¿Nulidad de matrimonio o divorcio por la Iglesia?
Crítica Constructiva
| José María Lorenzo Amelibia
¿Nulidad de matrimonio o divorcio por la Iglesia?
Nulidad
Un compañero mío, cura conservador en extremo, no creía en las declaraciones de nulidad de matrimonios. Con ironía rabiosa las llamaba “divorcio por la Iglesia”, con la particularidad de que costaban más dinero que los divorcios civiles y mucho más tiempo.
Pienso a todas luces que aquel compañero no tenía razón; a pesar de que aducía sus razones. Decía: “A fin de cuentas, muchas de esas nulidades se declaran merced al informe de un psicólogo o psiquiatra que afirma de uno de los esposos putativos que carecía de madurez psicológica cuando dio el consentimiento. Y… ¿cómo va a saber el psicólogo de la inmadurez de aquel sujeto, diez o quince años más tarde del contrato matrimonial?”
Yo no entro en estos criterios del cura conservador, pero…
Hace unos años un familiar mío obtuvo la declaración de nulidad, tras un quinquenio de proceso, tras algo más de medio millón de pesetas pagadas a abogados y peritos, después de haberse casado por lo civil y tener descendencia.
Conocía yo al Vicario Judicial y me interesé por el problema, sin pretender injerirme en la marcha de la justicia eclesiástica, tan sólo saber por dónde iban los tiros. Me dijo esto:
“Tu pariente no tiene una causa de nulidad, sino dos por lo menos. Lo hemos deducido a través de los contactos que hemos mantenido con él. Pero no podremos declarar la nulidad del matrimonio, si no le es posible demostrar con pruebas sus argumentos o afirmaciones”. Pasaron los años, y al final consiguió la declaración de nulidad.
Ahora me pregunto, con todo respeto y consideración a nuestros queridos jerarcas:
¿Por qué en los demás sacramentos es suficiente la declaración del sujeto y aquí no? Admitimos a la Comunión sin indagaciones de la dignidad o no de quien se acerca. A quien se confiesa hemos de creerle tanto cuando se acusa contra sí mismo como cuado se declara inocente. En el matrimonio, en cambio, incluso aunque la otra parte corrobore las afirmaciones del orador o solicitante, no nos sirven; ha de acudir a abogados; ha de someterlo a un tribunal; ha de estudiarlo un “perito” o varios; ha de mirarlo después otro tribunal… pasa el tiempo… se gasta dinero… mientras tanto viven en teórico concubinato, no pueden acercarse a la Eucaristía… ¿Y si mueren en el ínterin?
Creo que es hora de que se revise el Derecho Canónico; de que nuestros solicitantes de nulidad actúen en conciencia, asesorados, si fuese necesario por algún perito o moralista, dejen la cuestión de posterior divorcio a los tribunales civiles, y se contenten nuestros clérigos con lo puramente espiritual.
Ya sabemos que la Historia pesa mucho. Pero ¡cuánto tiene que cambiar nuestro Derecho Canónico!
Con respeto y reverencia a nuestros obispos y jerarquías: creo que esta incitativa no debiera retrasarse hasta cien o doscientos años, sino estudiarla cuanto antes y solucionarla. Que nuestro amigo el conservador no tenga que hablar de divorcio por la Iglesia. Además, la Iglesia es Madre de Salvación; no de poner pegas y años que dificultan tanto – hay muchas muertes repentinas – la salvación eterna.
José María Lorenzo Amelibia Si quieres escribirme hazlo a: josemarilorenzo092@gmail.com Mi blog: https://www.religiondigital.org/secularizados-_mistica_y_obispos/ Puedes solicitar mi amistad en Facebook https://www.facebook.com/josemari.lorenzoamelibia.3 Mi cuenta en Twitter: @JosemariLorenz2