Urge un cambio en el modelo de acuerdo para los profesores de Religión

La reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía reconociendo que el despido -"la no renovación" de su contrato, según la Iglesia- de Resurrección Galera como profesora de Religión por haber contraído matrimonio con un divorciado no se atenía a derecho, obliga a cambiar el modelo de acuerdo Iglesia-Estado para el nombramiento y pago de los profesores de Religión. No es de recibo que sea el obispo quien designe quiénes son los docentes adecuados y, sin embargo, sea la Administración educativa la que pague no sólo el sueldo -esto podríamos entenderlo-, sino también las indemnizaciones -que ya se cuentan por docenas- por despidos improcedentes.

El Estado se hace así responsable de una relación contractual en la que su única función es pagar. Bien está que sea la Iglesia católica -o cualquier otra entidad religiosa con convenio educativo- quien decida qué materia impartir, y quiénes están capacitados para ello. Pese a las dudas, mientras estemos hablando de una clase de Religión confesional, es la única solución posible. Lo que no es admisible en un Estado de Derecho es que, cuano los tribunales fallen, quien sea condenada sea la Administración, y no el auténtico responsable de una acción -según las sentencias- injusta. O sea, el obispo y la diócesis correspondiente.

Si la Conferencia Episcopal quiere seguir con el modelo de clases de Religión confesionales en la escuela pública, con docentes escogidos por ella, debe asumir la responsabilidad del pago -abonado por el Estado previamente, como se hacía antes- y, también, la de las eventuales consecuencias de un despido improcedente. De otro modo, estamos haciendo el juego de la laicidad al revés, y convirtiendo al Estado en un servidor más de la confesión religiosa determinada. Y si el Estado quiere dejar de hacer el canelo, lo que debería hacer es proponer un modelo más justo, que podría estar basado en la presencia religiosa en la escuela de manera multidisciplinar -la catequesis ya se imparte en las parroquias-, o en la cesión de los lugares públicos -la escuela- para asignaturas que ni deberían tener rango de obligatoria ni computable, ni habrían de acuasr más prejuicios a las arcas públicas que la del sueldo de los docentes. Y si se tratase de horario extraescolar, ni eso.

Dicho esto, me parece absolutamente inviable que Resurrección Galera vuelva a dar clases de Religión Católica. Y es que en esta lucha, me temo, todos salen perdiendo. Tal vez la única que pueda esbozar una sonrisa sea la propia Galera, que al fin y al cabo no luchaba por una remuneración económica, sino por que se le reconociera el derecho a poder seguir adelante con su vida sin la amenaza de la hoguera. Que, mucho me temo, volverá a arder en este post cuando cierre su escritura. Que es ahora mismo.

baronrampante@hotmail.es
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