“La misma ley será para el natural, y para el extranjero que habitare entre vosotros” (Ex. 12:49); “seis días trabajarás y harás toda tu obra; más el séptimo día es reposo para Jehová tu Dios; no hagas en él obra alguna, tú, ni tu hijo, ni tu hija, ni tu siervo, ni tu criada, ni tu bestia, ni tu extranjero que está dentro de tus puertas” (Ex. 20:9-10); “y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto” (Ex. 22:21; 23:9); “cuando el extranjero morare con vosotros en vuestra tierra, no le oprimiréis. Como a un natural de vosotros tendréis al extranjero que more con vosotros, y lo amarás como a ti mismo” (Lv. 19:33-34); “un mismo estatuto tendréis vosotros de la congregación y el extranjero que con vosotros mora; delante del Señor, vosotros y los extranjeros sois iguales” (Nm. 15:15).