"La Iglesia llama persecución a privilegios que no encajan en una democracia"

La Iglesia no se ha instalado en la modernidad europea hasta el Concilio Vaticano II, en el que por fin reconoce la libertad de conciencia con todas sus consecuencias. Empero, lo más significativo de este último medio siglo es que una buena parte de la jerarquía ha ido distanciándose de los postulados básicos del Concilio, como si renunciar a los privilegios provinientes del poder político implicase el resquebrajamiento de su estructura interna.

Más que confiar en la ayuda del Espíritu Santo, la Iglesia prefiere asegurarse la del Estado; la española, en particular, no ha sabido librarse de su pasado nacionalcatólico y las críticas que recientemente ha hecho a la neutralidad laica del Estado rezuman valoraciones y conceptos de un pasado que creíamos superado.

La jerarquía eclesiástica española ha vuelto a plantear posiciones que en los años setenta del siglo XIX ya llevó al enfrentamiento con la Alemania de Bismarck (Kulturkampf). Al apelar a un "derecho natural", en sí mismo racional y además, incardinado en la ley eterna de origen divino, que sólo a la Iglesia correspondería interpretar, coloca sobre el derecho positivo uno de origen divino en manos exclusivas de la Iglesia. Si el poder político sanciona leyes que van contra el "derecho natural", como es el caso del aborto o del matrimonio homosexual, de hecho rompe con el orden democrático, ya que únicamente es legítimo si se sostiene sobre el "derecho natural". Desde una argumentación que creíamos superada por el último Concilio, algún obispo español ha llegado a descalificar al Gobierno de "antidemocrático".

Habrá que recordar a la jerarquía eclesiástica que el Estado de derecho, tal como lo construye la ciencia jurídica alemana del siglo XIX, y que se recompone en el XX en "Estado democrático de derecho" se basa en tres principios: 1.- Sólo el Estado es fuente de derecho; no hay otro derecho que el estatal; 2.- A la vez que obliga a todos, el Estado respeta el derecho que se ha dado a sí mismo, evitando toda arbitrariedad; 3.- Ha sido promulgado siguiendo un procedimiento en el que se haya expresado la voluntad de la mayoría.

Si se reconocen la libertad de conciencia de cada uno, así como las libertades civiles y los derechos humanos, el resultado es un pluralismo de ideas y posiciones sobre lo que es bueno y justo, sin que instancia alguna pueda definir previamente sus contenidos. La Iglesia lo puede hacer para sus fieles, pero en ningún caso para el conjunto de los ciudadanos, que supondría el fin de las libertades. Este pluralismo, que tanto le ha costado reconocer a la Iglesia, es consustancial con la democracia y obliga al Estado a mantener una neutralidad ideológica y confesional, así como a imponer como único derecho válido el que haya sido aprobado por la mayoría según los procedimientos previstos.

Sólo cuando la Iglesia acepta el pluralismo implícito en el reconocimiento de las libertades y derechos humanos fundamentales -Pío VI condenó como "apostasía nacional" la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789)- puede decirse que ha asumido la democracia, dispuesta a convivir en un mundo en el que muchos no comparten sus valores y "verdades". En todo caso, al igual que los demás ciudadanos e instituciones religiosas y civiles en una democracia, la Iglesia tiene garantizados libertades y derechos, sin que pueda sufrir persecución alguna, a no ser que, como a menudo ha ocurrido en el pasado, y sigue sucediendo hoy en España, llame "persecución" a ver cercenados privilegios heredados que no encajan en una democracia, necesariamente, recalco, pluralista y laica.


Ignacio Sotelo es catedrático excedente de Sociología.
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