Un juzgado reconoce un sexenio de antigüedad laboral a profesora de religión

(RD/Efe).- El Juzgado de lo Contencioso Adminisitrativo número 8 de Valencia le ha reconocido un sexenio de antigüedad laboral a una profesora de religión al considerar su trabajo como "función docente". Así lo indica una sentencia de este juzgado facilitada por la Unión Sindical Obrera de la Comunitat Valenciana (USOCV), quien interpreta que este fallo reconoce "el derecho a cobrar sexenios a los profesores funcionarios de todo el tiempo que hayan trabajado anteriormente como profesores de religión".

La Generalitat denegó a esta profesora de religión la concesión del primer sexenio que reclamaba, por lo que interpuso un recurso judicial.

A través de este recurso, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 8 de Valencia le ha reconocido "su antigüedad como maestra" y "la función docente prestada por el desempeño de su trabajo como profesora de religión en situación de contratada laboral".

Asimismo, la sentencia admite que "la impartición de la enseñanza de religión es obligatoria en los diferentes niveles educativos", ya que, como apunta la misma, es "de oferta obligatoria para los centros" y "de carácter voluntaria u optativa para los alumnos".

Según las fuentes, dicha sentencia reconoce, "por primera vez", que "las personas que trabajaron como profesores de esta asignatura en centros públicos han realizado una función docente".

La coordinadora del profesorado de religión de USOCV, Mariví Iribarren, ha declarado que la resolución "clarifica la función docente de unos profesionales que han estado durante muchos años al margen de ese reconocimiento".

"Desde USOCV siempre se ha apostado por un colectivo que reúne a más de 1.500 profesores en toda la Comunitat", ha apuntado la asociación, a lo que ha añadido que, con la base de "estos sólidos argumento jurídicos", la "equiparación con el resto de docentes está cada día más cercana".
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