La reforma de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa no es necesaria (editorial de Ecclesia)

Aun cuando la cautela, la mesura y la espera deban ser las primeras actitudes ante el anuncio del Gobierno español de elaborar una nueva Ley Orgánica de Libertad Religiosa, no dejan de existir síntomas e indicadores preocupantes y alarmantes. Esta iniciativa legislativa no figuró finalmente en el programa electoral con que el PSOE concurrió a las elecciones del pasado 9 de marzo. Sorprende asimismo que esta sea una de las primeras iniciativas del Gobierno, tras casi dos meses de parálisis.
Más sospechoso es todavía el hecho de que su anuncio coincida con una fuerte subida del paro y en pleno proceso de desaceleración o crisis económica, que afecta muy singularmente a los precios de la cesta de la compra y a las hipotecas. ¿No estaremos, pues, ante una nueva cortina de humo, que tape y desvíe la atención de los temas que realmente preocupan a los ciudadanos? Además la decisión ha sido justificada de modo simplista y con argumentos poco inocentes, incluso con atisbos de ideologización y de sectarismo. Todo ello –más la contumacia con que actuó el Gobierno en la pasada legislatura en temas de similar naturaleza a esta– ha de alertarnos y prevenirnos.
Y por si lo anterior fuera poco, de la lectura y aplicación de la vigente Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 5 de julio de 1980 se deduce fácilmente que este marco legal es impecable e irreprochable. En él no se alude ni se privilegia a ninguna confesión en particular, incluida, por supuesto, la católica. El texto rezuma aprecio por la libertad religiosa, que define como derecho fundamental insertado en la inviolable dignidad de la persona. Es asimismo una ley que ha funcionado, que ha permitido el pluralismo confesional en España y que ha ahuyentado los fantasmas de la llamada «cuestión religiosa», de tan funestas consecuencias en nuestra historia. Luego, si es cierto –como acontece– que esta ley ha funcionado y funciona, ¿cuál es la razón, la urgencia y la necesidad de su reforma, de su modificación?
La Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980 nace y se desarrolla en el espíritu y en la letra de la Constitución de 1978, fundamentalmente en su artículo 16. Consagra la aconfesionalidad del Estado y articula el derecho fundamental al libre ejercicio de las creencias religiosas y a su culto. Aquella ley de 1980 sí que no va contra nadie ni camufla o enmascara ningún confesionalismo soterrado.
Declara y lleva a la práctica la neutralidad del Estado en materia religiosa y promueve los acuerdos bilaterales entre la Administración y las Confesiones religiosas de notorio arraigo. Por supuesto, que el panorama sociológico del pluralismo religioso en nuestro país ha variado cuantitativamente desde 1980. Pero en la ley de entonces caben todos estos cambios. ¿Por qué reformarla ahora? ¿Se busca ampliar las libertades o restringirlas o ponerlas bajo sospecha?
Las soflamas sobre la laicidad del Estado español no se adecuan a nuestra Constitución, ni a la historia, ni al alma, ni a la realidad presente del pueblo español. La laicidad no puede ser nunca un arma arrojadiza contra las creencias y las confesiones religiosas. Los derechos de los no creyentes no tienen porque colisionar con los derechos de los creyentes. Y de hecho, durante las tres décadas de democracia constitucional en España no han colisionado. A nadie se le impone u obligado a creer y a practicar. Por otro lado, una Ley Orgánica no puede estar nunca por encima de la Constitución, que es la ley de leyes, de modo que una hipotética reforma de la Constitución no puede hacerse tampoco mediante «atajos» y maniobras.
La Iglesia católica en España trabajó denodadamente por la llegada en paz, en concordia, en pluralidad y en reconciliación de la democracia. Desde el Concilio Vaticano II, nuestros pastores en consonancia con el Papa Pablo VI, buscaron la aconfesionalidad del Estado. Pero lo que ahora no es de recibo es una nueva y subrepticia confesionalidad laicista, excluyente y militante, que mire con prejuicios la libertad religiosa y pretenda legislarla de modo restrictivo. España no se merece ni quiere ni necesita una nueva religión de Estado compuesta de dogmas falsos y vanos como algunas de las proclamas del poder y de sus terminales mediáticas. Por todo ello, entendemos –desde la mesura y el respeto y a la espera a conocer sus contenidos– que la anunciada reforma de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa no es a día de hoy ni conveniente ni necesaria.
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