Sacerdotes Casados Y Mujeres Sacerdotes
Por JUAN GARCÍA PÉREZ (Resumen)
El documento de 71 sacerdotes de Gerona sobre celibato y ordenación de la mujer ha suscitado variados comentarios. Algunos han entrelazado lamentablemente celibato opcional, ordenación de mujeres y poligamia para católicos. Son cuestiones distintas. El celibato es una ley que la Iglesia podría cambiar si lo estimase conveniente. La no ordenación de la mujer es una cuestión doctrinal. Relacionar esos cambios con la licitud de poligamia para un católico, añade lamentablemente un plus de agresividad que bloquea toda aproximación seria a estas cuestiones. [...]
En favor de un celibato opcional se escuchan hoy en la Iglesia no pocas voces, y muchas de ellas no desdeñables. Ven tanto en el matrimonio como en el celibato una expresión del amor a Dios. El celibato expresa la universalidad del amor, y el matrimonio, la intensidad. Pablo VI y Juan Pablo II han manifestado con toda firmeza su intención de mantener unidos en el rito latino el sacerdocio y el celibato. Los sacerdotes de Gerona han expresado su petición. Ellos no la verán atendida. pero sí lo han hecho con respeto, su actuación merece ser contemplada con atención.
Sacerdocio femenino. Esta cuestión tiene más peso doctrinal que la del celibato. La doctrina de la Iglesia católica es conocida. Se basa fundamentalmente en dos motivos: ni Jesús ni los «Doce» encargaron oficialmente a las mujeres la predicación o la celebración de sacramentos. Segundo: en su función litúrgica el sacerdote representa a Cristo. Si el signo remite a la realidad significada, Cristo varón debe ser representado por varones.
Ocurre sin embargo que, a la consulta de Pablo VI de si el Nuevo Testamento cerraba claramente el acceso de la mujer al sacerdocio, la Pontificia Comisión Bíblica por muy amplia mayoría de votos dio una respuesta negativa. Hay por ello que acudir no sólo a la Escritura sino a la tradición. Las razones de tradición por las que Cristo sólo puede ser representado por varones no son unánimemente compartidas por los teólogos, aunque tanto Pablo VI como Juan Pablo II, apoyándose en la tradición secular de la Iglesia, han repetido de forma firme y solemne que no se sienten autorizados a cambiar la voluntad de Jesucristo.
¿Es infalible el documento Ordinatio sacerdotalis de Juan Pablo II? No constituye una definición ex cátedra, aun cuando el contenido del mismo, según afirmó el Cardenal Ratzinger, es enseñado como «doctrina definitiva». La dificultad radica en ver cómo una doctrina, no definida solemnemente como dogma, pueda ser considerada «doctrina no reformable».
La cuestión está, por tanto, en ese «magisterio no definido pero definitivo». Hay católicos perplejos y teólogos que quieren acoger con sinceridad el magisterio de la Iglesia pero no ignoran los casos en los que doctrinas presentadas en su momento como irreformables, con el paso del tiempo fueron reformadas. Recuérdese los decretos de S. Pío X sobre la formación e interpretación de los libros de la Biblia, las afirmaciones sobre derechos humanos y libertad religiosa, el monogenismo o la esclavitud.
El católico ante el magisterio deberá ser respetuoso, acogedor y paciente. Hemos expuesto, creemos que con fidelidad, la doctrina de la Iglesia. Arrojar al remolino de una discusión, planteada a veces casi como tertulia de café de barrio, celibato, ordenación de la mujer y poligamia de los católicos es hecho que se califica por sí mismo. Y además, no parece despertar un gran respeto y entusiasmo por la Iglesia, a la que esa equiparación celibato opcional - poligamia pretendía defender.
José María Lorenzo Amelibia
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