Eclesiología litúrgica

La Sacrosanctum Concilium demuestra que todavía queda mucho por hacer. La liturgia transmite la fuerza para llegar a ser testigos del Misterio pascual de Cristo pero muchos desconocen cuestiones fundamentales de la vida litúrgica y aún no es el centro de su vida espiritual.
La SC 43 afirma que el «El celo por promover y reformar la sagrada Liturgia se considera, con razón, como un signo de las disposiciones providenciales de Dios en nuestro tiempo, como el paso del Espíritu Santo por su Iglesia». Pasada la euforia de las formas se debe buscar la euforia de los contenidos, para que la liturgia todavía sea la fuente de espiritualidad de los bautizados.
Sacrosanctum Concilium supuso la cristalización de las líneas fundamentales del movimiento litúrgico. El sujeto de la celebración ya no es “el celebrante” o “presidente” sino la asamblea litúrgica. Los fieles que la forman no son espectadores ni se unen sólo espiritualmente al celebrante sino que todos son “actores”, todos son “celebrantes”, y toda su existencia debe quedar comprometida con lo que se ha celebrado (cf. SC 48). La finalidad de la liturgia es conseguir que la vida espiritual de los fieles quede plenamente inserta en el misterio de Cristo, cosa que a la vez implica ser y sentirse parte viva del Cuerpo eclesial, y, por lo tanto, que el modo de actuar sea testimonio.
La reforma litúrgica es paso del Espíritu y la liturgia fuente del verdadero espíritu cristiano, en consecuencia, la liturgia debe ser fuente de espiritualidad. El Sínodo de los Obispos de 1985 afirma que dónde se vive más intensamente la realidad de la Iglesia como “misterio” es en la liturgia y que dónde se asimila más la dimensión espiritual y el llamamiento a la santidad es también en ésta.
Del Concilio se desprende que “la liturgia es el ejercicio del sacerdocio de Cristo” hoy. La liturgia es también el lugar donde la Iglesia manifiesta y comunica a los fieles la obra de la salvación, llevada a cabo por Cristo, de una vez por todas. La liturgia es pues “el lugar” privilegiado del encuentro de los cristianos con Dios y con su enviado, Jesucristo, en la Iglesia reunida por el Espíritu Santo. La liturgia es un hecho de orden espiritual.
ECLESIOLOGÍA DE LA SACROSANCTUM CONCILIUM
El cardenal Ratzinger afirmó, en un congreso celebrado en Roma el año 2000, que el Concilio quiso subordinar e insertar el discurso de la Iglesia al discurso de Dios, presentando así una eclesiología en el sentido propiamente teológico. De esta manera, tenía sentido empezar por la Constitución sobre la Sagrada Liturgia, ya que al inicio está la adoración, y, por tanto, Dios.
No hay que ver la Sacrosanctum Concilium como si se tratase de un manual para el celebrante posconciliar, sino que debe hacerse una lectura en profundidad para encontrar todo el sentido en sintonía teológica y espiritual del Vaticano II. Esta Constitución no es un programa de reformas litúrgicas, sino que las reformas que le siguieron son manifestación de una eclesiología expresada a través de los ritos. Hay una relación evidente entre Sacrosanctum Concilium y Lumen Gentium.
SC Y LA IGLESIA
Se puede constatar una cierta relación entre la encíclica de Pío XII, Mediator Dei (1947) y la Sacrosanctum Concilium (1963), pero desde el punto de vista eclesiológico existen diferencias importantes: en el texto de Mediator Dei se pasa directamente de la elección de los apóstoles por Cristo al sacerdocio jerárquico, en cambio, en SC 6, de la misión de los apóstoles se pasa a la Iglesia y acto seguido se afirma que «Cristo está siempre presente en su Iglesia» (SC 7).
El numero 26 define la naturaleza de la Iglesia como «"sacramento de unidad", es decir, pueblo santo congregado y ordenado bajo la dirección de los Obispos», haciendo referencia a un escrito de San Cipriano, donde la Iglesia aparece como esencialmente sacerdotal, consagrada al culto del verdadero Dios, nacida del costado de Cristo crucificado y destinada a asociarse al culto sacrificial que Cristo tributó así al Padre. La Iglesia como “sacramento” ya estaba presente en el primer borrador de la Comisión litúrgica preparatoria del Concilio, siguiendo el pensamiento de O. Semmelroth, E. Schillebeeckx, K. Rahner y Y. Congar, entre otros. Aparece primero en la SC y su clave hermenéutica se encuentra en LG 1: «la Iglesia es en Cristo como un sacramento o signo o instrumento de la unión íntima con Dios y de la unidad de todo el género humano».
La naturaleza de la Iglesia es “sacramento de unidad” (SC 26); su origen es “el costado de Cristo en la cruz” (SC 5) como lo interpretaban San Agustín y Santo Tomás; su misión, ser “signo en medio de las naciones” (SC 2) y su presencia: Cristo presente en las acciones litúrgicas (SC 7), o sea, la liturgia como el ejercicio de la función sacerdotal de Cristo.
La Constitución para hablar de la autoridad eclesial emplea siete veces la expresión “Mater Ecclesia” para distinguirla de “pueblo cristiano”, “fieles” o “comunidad” constatando un doble sentido: el activo, como Iglesia Madre que congrega y el pasivo, como Iglesia que es pueblo congregado. San Isidoro de Sevilla, San Beda y San Cipriano ya hacían esta distinción, expresándola de diversas maneras.
Al hablar del gobierno de la actividad litúrgica no dice que depende “de la Iglesia”, como lo habían dicho Pio XI y Pio XII, sino “ab ecclesiae auctoritate”.
OFICIO DIVINO
El Oficio divino por su condición de oración pública acentúa fuertemente el carácter comunitario y universal de la alabanza, señalando a Cristo como el primer celebrante. Tiene un doble carácter: ser la voz que la esposa dirige a Cristo y a la vez, la oración que el Cristo total dirige al Padre.
Se exhorta a los pastores a extender la oración de las Horas a todo el pueblo fiel. La Constitución fundamenta la participación activa de los fieles en la misma naturaleza de la liturgia y en el derecho y el deber que tiene el pueblo cristiano, en virtud del bautismo.
Así encontramos dos valores litúrgicos y eclesiológicos muy importantes: la consideración de la Iglesia como comunidad a la cual pertenecen las acciones litúrgicas (no son acciones privadas sino celebraciones de la Iglesia) y la distribución orgánica de las actividades litúrgicas entre los miembros de este cuerpo. Se hace evidente la realidad de la Iglesia como un cuerpo donde cada miembro tiene su lugar y su munus, sin que la cabeza elimine al cuerpo por un protagonismo exagerado e inadecuado, ni al contrario. La Sacrosanctum Concilium contiene una verdadera eclesiología de comunión.
ECLESIOLOGÍA DE COMUNIÓN
Ya nadie considera exagerado afirmar que la eclesiología de comunión es el fundamento teológico principal de la reforma litúrgica, a la vez que coloca los pilares de la teología de la Lumen Gentium relativa al pueblo de Dios. Como afirmó Juan Pablo II la Sacrosanctum Concilium anticipa la Lumen Gentium.
La eclesiología de comunión se define por el hecho de poner en el primer plano del ser de la Iglesia la comunión ontológica, sobrenatural y sacramental con la vida trinitaria, comunión a la cual, en la Iglesia todo le está subordinado y especialmente su estructura jurídica.
En SC 2 la liturgia es vista a la luz del misterio de Cristo y, por tanto, de aquello que hay de más profundo en la naturaleza de la Iglesia: el teandrismo, es decir, el hecho de ser, a semejanza de Cristo, al mismo tiempo humana y divina. La Iglesia y su liturgia están en continuidad con toda la historia santa. En SC 7 se describe la liturgia como ejercicio del sacerdocio de Cristo, como acción de todo el cuerpo místico y su estructuración con signos sensibles.
Uno de los puntos de la Constitución más desarrollados por los autores es SC 10: «la Liturgia es la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y al mismo tiempo la fuente de donde mana toda su fuerza». Aquí se configura el eje de la eclesiología litúrgica conciliar. La liturgia debe a la Eucaristía el hecho de ser cumbre y fuente de la vida de la Iglesia, manifiesta también la naturaleza de la Iglesia.
En SC 14 se expresa la idea del sacerdocio real común a todos los fieles, una de las consecuencias de la eclesiología de comunión. Y también la Constitución da todo el relieve a la vida litúrgica diocesana alrededor del obispo y como consecuencia se habla de la vida litúrgica en las parroquias.
El numero 22 afirma que nadie puede añadir, quitar o cambiar nada en la liturgia, aunque sea sacerdote, pues la liturgia es por naturaleza posesión de la Ecclesia y por ello signo e instrumento de comunión.
Poniendo en práctica la eclesiología de comunión debe preferirse una celebración comunitaria con asistencia y participación activa de los fieles donde cada uno realiza aquello que le corresponde; se deben fomentar las aclamaciones de los fieles, los cantos, las posturas corporales, así como el silencio sagrado; en la celebración litúrgica no deben hacerse acepciones entre personas ni clases sociales y debe adaptarse la liturgia a las tradiciones de los pueblos. Recordar también que la concelebración manifiesta la unidad del sacerdocio. Todo esto para expresar en la acción litúrgica, la realidad más profunda del misterio de comunión que es la Iglesia.
CONCLUSIÓN
En síntesis, la eclesiología de comunión queda recogida en la Sacrosanctum Concilium (41.48.51), al presentar la diócesis (Iglesia local como porción del Pueblo de Dios) con sus elementos constitutivos: el obispo, el pueblo y la celebración de la Eucaristía, unida a la mesa de la Palabra.
La Iglesia peregrina en medio de los hombres. Debe destacarse la triple misión salvífica de la Iglesia: la evangelización y llamada a la fe; la celebración de la fe; la caridad y testimonio. Trilogía que el Vaticano II aplicará a toda la Iglesia: la Iglesia -koinonía-, bajo la Palabra de Dios, -martyría-, celebra los misterios de Cristo, -leiturgía-, al servicio del mundo, -diakonía-. Veamos que el único verbo de esta frase es precisamente el referido a la liturgia porque ésta, como hemos dicho, es “culmen y fuente” de la globalidad de la acción de la Iglesia.
La eclesiología de comunión es la idea central del Vaticano II. La communio contiene diversos aspectos: el básico, de la comunión con Dios y, a su vez, el propio de la participación en la vida de Dios a través de la palabra y los sacramentos. Esto lleva a la comunión de los cristianos entre sí, concretamente a la communio de las Iglesias locales fundadas mediante la Eucaristía.
El Vaticano II hace un esfuerzo por tener en cuenta la Iglesia del primer milenio y la del segundo y así hacer una síntesis de ambos, de toda la Tradición. El Concilio quiere responder con una nueva fórmula eclesiológica: “la comunión jerárquica”. Hay una necesidad de referirse primariamente a la Iglesia local pero se constata el impacto de las cuestiones universales, sobre todo en lo referente al Papa.
BIBLIOGRAFÍA
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• PIÉ-NINOT, SALVADOR, Eclesiología. La sacramentalidad de la comunidad cristiana, Sígueme, Salamanca 2007.
• SOLER CANALS, JOSEP M., «La liturgia, fuente de la vida espiritual», Phase 106 (2000).