Derechos Humanos y libertad religiosa

(Cardenal Carlos Amigo Vallejo).- En abril de 2008, Benedicto XVI, respondiendo a la invitación del Secretario general, visitaba la sede de la organización de las Naciones Unidas. Se estaba celebrando el 60 aniversario de la Declaración universal de los derechos del hombre. En el encuentro con los miembros de la Asamblea General, el Papa consideraba a esta organización, como una "familia de naciones" que trabajaba por alcanzar unos fines comunes de paz y desarrollo. Como no podía ser menos, el Pontífice hablaría de los derechos humanos, de la razón por la cual Iglesia se ocupa de este tema, de los fundamentos y de los enemigos de estos derechos humanos. Subrayaría, en fin, un derecho fundamental: el de la libertad religiosa.

En la Declaración universal de los derechos humanos, se recogen unos derechos fundamentales, tanto de carácter civil, como político, social, económico y cultural: libertad, igualdad, fraternidad, no discriminación, no sometimiento a esclavitud y servidumbre, exclusión de torturas, tratos crueles, inhumanos y degradantes, presunción de inocencia libertad de movimientos, derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, derecho a la libertad de opinión y de expresión, derecho a un nivel de vida adecuado, a la salud, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica,,,

La Declaración sería recibida con generalizada satisfacción. Sin embargo, quedaban por reconocer unos “derechos” no sancionados en los códigos legales conocidos. Unas leyes no codificadas, pero inscritas en el corazón del hombre.

¿Por qué la Iglesia se interesa por los derechos humanos?

La Iglesia apoya y promociona los derechos humanos, ya que ellos son patrimonio de cualquier persona independientemente de su confesión religiosa.
Por otra parte, lo humano puede ser purificado por la fe. La persona necesita el reconocimiento de los derechos fundamentales, pero también vivir esa esperanza que produce el encuentro con Dios (…) Cuando se niega o margina la dimensión religiosa de la persona humana, se pone en peligro el fundamento mismo de la correcta comprensión de los derechos humanos inalienables (…) Pero, sobre todo la Iglesia se interesa por los derechos humanos, porque tienen su fundamento en la dignidad de la persona y, para el cristiano, esa dignidad le viene ante todo por su condición de hijo de Dios. Éste hombre que es sujeto de derecho, más allá de cualquier diferencia (…) La persona humana está en el corazón de las instituciones, leyes y actuaciones de la sociedad (…) La Iglesia, asimilando la doctrina de Cristo, considera la persona lo más digno de la naturaleza y enseña el orden ético y político que regula las relaciones entre las personas tienen su origen en la estructura misma del ser humano (Discurso a la Academia de Ciencias Sociales 4-5-09).

Desde sus comienzos, el cristianismo puso un sentido de igualdad entre todos los hombres. Se empeñó en defender a los esclavos de las vejaciones a las que estaban sometidos. Protegió a huérfanos y viudas, condenó la avaricia y la usura. Defendió la doctrina del bien común y la de la objeción de conciencia individual ante la propuesta de una obligación injusta...

En su doctrina social, la Iglesia considera que la base fundamental de los derechos humanos se encuentra en la ley natural, que en su raíz última es Dios. León XIII, especialmente con su encíclica "Rerum novarum" puso las bases a la doctrina social de la Iglesia. Y Juan XXIII, en la Pacen in terris" hizo un maravilloso tratado sobre los derechos humanos, aunque expresara también sus objeciones acerca de algunos capítulos de la declaración de la ONU de 1948.

Bases y fundamentos de los derechos humanos

En la misma persona es donde tienen su fundamento los derechos humanos. Sus raíces están en la misma naturaleza humana, que ha sido creada a imagen y semejanza de Dios. Y que, por otra parte, esa persona, con todos los hombres y mujeres del mundo, forman una única familia humana. Por eso mismo, los derechos humanos son unos "valores comunes de toda la humanidad, sobre los cuales se basa la convivencia pacífica de las naciones, la observancia y el desarrollo de la justicia" (Benedicto XVI. Viaje a los Estados Unidos de América. Entrevista 15-4-08). Unos derechos basados en la ley natural, presentes en las distintas culturas y civilizaciones. Y metidos en lo más íntimo del corazón del hombre. Unos derechos que constituyen una unidad indisociable, pues se basan en esa ley que el mismo Dios ha escrito en la naturaleza humana.

Por eso, Benedicto XVI pudo decir ante la Asamblea general de las naciones unidas, que "los principios fundacionales de la organización -el deseo de la paz, la búsqueda de la justicia, el respeto de la dignidad de la persona, la cooperación y la asistencia humanitaria- expresan las justas aspiraciones del espíritu humano y constituyen los ideales que deberían estar subyacentes en las relaciones internacionales".

Éstos derechos humanos responden a una serie de valores que son comunes a las diferentes culturas e incluso a modelos institucionales diferentes. En todos ellos hay un sustrato ético común, una conciencia moral y universal compartida. Unos derechos que tienen como garantía la finalidad del bien común, así como la valoración de la justicia, el desarrollo y la seguridad, tanto individual como colectiva. En principio, esos derechos humanos sería la acción más eficaz para terminar con las enormes desigualdades sociales entre distintas clases y países.

Los derechos humanos expresan valores no negociables. Pues se trata del bien de la persona, simplemente por su condición humana y como garantía de una dignidad incuestionable, y permiten la integración de la persona en la misma sociedad, independientemente de cualquier peculiaridad relativa al sexo, nacionalidad o al grupo cultural al que se pertenezca. Unos derechos universales, que pertenecen a todos los hombres, que son innegociables, intransferibles y que no se pueden revocar, pues superan las mismas contingencias de las situaciones sociales o históricas.

Algunos de estos derechos humanos se refieren a la no injerencia en la intimidad de los demás. Otros suponen la realización de algunas actividades. No necesitan ser reconocidos por las constituciones políticas de los estados, pues son anteriores a esos derechos constitucionales.

Obstáculos a la aplicación de los derechos humanos

Hay una serie de actitudes, ideologías y comportamientos que pueden considerarse como opuestos a los derechos humanos. Son ideas y trabas que se ponen a la realización de la justicia. Entre esos obstáculos podemos están el relativismo, el fundamentalismo, la discriminación, la violencia, los acosos a la vida, el impedimento al ejercicio de la libertad religiosa.

Benedicto XVI no se cansa de denunciar al relativismo como una de las más dañinas carcomas de nuestro tiempo. Si los derechos humanos se basan en la misma ley natural inscrita en el corazón del hombre, una interpretación relativista de esos derechos los supeditaría a las distintas situaciones sociales, políticas, culturales, religiosas... Este relativismo no escapa a una serie de presiones que pretenden reinterpretar los mismos fundamentos de los derechos humanos. Y, poco menos, como si esos derechos dependieran de tratados, negociaciones o de unos consensos acordados...

En el otro extremo, estaría un fundamentalismo radical que, en lugar de ayudar a la libertad del hombre, anula por completo su capacidad de reafirmarse libre y conscientemente en lo que es justo. El fundamentalismo integrista hace que el pretendido derecho se convierta en injusticia. Utiliza la violencia y el terrorismo, que son verdaderos enemigos de la vida y de la paz y arrancan por su misma raíz los derechos más fundamentales de las personas y de la sociedad.

Entre los mayores conculcadores de los derechos humanos, estarían todas esas prácticas injustas creadoras de una cultura de muerte, como pueden ser las agresiones a la vida humana, el aborto, la eutanasia, la clonación de seres humanos, la pena de muerte, la utilización inmoral de la ciencia.

Enemigo también de los derechos humanos es la "dictadura de la razón positivista", que intenta excluir cualquier elemento trascendente, poniendo casi como garantía de los derechos humanos el olvido de Dios” (Benedicto XVI. A los Obispos de Malasia 6-6-08).

Al mismo tiempo que se proclaman solemnemente los derechos humanos, aparecen una serie de contradicciones. Estamos siendo testigos de unos sorprendentes contrasentidos: realizaciones espléndidas, masacres inconcebibles, avances científicos y técnicos deslumbrantes, renovación religiosa, deterioro moral...

Grandes incoherencias, entre unos ideales sublimes y una realidad de anticipada frustración. Entre gestos altruistas de una generosidad ejemplar, hasta formas egoístas desbordadas. Desde la predicación entusiasta de lucha por la fraternidad, la paz, el derecho de los hombres, hasta clamorosas manifestaciones de intransigencia, violencia, intolerancia...

Antiguos mitos de incompatibilidades entre fe y razón, progreso y religión, evangelio y vida, parecen retoñar siempre que se presenta algún tema, aparentemente nuevo, que afecta al criterio moral sobre las acciones del hombre. Parece como si la ciencia fuera poco menos que una especie de amenaza permanente para la fe y para la moral. El estudio, la sensatez y, sobre todo, la iluminación evangélica, van dejando en evidencia aquella actitud, nada científica, de contraposición entre la razón y la fe. La ética, muy lejos de ser un obstáculo a la investigación y al progreso científico, es un estímulo para buscar sinceramente la verdad y constituye una garantía que hace de la persona un valor incontrastable que defender en toda su dignidad y en todos y cada uno de los momentos de su existencia.

Consecuencias de la falta de libertad religiosa

La falta de libertad religiosa, aparte de ser una ofensa Dios y a la dignidad humana, es una amenaza a la seguridad y a la paz, e impide la realización de un auténtico desarrollo humano, pues la persona queda limitada y no le deja crecer en una madurez completa, ya que la repliega sobre sí misma y no acierta a encontrar las respuestas que necesita sobre su origen, destino y el mismo sentido de la vida
Una triste paradoja es la que se viene observando últimamente. Países que presumen de estar abiertos al pluralismo y de tener la tolerancia casi como bandera, y donde la religión está o marginada o sometida a una serie de limitaciones para poder expresarla públicamente, erradicando los signos religiosos de la presencia pública.

Naturaleza y fundamento de la libertad religiosa

La persona tiene derecho a ordenar su vida, tanto individual como social, desde su fe religiosa, desde su aceptación de Dios como la verdad suprema de la existencia. Por tanto, la libertad religiosa no es simplemente la ausencia de dificultades para poder vivir y expresar la fe, sino gozar de la libertad requerida para ser coherente con aquello en lo que cree y que ha de tener una repercusión en su vida moral, tanto personal como en relación con la sociedad.


La libertad religiosa es un bien universal, patrimonio de la misma humanidad, que expresa el deseo de conocer la verdad si el bien, por tanto de ser reconocida como "una condición para la legitimidad moral de toda norma social y jurídica. (…) Al no ser ésta una creación del Estado, -la libertad religiosa- no puede ser manipulada, sino que más bien debe reconocer la y respetarla. (…) En fin, que la libertad religiosa es una exigencia ineludible de la dignidad de cada hombre y piedra angular del edificio de los derechos humanos" (Mensaje 2, 8).

El reconocimiento de la libertad religiosa lleva consigo el tener las suficientes garantías para que las comunidades religiosas puedan tomar iniciativas y trabajar, en igualdad de derechos con todos los demás ciudadanos, en cualquiera de los ámbitos sociales, particularmente el de la educación y el de la caridad fraterna.

No es suficiente, en forma alguna, una mera declaración de intenciones, en un sentido muy general, de libertad religiosa, sino que debe reconocerse de una manera explícita y ofrecer las garantías necesarias para poder practicarla con libertad.

Una legítima y positiva laicidad

Se anuncia, no sin alguna presunción, un tiempo de ensueño con una escuela laica, una política laica, una ética laica y, en definitiva, una sociedad laica. Es para felicitarse. No existe ironía alguna en esta deseable en hora buena. Una política laica es la que garantiza una auténtica libertad religiosa de acuerdo con la Constitución que regula la vida de un país. Un Estado, sin religión oficial, pero que garantiza a sus ciudadanos, no sólo elegir libremente su confesión religiosa, sino el poder vivirla sin que por ello tengan que soportar discriminación alguna, aparte del poder disponer de los medios necesarios para disfrutar de esa libertad.

Un Estado laico no puede, no debe olvidar y marginar lo religioso.
Sin embargo, lo parecería si no ofreciera los instrumentos legales y los medios necesarios que garanticen el ejercicio de ese derecho. Mucho peor sería que esos mismos poderes públicos, veladamente, impusieran el laicismo casi como religión obligada y sustitutoria. Ese Estado, en definitiva, no sólo había dejado de ser aconfesional, sino que habría limitado un espacio de libertad como es el del derecho a la confesión religiosa de los ciudadanos.

El laicismo suele aliarse con el pretexto del recurso a lo privado, presentando la coartada de querer reducir lo religioso a los cómodos ámbitos de lo estrictamente individual, de lo que no se debe dar cuenta a nadie, ni expresarlo en comportamiento exterior alguno. Esta excusa, no solo es ruptura con lo trascendente, sino intento por desplazar creencias y religión y no dejar espacio alguno para la auténtica libertad religiosa, queriendo reducir la práctica de la fe a poco más que un intimismo absolutamente privado. La aconfesionalidad, léase neutralidad, que debe ser garantía para la libertad, puede convertirse actitud excluyente de lo religioso, particularmente de lo católico, alegando que el tema de las convicciones religiosas debe dejarse para otro lugar y para otro tiempo. Así que, dirían, cristiano en la parroquia y ateo en la vida pública.

No se puede dudar que el pluralismo cultural y religioso es un enriquecimiento de la vida social, así como lo peligroso del laicismo para la libertad religiosa y los valores de la laicidad, como sentido de respeto a las creencias de los ciudadanos, no como coartada y limitación de una verdadera libertad para vivir consciente y públicamente las exigencias de la propia fe.

Los derechos humanos son unos principios de libertad, que incluyen derechos sociales, culturales, religiosos. Son también una base importante para el principio de igualdad y para el ejercicio de la solidaridad universal, así como todo aquello que respecta al cuidado y protección del medio ambiente y, en primer lugar, a la garantía del derecho a la vida...

Siempre queda el interrogante acerca de la vinculación que tienen estos derechos para los Estados. Se ha subrayarlo obligatoriedad a través del Pacto internacional de derechos civiles y políticos y el Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales, que fueron adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas (16 diciembre 1966),

La Iglesia con su doctrina social, no solamente ha expresado el deseo de unirse a esos derechos humanos, sino avanzar incluso más de lo que puede ser una declaración de principios, para hacer que, basándolo todo en la justicia, aún pueda seguir caminando en la ayuda al hombre con la caridad fraterna y con la misericordia. Pero ninguna de estas acciones tendría base consistente sino se fundamentara todo en la justicia.
Volver arriba