene derecho una institución o una Iglesia a limitar los derechos cívicos de sus miembros en contra de su voluntad?

José Manuel Vidal
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