Las HAM, ahora intervenidas, nunca fueron, como se 'vende', congregación religiosa Ni monjas ni religiosas: el primer gran 'engaño' de las Hijas del Amor Misericordioso

Su objetivo es llegar a ser un instituto de vida consagrada, un estatus que todavía no han alcanzado, pese a que sean constantes las referencias a sus integrantes como 'novicias', 'hermanas' o 'monjas', o el uso de términos como 'comunidad' o 'convento' para referirse a los espacios que regentan, algo técnicamente erróneo

"Este tipo de asociaciones hablan de superioras, casas y noviciado, aunque técnicamente no sea correcto, o adoptan algunas prácticas y estructuras de una orden religiosa que eventualmente pueden llegar a ser, pero que de momento no son", apunta el experto de la Universidad Pontificia de Comillas en declaraciones a EFE

Las Hijas del Amor Misericordioso (HAM), intervenidas recientemente por la Archidiócesis de Madrid, no son monjas ni religiosas, sino miembros laicas de una asociación pública de fieles, un tipo de entidad diferente a un instituto de vida consagrada, es decir, a una congregación u orden religiosa.

La intervención de las HAM, que ha comportado la expulsión de su superiora general, tuvo lugar a raíz de una investigación realizada por el Tribunal de la Rota, que durante más de un año y medio estudió varias denuncias recibidas.

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Esta asociación fue reconocida como tal en 2007, aunque la fundó en 1983 el padre Antonio Mansilla al abandonar los jesuitas, con el objetivo de predicar ejercicios espirituales de raíz ignaciana, es decir, inspirados en los principios de San Ignacio de Loyola. Actualmente están presentes en las archidiócesis de Getafe, Toledo y Sevilla.

Su objetivo es llegar a ser un instituto de vida consagrada, un estatus que todavía no han alcanzado, pese a que sean constantes las referencias a sus integrantes como 'novicias', 'hermanas' o 'monjas', o el uso de términos como 'comunidad' o 'convento' para referirse a los espacios que regentan, algo técnicamente erróneo.

Hijas del Amor Misericordioso
Hijas del Amor Misericordioso



"Funcionan aparentemente como una orden religiosa, hablan en términos de monjas o de comunidad, pero éstos no son propios del estatuto que tienen reconocido", señala a EFE el psicólogo Miguel Perlado, que ha asistido a varias de las familias de las HAM que han denunciado prácticas abusivas dentro del grupo, el cual, en su opinión, usa este "doble lenguaje" para "confundir" sobre su estatus.

Para entender las diferencias entre una asociación pública de fieles y los institutos de vida consagrada o sociedades de vida apostólica es clave el Código de Derecho Canónico.

"Existen en la Iglesia asociaciones distintas de los institutos de vida consagrada y de las sociedades de vida apostólica, en las que los fieles, clérigos o laicos, o clérigos junto con laicos, trabajando unidos, buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, o la doctrina cristiana, o realizar otras actividades de apostolado", explica el artículo 298.1 del texto sobre las primeras.

Entre estas actividades destacan iniciativas para la evangelización, el ejercicio de obras de piedad o de caridad, y la "animación con espíritu cristiano del orden temporal".

María Milagrosa Pérez
María Milagrosa Pérez


Algunos ejemplos de asociaciones públicas de fieles son las cofradías y hermandades de Semana Santa, u ONGs como Manos Unidas y Cáritas.

Aquí radica la primera diferencia con los institutos de vida consagrada, cuyos miembros "se dedican totalmente a Dios", una dedicación que se adopta "mediante votos u otros vínculos sagrados", como los de castidad, pobreza y obediencia.

"Los votos dentro de los institutos religiosos son públicos, y la publicidad no viene de que se haya hecho delante de más o menos gente, en una ceremonia o una misa, si no de que el superior las recoja en nombre de la Iglesia y la Iglesia los reciba", apunta un canónico de la Universidad Pontificia de Comillas.

Así, esos votos cambian el estatus canónico de la persona que los hace, que deja de ser laico para convertirse en religioso y, según el artículo 590.2 del código de Derecho Canónico, adopta la obligación de obedecer al Papa como a 'Superior supremo', algo que no se contempla dentro de las asociaciones públicas de fieles.

La catedral de la Almudena, desde la plaza de la Armería
La catedral de la Almudena, desde la plaza de la Armería Jesús Bastante



"La diferencia es jurídica, en las asociaciones de fieles hacen votos privados y en los institutos de vida consagrada se hacen votos públicos", explican a EFE fuentes de la Vicaria de Vida Consagrada de la Archidiócesis de Madrid.

Así pues, las HAM no pueden identificarse como monjas, ni tampoco como religiosas, puesto que los votos que han efectuado son de carácter privado.

"Este tipo de asociaciones hablan de superioras, casas y noviciado, aunque técnicamente no sea correcto, o adoptan algunas prácticas y estructuras de una orden religiosa que eventualmente pueden llegar a ser, pero que de momento no son", apunta el experto de la Universidad Pontificia de Comillas en declaraciones a EFE.

El canónico subraya que estas prácticas se llevan a cabo porque existe la intención de llegar a convertirse en un instituto de vida consagrada.

"Intentan empezar a vivir como si fueran un instituto religioso, tratan de amoldar su estructura y vivir conforme a lo que aspiran llegar a ser", concreta el experto, quien ve en esta práctica una manera de demostrar a la autoridad competente que pueden ser nombradas como orden o congregación religiosa.

De hecho, otra de las diferencias entre un instituto religioso y una asociación pública de fieles es la forma de erigirse: mientras que los primeros necesitan el visto bueno de la Santa Sede, la autoridad competente de erigir las segundas varía dependiendo de su ámbito de actividad.



En el caso de asociaciones internacionales sí es necesaria una licencia de la Santa Sede, mientras que en las de ámbito nacional o regional y local basta con el apoyo de las Conferencia Episcopal o el obispo diocesano, respectivamente.

Este último caso es el de las HAM, cuyos estatutos fueron renovados en 2024 por el Cardenal Arzobispo de Madrid, José Cobo. Apenas un año después, la archidiócesis de Madrid ha nombrado a una comisaria extraordinaria de la Asociación en sustitución del equipo de gobierno anterior, suspendido de sus funciones.

Ella asumirá el gobierno de la entidad durante al menos un año para revisar y reconducir aspectos como el plan de formación, la vida comunitaria y el acompañamiento espiritual.

Durante este tiempo, la Asociación no podrá admitir nuevas vocaciones ni continuar los procesos formativos de quienes entraron en el último año, así como tampoco llevar a cabo actividad pastoral externa.

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