Marx y la Biblia VI



Distribución del ingreso
(Cont.)

Cuanto pueda abogarse por la legitimidad en sí del régimen de salariado,esto es del régimen según el cual unos aportan solamente su trabajo y se someten al poder decisorio de los otros, que son los propietarios de los medios de producción supone en todo caso que las partes contrayentes consienten en los términos del contrato con plena libertad; si no hay esta libre aceptación, el régimen de salariado no puede legítima y lícitamente realizarse.

Tal es el principio y fundamento de la encíclica Rerum novarum del Papa León XIII, la cual se centra precisamente sobre el derecho obrero de coalición porque sólo la coalición puede darles a los trabajadores una situación en que la posición de fuerza de los empresarios no los constriña a plegarse bajo estipulaciones salariales draconianas. Supongamosn que la coalición proletaria nacional, esto es, la coalición de todos los que no son dueños de capital e instrumentos de producción, pudiera efectivamente ejercitarse.

Nada ni nadie la harían aceptar una tal distribución del ingreso nacional cuyo resultado es el subconsumo y desclasamiento de los proletarios frente al sobreconsumo y fortalecimiento de los capitalistas. Si de hecho se pliega, es que sin duda "padece violencia, contra la cual la justicia protesta(Rerum novarum, 32).

Una de las cosas que suelen impedir que captemos en toda su hondura la injusticia incesante de este despojo continuo, es el hecho de que, cuando los sindicatos (en las naciones en las que hay sindicatos)obtienen un aumento del monto de los salarios, los empresarios se recuperan subiendo el precio de los artículos y servicios producidos por la gran empresa nacional y así hacen que el aumento salarial sea meramente nominal(en términos solamente monetarios), pues el público consumidor constituido mayoritariamente por los mismos asalariados que obtuvieron el aumento, adquiere la misma cantidad de bienes y servicios que antes del aumento adquiría...

Al subir los precios, los capitalistas ejercitan su propia coalición para impedir que el aumento salarial modifique la vigente distribución del producto nacional. Si se quiere aléguese que es una coalición contra otra coalición, pero con ello se reconoce que la distribución vigente del ingreso real es únicamente efecto de la violencia que el sistema ejerce sobre los proletarios. Si estos puedieran ejercitar, en función de consumidores, el derecho de coalición que por ley natural les compete, el aumento salarial que obtienen no se dejaría convertir en meramente nominal. Efectiva y realmente crecería.

Debería ser claro que el derecho obrero de coalición afirmado enfáticamente por los papas y por todas las legislaciones modernas se vuelve engañoso si al mismo tiempo no puede ejercerse el derecho de coalición de los consumidores en cuanto tales.

Si se alega que el alza de precios consiguiente al alza de los salarios no es decidida por coalición empresarial sino por el mecanismo de la economía misma, la configuración moral del despojo no se altera por ello: nadie podrá decir que los proletarios aceptan líbremente el conjunto nacional de contratos y transacciones en virtud del cual ellos se mantienen en perpetuo desclasamiento y los capitalistas en perpetua situación
de privilegio...


--J. Porfirio Miranda, Marx y la Biblia
Ediciones Sígueme, Salamanca 1975.


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