La liturgia católica de este domingo (24. 1. 2010) nos sitúa ante un texto “truncado” del libro de Esdras, como he mostrado en el post del pasado día 21. Varios lectores me han pedido que vuelva al tema: que explique mejor lo de Esdras-Nehemías y la expulsión de las mujeres. Estoy trabajando actualmente sobre las mujeres en la Biblia Judía y tengo fresco ese motivo. Por eso he podido reunir algunos datos, presentando la endogamía judía antigua, para "leer" desde ella la situación actual del catolicismo.
Quiero recordar que la endogamia tiene un elemento positivo: pues sirve para cohesionar a un determinado grupo, para que conserve su identidad, sobre todo en momentos de crisis. Desde la segunda mitad del siglo XVI hasta entrado el XIX España fue una gran “endogamia”, se expulsó a los que se juzgaron “extranjeros”, no se dejó que los españoles estudiaran fuera, se quisieron cerrar los contactos con el mundo protestante e ilustrado, para que los españoles conservaran intacta que, a juicio de muchos, estaba en peligro.
(1) Pues bien, muchos judíos del siglo V-IV a.C. pensaron que estaban en peligro de olvidar su pasado y de perder su conciencia y su destino, en manos de la globalización persa (y después helenista), como muestran de formas distintas los libros de Ester y Rut y, sobre todo, los de los Macabeos y Daniel. Es lógico que, en un momento de crisis como aquel, muchos judíos optaran por cerrarse en sí mismos, expulsando los gérmenes de “disolución” (representados de un modo especial por las mujeres extranjeras). De esa forma, para conservar intacto su “tesoro espiritual” y para legarlo a las generaciones siguientes, ellos optaron por aislarse.
(2) De un modo al menos parcialmente semejantes, muchos católicos (no ya sólo españoles) del momento actual (a principios del siglo XXI) se sienten amenazados por el peligro de una gran disolución o pérdida de identidad en manos de la nueva globalización social, cultural y religiosa de la modernidad Es evidente que en este momento la solución no está en “expulsar físicamente” a las mujeres al modo antiguo (como pareció a los partidarios de Nehemías), pero también hoy existe una tendencia parecida: son muchos los tratan de silenciar a las mujeres (como si lo que ellas aportaran no fuera importante o, más aún, fuera peligroso; son muchos los que piensan que el mensaje y camino de Jesús debe conservarse aislado, por sí mismo, sin contacto real con otras religiones, sin diálogo profundo con la razón moderna.
Éste es el tema que está al fondo de las reflexiones que siguen, en las que ofrezco una lectura de conjunto (lectura larga, reiterativa) de los elementos básicos de estos dos libros de la Biblia: Esdras y Nehemías. Sólo leyéndolos bien, con pausa, sin escandalizarnos de lo que se dice, pero aprendiendo de lo que ellos cuentan podremos seguir avanzando en el conocimiento de la Biblia y de nuestra tarea de herederos del viejo judaísmo, en la línea de Jesús.
Siga leyendo quien tenga tiempo y quiera dedicar quizá una hora a ese tema, para conocer la Biblia y para situarse mejor ante nuestra situación social y cristiana. Los libros antiguos (Esdras-Nehemías) tienen mucho que enseñarnos, para rectificar ideas, para evitar errores, siempre que tengamos un gran respeto hacia el pasado. Posiblemente, los autores de estos libros se equivocaron. Pero su equivocación nos permite encontrar hoy mejor el camino, sabiendo que nosotros, los cristianos, debemos entender lo que ellos dicen desde Jesús (y desde muchos otros judíos) que añadieron: “pero yo os digo”. Los judíos han de entenderlos desde la Misná y el Talmud. Y todos debemos aceptarlos desde el común empeño por crear humanidad, desde el Dios que alienta en el camino de nuestras vidas.
ESDRAS/NEHEMÍAS. TRIUNFO DE LA ENDOGAMIA
Antes del gran exilio (que se inició el año 587 a.C.) había en Israel varias tradiciones, que se reflejaban en la forma de entender a Yahvé y a los dioses (la diosa), con la repercusión que ello tenía en las mujeres. Pues bien, tras el exilio, a través de una serie de procesos que han marcado la primera etapa del segundo templo (515 a.C al 70 d.C.) ha triunfado en principio una línea en la que podemos destacar dos fenómenos unidos:
(a) La endogamia, representada por Esdras/Nehemías: el pueblo tiende a cerrarse en sí mismo a través de un movimiento en el que se impone la prohibición del matrimonio de judíos con mujeres extranjeras.
(b) La fijación de una Ley nacional, donde se establecen las tradiciones que definen la existencia del pueblo. Pues bien, paradójicamente, en el principio de esa Ley Nacional, se destaca la importancia de una figura femenina (Eva) donde desembocan y se cristalizan gran parte de las experiencias anteriores sobre las mujeres. De ella trataré al comienzo de la parte siguiente de este. Ahora, para terminar esta parte, me ocupo de Esdras/Nehemías;
a. Esdras y Nehemías. Contexto histórico.
−Sobre el trasfondo histórico, cf. P. R. Ackroyd, Exile and Restoration. A Study of Hebrew Thought of the Sixth Century B.C., Westminster, Philadelphia 1968; Israel under Babylon and Persia, Oxford UP 1970; The Jewish community in Palestine in the Persian period, en W. D. Davies (ed.), The Cambridge History of Judaism Vol 1: Introduction. The Persian Period, Cambridge UP, 1984, 130-161; R. Albertz y B. Becking (eds.), Yahwism After the Exile. Perspectives on Israelite Religion in the Persian Era, Van Gorcum, Assen 2003; M. Bernett, Polis und Politeia. Zur politischen Organisation Jerusalems und Jehuds in der Perserzeit, en: S. Alkier (ed.) Die Griechen und das antike Israel (OBO 201), Freiburg/Schweiz 201, 2004,73-129; J. L. Berquist, Judaism in Persia´s Shadow. A Social and Historical Approach, Fortress, Minneapolis 1995; D. Böhler, Die heilige Stadt in Esdras α und Esra-Nehemia. Zwei Konzeptionen der Wiederherstellung Israels, (OBO 158), Freiburg/Schweiz 1998; J. Bright, Historia de Israel, Desclée de Brouwer, Bilbao 1989, 445-482; S. Hermann, Historia de Israel, Sígueme, Salamanca 1979, 381-420; Ph. R. Davies, (ed), Second Temple studies (JSOT SuppSer 117), Sheffield 1991; E. Nodet, Essai sur les origines du judaïsme, Cerf, Paris 1992 y P. Sacchi, Historia del judaísmo en la época del Segundo Templo,Trotta, Madrid 2004; M. Noth, Historia de Israel, Garriga, Barcelona 1966, 275-320; C. Saulnier, Histoire de Israel II, Cerf, Paria 1985; M. Smith, Palestiniam Parties and Politics that Shaped the Old Testament, SCM, London 1987; E. Ulrich (ed.), Priests, Prophets and Scribes. In Honour J. Blenkinsopp (JSOT SuppSer 149), Sheffield 1992 (dedicado al tiempo de Esdras y Nehemías). Sobre la “reforma” de Edras/Nehemías: J H. Cazelles, La mission d'Edras VT 4 (1954) 113-140; U. Kellermann, Nehemiah: Quellen, Uberlieferung und Geschichte (BZAW 102), Berlín 1967; K. Koch, Ezra and the Origins of Judaism, JSS 19 (1974) 173-197; R. W. Klein, Ezra-Nehemia, ABD II; J. D. McCarthy, Covenant and Law in Chronicles-Nehemiah, CBQ 44 25 (1982) 44- R. Rendtorff, Esra und das "Gesetz", ZAW 96 (1984) 165-184; M. Sánchez Caro, Esdras, Nehemias y los orígenes del judaísmo, Salm 32 (1985) 5-35; J. L. Wright, Rebuilding Identity: The Nehemiah Memoir and Its Earliest Readers (BZAW 348), Berlin 2004.
Hasta ahora, antes de la restauración de la “comunidad del templo” (hacia 515 a. C.), no podía hablarse de judaísmo en el sentido posterior del término, pues, estrictamente hablando, el judaísmo es producto de esa restauración en la que destacan estas fechas:
a. 538 a.C. Tras cincuenta años de exilio, el nuevo rey persa, Ciro el Grande, permite repatriarse a los que habían sido desterrados por los babilonios el año 587 a.C. Ellos (los que vuelven) son herederos de la tradición deuteronomista (del “sólo Yahvé”) y traen una visión más nacional y cerrada del judaísmo, fundada en criterios de restauración social y religiosa, más que política.
b. 515 a.C. Los judíos repatriados, con los descendientes de los que habían permanecido en Palestina, reconstruyen y dedican el templo de Jerusalén, pero no logran la independencia nacional, como muchos habían deseado. El líder civil, Zorobabel, descendiente de la familia de David, fracasa y el control de Jerusalén y Judá queda en manos de sacerdotes, sin que se logre un tipo de orden social y religioso aceptado por todos, de manera que haya armonía con los líderes y grupos religiosos y sociales del entorno, que conservan también tradiciones yahvistas.
c. 445 a.C. Tras unos decenios de incubación social y de fuertes tensiones, Nehemías (enviado por el rey persa, con plenos poderes) organiza la vida social y religiosa de Jerusalén, convirtiéndola en sede sagrada y capital de una “comunidad socio-religiosa” de judíos, que viven no sólo en la ciudad y en su entorno, sino en todo el imperio persa, que en ese momento se extiende desde la India hasta Egipto. Esa reforma de Nehemías constituye el momento central (aunque no único) de la (re-)fundación del judaísmo donde influyen y convergen dos tendencias: el movimientos de tipo deuteronomista (del “sólo Yahvé”), con una ley de vida social, de carácter más ético; y un movimiento más sacerdotal, que tiende a identificar el judaísmo con un culto centrado en el templo.
Esa refundación judía de Nehemías necesita un “poder central” que la impulse y avale, y significativamente ese poder no está dentro, sino fuera del judaísmo, en un imperio como el persa, que quiere organizar la vida de sus provincias y de sus grupos comunitarios y culturales, entre los que se encuentra Judea y el conjunto del judaísmo. En esa línea se ha podido decir que el judaísmo del Segundo Templo (del 525 a.C. al 70 d.C.) es una creación persa (pues Nehemías actúa como delegado del rey persa), aunque debe pactar de algún modo con los grupos de la tierra, y que el mismo Pentateuco (libro que actúa como signo de identidad para judíos y samaritanos, bajo el mismo imperio) ha sido compuesto y fijado básicamente como referencia social y religiosa ante la administración persa. Eso significa que los judíos no se han organizado como Estado Nacional (como antes del exilio), sino como grupo socio/religioso autónomo, dentro de un imperio que quiere mantenerse neutral en plano religioso.
Pero Nehemías no puede trabajar en el vacío. Su refundación necesita un fuerte impulso interior, que ha provenido de un grupo de judíos, especialmente vinculados al exilio de Babilonia, capaces de “recrear”, desde su visión de la historia pasada y desde su compromiso actual, un tipo de “nación religiosa” que va a suponer una aportación importante en la historia de la humanidad. Es ahora, en torno al 445 (fecha clave de la “restauración” de Nehemías), cuando nace, estrictamente hablando, la “nación religiosa” del Israel, tanto en su vertiente judía en torno a Jerusalén, como en su vertiente samaritana (pues también los samaritanos aceptan el Pentateuco). Lo anterior puede verse como “prehistoria”, como unos presupuestos, que podían haberse interpretado y actualizado de diversa forma. Lo que nace ahora es algo nuevo, que nunca antes había existido (aunque recoge y recrea tradiciones anteriores).
Desde esa nueva perspectiva se recopilan y seleccionan de un modo “canónico” las tradiciones antiguas del Pentateuco (que pueden ser aceptadas tanto por judíos como por samaritanos). En un momento posterior, los judíos del entorno de Jerusalén fijan también la historia antigua (libros que van de Josué a 2 Reyes) y empiezan a codificar las tradiciones de los profetas, desde Isaías a Zacarías, pero en una línea y orientación que los israelitas samaritanos ya no pueden aceptar. En ese contexto suele situarse la aportación de Esdras, a quien la Biblia judía ha vinculado con Nehemías.
Nosotros estudiamos aquí esa historia desde la perspectiva de Jerusalén, vinculada a las tradiciones de Nehemías (y en un segundo plano de Esdras) que implican una decisión “valiente” de compromiso judío, pero que incluyen también dos gestos que, desde nuestra perspectiva posterior, nos parecen problemáticos y dolorosos. (a) Por un lado, los judíos de la línea de Nehemías han optado por una visión restringida de las tradiciones israelitas, lo que hará que terminen separándose de los israelitas samaritanos que, en un sentido estricto, pueden presentarse como más fieles al mismo Pentateuco, en la línea de Esdras. (b) Esa opción más restringida de las tradiciones de Israel ha tenido un reflejo social: los judíos de la línea de Esdras han “expulsado” a las mujeres extranjeras. Desde ese fondo podemos vincular y separar a Nehemías y Esdras:
a. Nehemías
es históricamente el personaje el más importante (como confirma Eclo 49, 13, al verle como último de los grandes creadores de Israel). Él mismo ha recogido los aspectos fundamentales de su Restauración Sacral de Jerusalén, con bastante rigor y precisión, en su Libro de Menorías (Neh 1-7. 11-13). Ha sido un hombre de gran influjo en la corte persa: Copero del rey, favorito de su corte… Así pudo venir a Jerusalén por dos veces (la primera en torno al 445. a. C. para instaurar su reforma y la segunda más tarde, en torno al 428, para consolidarla) con amplios poderes y muchísimo dinero, para reedificar la muralla y organizar la vida social de la ciudad.
Actuó con decisión: era rico y arriesgado, una especie de “tirano” (como los que florecían en ese momento en las ciudades helenistas de Asia Menor, integradas en el imperio persa), y así puso su influjo al servicio de un determinada concepción del judaísmo, sentando las bases de lo que será una comunidad separada y autónoma, centrada en el templo y reconocida por la ley persa. Parece haber sido el inspirador real de la “reforma” que aquí estudiamos, con la expulsión de las mujeres extranjeras y la creación de una comunidad endogámica, cerrada en torno al templo.
b. Esdras.
La tradición le presenta como escriba oficial, versado en los asuntos de la Ley de Dios para los judíos, que viene también de Babilonia, para fijar e instaurar en Jerusalén el nuevo orden sacral que de alguna forma puede vincularse a la obra más “social” de Nehemías. Parece un personaje histórico, pero su figura y función han quedado más en la penumbra. No sabemos si actuó antes que Nehemías (hacia el 458 a.C), si le acompañó en su segundo viaje a Jerusalén (428 a.C) o si es posterior (398 a.C). Tampoco conocemos exactamente lo que hizo.
Sea como fuere, su nombre ha quedado vinculado a la codificación de la Ley (del Pentateuco), de tal forma que se le recuerda como una especie de “nuevo Moisés”, es decir, como aquel que ha fijado y codificado las tradiciones que definirán desde ahora la vida del pueblo. Posiblemente era contrario al proyecto “endogámico” estricto de Nehemías y quería establecer una “ley” más amplia, que pudiera ser aceptada por los samaritanos y por otros grupos sociales contrarios a reforma de Nehemías. Pero, de hecho, la tradición posterior le ha vinculado a Nehemías, presentándole como partidario de su reforma (vinculando sus dos libros, sus dos obras). Así le presentamos aquí, sin entrar en cuestiones de detalle.
Un redactor posterior, que asume la obra social de Nehemías y toma a Esdras como gran escriba de la Ley de Dios, vinculando al menos parcialmente su trabajo al del Cronista (autor de la nueva historia oficial de Israel, codificada en 1-2 Crón), ha escrito en forma unitaria un relato sobre los dos personajes, que dan nombre a sus libros: Esdras y Nehemías (Es y Neh). Este relato está compuesto de tal forma que resulta casi imposible distinguir los datos históricos y las interpretaciones teológicas (a no ser en la parte que podemos llamar Memorias de Nehemías, Neh 1-7. 11-13, que son de tipo más histórico).
Estrictamente hablando, ambos libros forman uno sólo, de manera que las dos reformas (una más político/nacional, de Nehemías, y otra más teológico/legal, de Esdras) aparecen ahora como inseparables y ofrecen la base del nuevo judaísmo de Jerusalén, que se proclama heredero del antiguo Israel (aunque los samaritanos les disputan esa herencia), formando un pueblo especial con una Ley propia atribuida al Dios del Cielo, garantizada por decreto oficial del rey de Persia. No sabemos la extensión que tenía esa Ley del Dios del cielo, aunque es muy posible que ella vinculara elementos del Deuteronomio con tradiciones sacerdotales. Sea como fuere, ella está en la base del Pentateuco.
Se trata, por un lado, en la línea de Esdras, de un “ley amplia”, hecha de pacto de tradiciones (como advertimos en el Pentateuco actual, aceptado por los samaritanos), de manera que en ella pueden reconocerse diversos tipos de judíos. Pero, al mismo tiempo, en la línea de Nehemías, esa ley ha terminado siendo una “ley estrecha”, pues de hecho se vincula con la tradición de Jerusalén y deja a un lado tendencias y grupos que habían aparecido en el Gran Israel anterior. Entre los rasgos fundamentales de esa Ley queremos destacar dos:
(a) Ya no queda lugar para la Diosa,
con lo que ella ha significado en la historia anterior. Esta historia-ley del Pentateuco, como libro de la nueva identidad judía, refleja el triunfo consecuente de la línea del “sólo Yahvé”, de manera que la diosa “ni se nombra”: no hace falta ni siquiera criticarla, pues no forma un peligro para el judaísmo. Simplemente “se la ignora”, como si no hubiera existido. De todas formas, esta eliminación de la diosa no ha podido ser total pues, como hemos ido viendo en los capítulos anteriores (con la ayuda de los libros históricos y proféticos), la sombra de esa diosa ha quedado latente en muchos textos.
(b) El rechazo de la Diosa se refleja en la expulsión de las mujeres extranjeras,
de tal forma que el nuevo judaísmo se constituye como un pueblo endogámicamente religioso. Son muchas las culturas, comunidades, castas sociales y grupos religiosos que han cultivado (y cultivan) un tipo de endogamia, que hemos visto ya en ciertos pasajes y momentos de la historia israelita anterior. Pero esta endogamia judía, de la que ahora trataremos, aparece ahora de una forma nueva y viene a presentarse como “objetivo central” de la reforma de Esdras y Nehemías.
Desde el tiempo de los patriarcas y desde el ideal de la conquista de la tierra por los grupos de “sólo Yahvé” ha existido en Israel un tipo de repliegue interior, como hemos venido señalando en los capítulos anteriores de este libro. Pero ese repliegue sólo ha culminado y se ha implantado de un modo radical ahora, en esta reforma de Nehemías (que llamaremos, en sentido amplio, de Esdras/Nehemías), viniendo a convertirse en artículo central de su proyecto social y religioso. Esta nueva visión del judaísmo ha influido en la visión de toda la historia anterior, que ha sido re-escrita desde la perspectiva del riesgo de las mujeres extranjeras (aunque ella no ha logrado imponerse del todo, como seguiremos viendo). De esta “expulsión de las mujeres extranjeras” tratan las reflexiones que siguen; partiendo de ellas, podemos decir que judío es el que “cree en Yahvé, dios único” y que se casa con (nace de) una mujer judía.
2. El centro del conflicto. Las mujeres extranjeras
−- Sobre el entorno histórico y el sentido de la legislación de Esdras-Nehemías, además de comentarios y de obras citadas en nota anterior, cf. B. Becking, Continuity and Community in the Book of Ezra, en The Crisis of Israelite Religion, Brill, Boston 1999, 256-287; Y. Dor, The Composition of the Episode of the Foreign Women in Ezra IX-X, VT 53 (2003), 26-47; M. W. Duggan , The Covenant Renewal in Ezra-Nehemiah (Neh 7:72b-10:40). An Exegetical, Literary, and Theological Study (SBL.DS 164), Atlanta, GA 2001; T. Eskenazi, Marriage to a Stranger in Ezra 9-10, en Second Temple Studies Vol 2: Temple and Community in the Persian Period (Journal for the Study of the Old Testament, Supplement Series 175), Sheffield 1994, 266-285; D. Janzen, Witch-hunts, Purity and Social Boundaries. The Expulsion of Foreign Women in Ezra 9-10 (Journal for the Study of the Old Testament Supplement Series 350), Sheffield 2002; Sh. Shemaryahu, The Emergence of Jewish Sectarianism in the Early Second Temple Period, en P. Miller Jr. (ed.), Ancient Israelite Religion, Fortress, Philadelfia 1987, 587-616; F. Schmidt, How The Temple Thinks. Identity and Social Cohesion in Ancient Judaism, Academic Press, Sheffield, 2001; D. Smith-Christopher, Between Ezra and Isaiah: Exclusion, Transformation, and Inclusion of the ‘Foreigner’ in Post-Exilic Biblical Theology, en M. G. Brett (ed.), Ethnicity and the Bible (Biblical Interpretation Series), Leiden 1996, 117-142; K. Sparks, Ethnicity and Identity in Ancient Israel. Prolegomena to the Study of Ethnic Sentiments and Their Expression in the Hebrew Bible, Eisenbrauns, Winona Lake 1998; G. C. Streete, The Strange Woman. Power and Sex in the Bible, Westminster, Louisville 1997; Ch.van Houten, The Alien in Israelite Law (JLOT. Sup. Series 107), Sheffield 1991; H. C. Washington, Israel's Holy Seed and the Foreign Women of Ezra-Nehemiah: A Kristevan Reading, Biblical Interpretation 11 (2003) 427-437.
Un problema clave en la reforma de Esdras/Nehemías ha sido la búsqueda de una “identidad propia”, en el plano religioso y social, es decir, la existencia de un pueblo formado por personas con una identidad propia, capaces de marcar su territorio social. En este contexto, donde parece que todo se ha perdido (y en un sentido se ha perdido todo, pues no existe ya un Estado nacional), puede surgir y surge todo: el nuevo judaísmo.
Antes, los israelitas lo eran “por nacimiento y por pertenencia a un grupo social” (aunque en un contexto de mezcla constante entre elementos yahvistas y signos de la diosa o de los dioses cananeos). Ahora, dentro de la nueva tendencia universal del imperio, primero persa y luego helenista, los judíos sólo pueden surgir y mantenerse como tales si definen y refuerzan su voluntad de ser judíos, optando por un modo de vida distinto, en el plano religioso y social. En este contexto se suscita el problema de las relaciones con los otros pueblos y el de la pureza étnico-religiosa, que se expresa de un modo especial en la prohibición de matrimonios mixtos.
a. Memorias de Nehemías.
El tema de los matrimonios aparece de forma todavía poco elaborada, en la parte final de las memorias de Nehemías (Neh 13). Por eso queremos empezar citando algunas de sus afirmaciones básicas, que se sitúan en el entorno de su segundo viaje a Jerusalén (hacia el 428 a. C.) y que vinculan el tema del sábado y de las mujeres extranjeras:
(Sábado) En aquellos días vi en Judá a algunos que en sábado pisaban los lagares, acarreaban gavillas, las cargaban sobre asnos, y también vino, uvas, higos y toda clase de cargas, y los llevaban a Jerusalén en día de sábado. Les amonesté acerca del día en que vendían las provisiones. Y la gente de Tiro que habitaba allí traía pescado y toda mercancía, y vendía en sábado a los habitantes de Judá en Jerusalén… Sucedió, pues, que cuando oscurecía a las puertas de Jerusalén antes del sábado, ordené que fueran cerradas las puertas y que no las abriesen hasta después del sábado… Luego mandé a los levitas que se purificasen y fuesen a guardar las puertas, para santificar el día de sábado. También por esto acuérdate de mí, oh Dios mío, y perdóname según la grandeza de tu misericordia (cf. Neh 13, 15-22).
(Mujeres extranjeras). Asimismo, en aquellos días vi a judíos que habían tomado mujeres de Asdod, de Amón y de Moab. La mitad de sus hijos hablaban el idioma de Asdod; no sabían hablar el hebreo, sino el de aquellos otros pueblos. Reñí con ellos, los maldije, golpeé a algunos, les arranqué los pelos y les hice jurar por Dios, diciendo: ¡No daréis vuestras hijas a sus hijos, ni desposaréis sus hijas con vuestros hijos ni con vosotros! ¿No pecó por esto Salomón, rey de Israel?... ¡Que no volvamos a enterarnos de que cometéis la infamia de casaros con mujeres extranjeras? Uno de los hijos de Yoyada, hijo del sumo sacerdote Eliasib, era yerno de Sanbalat el horonita; por lo que lo alejé de mi lado. ¡Acuérdate de ellos, oh Dios mío, porque han contaminado el sacerdocio y el pacto de los sacerdotes y de los levitas! (cf. Neh 13, 23-30)
Éste parece históricamente el texto más antiguo y menos teologizado sobre el tema y en él se vinculan dos elementos básicos de la identidad judía: la sacralidad del sábado, impuesta de un modo oficial en Jerusalén, y la prohibición del matrimonio con mujeres extranjeras, por el riesgo que ello implica de disolución del judaísmo, que ahora se entiende como una comunidad de personas vinculadas sacralmente a un templo y cerradas socialmente en sí mismas.
El símbolo del judaísmo es de esa forma una ciudad que se recluye en sus muros (en torno a su templo) sin que pueda entrar nadie a contaminarla en un día de sábado, una comunidad de hombres y mujeres que se clausuran en sus límites sociales (sin aceptar mujeres externas). La observancia del sábado y el rechazo del matrimonio con extranjeras constituyen los dos grandes signos del nuevo judaísmo.
b. El centro de la Ley según el libro de Esdras: expulsar a las mujeres extranjeras.
Esdras, Escriba del Dios del Cielo (a quien el texto presenta como sacerdote) ha venido a Jerusalén con la tarea expresa “imponer”, con autoridad del rey persa, la nueva ley judía; esa parece haber sido su función histórica, vinculada al surgimiento del Pentateuco. Pues bien, el texto actual le atribuye también la tarea de separación del pueblo (la expulsión de las mujeres extranjeras, divorciándose de ellas). De esta forma, él aparece como partidario (ratificador) de la reforma de Nehemías, y con ese tema culmina su libro, lo mismo que el de Nehemías:
(Presentación: el gran pecado son las mujeres) Acabadas estas cosas, se acercaron a mí los magistrados y dijeron: El pueblo de Israel, los sacerdotes y los levitas no se han separado de los pueblos de la tierra, pues cometen las abominaciones de los cananeos, los heteos, los ferezeos, los jebuseos, los amonitas, los moabitas, los egipcios y los amorreos. Porque de las hijas de éstos han tomado mujeres para sí y para sus hijos, y han mezclado la simiente santa con la de los pueblos de la tierra. Y los magistrados y oficiales han sido los primeros en incurrir en esta infidelidad. Al oír esto, rasgué mi vestidura y mi manto, arranqué los pelos de mi cabeza y de mi barba, y me quedé consternado, orando: «Dios mío, estoy avergonzado y afrentado como para levantar mi rostro a ti, oh Dios mío; porque nuestras iniquidades se han multiplicado sobre nuestras cabezas, y nuestra culpa ha crecido hasta los cielos… Porque hemos abandonado tus mandamientos que mandaste por medio de tus siervos los profetas, diciendo: La tierra a la cual vais para tomarla en posesión es una tierra inmunda a causa de la inmundicia de los pueblos de aquellas tierras… Así pues: no daréis vuestras hijas a sus hijos, ni tomaréis sus hijas para vuestros hijos» (cf. Es 9, 1-13, con referencia a Dt 7, 1-6).
(Pacto de expulsar a las mujeres extranjeras). Mientras Esdras oraba y hacía confesión llorando y postrándose ante la casa de Dios, se juntó a él una multitud muy grande de Israel: hombres, mujeres y niños; y el pueblo lloraba amargamente. Entonces intervino Secanías hijo de Yejiel, de los descendientes de Elam, y dijo a Esdras: «Nosotros hemos actuado con infidelidad contra nuestro Dios, pues hemos tomado mujeres extranjeras de los pueblos de la tierra. Pero a pesar de esto, aún hay esperanza. Despediremos a todas las mujeres y a los hijos nacidos de ellas, según el consejo de mi señor y de los que temen el mandamiento de nuestro Dios…». Entonces se levantó el sacerdote Esdras y les dijo: Vosotros habéis actuado con infidelidad, porque tomasteis mujeres extranjeras, añadiendo así a la culpa de Israel. Ahora pues, haced confesión a Yahvé, Dios de vuestros padres. «Cumplid su voluntad, y apartaos de los pueblos de la tierra y de las mujeres extranjeras». Entonces toda la congregación respondió y dijo en voz alta: «Sí, haremos conforme a tu palabra…». Ellos se comprometieron a despedir a sus mujeres... De los hijos de Imer: Hanani y Zabadías; de los hijos de Harim… (sigue una larga lista de jefe de familia que expulsaron a sus mujeres extranjeras, apareciendo así como fundadores del nuevo judaísmo…). Todos estos habían tomado mujeres extranjeras y algunas les habían dado hijos (Es 10, 1-3. 10-12. 19-44).
El pecado es por tanto la “mezcla”: Abandonar la separación (un Dios, un pueblo) y juntarse con otros pueblos, perdiendo así su identidad. En principio, la ley de separación (de divorcio) afecta por igual a varones y mujeres, pero después, de hecho, sólo se aplica a las mujeres extranjeras... Esa ley nos sitúa ante un caso de “divorcio” obligatorio, que exige que los judíos expulsen a las mujeres extranjeras con las que se han casado, para salvaguardar así la identidad nacional. Da la impresión de que una parte considerable de los judíos del entorno de Jerusalén (a los que se dirige de un modo inmediato esta ley) se habían mezclado con mujeres de ese mismo entorno, pero que no provenían de la comunidad del exilio. Pues bien, esa “apertura” e intercambio matrimonial, que en otro contexto podría tomarse como fuente de fecundación y enriquecimiento, se entiende aquí como un riesgo para el judaísmo.
El gesto de expulsar a las mujeres “extranjeras” (que estrictamente hablando no eran extranjeras, pues formaban parte de otras corrientes de vida israelita) constituye un signo de debilidad extrema: los dirigentes judíos temen las mujeres que tengan otra forma de entender la vida (otra manera de interpretar la cultura/religión, sobre todo porque ellas tienen en sus manos el cuidado de los hijos). Por eso, a fin de asegurar la fidelidad socio/religiosa de sus hijos, los jefes del nuevo judaísmo exigen que las mujeres de los judíos sean también judías de su misma tendencia. De esa manera, la experiencia más honda de trascendimiento y fidelidad ética del judaísmo se ha vinculado con un gesto ambiguo de separación: para ser religioso y judío fiel hay que expulsar a las mujeres extranjeras. De los derechos de esas mujeres no se dice nada.
3. El nacimiento del judaísmo: Neh 8-10
Los dos pasajes anteriores (uno de Nehemías, otro de Esdras) culminan en un texto programático donde se describe y confirma eso que pudiéramos llamar el “nacimiento del judaísmo” (Neh 8-10). Este nuevo texto retoma el motivo básico de la gran asamblea del Sinaí (Ex 19-24), donde, según la tradición, Israel había nacido como pueblo ante la montaña de Dios, recibiendo los mandamientos y celebrando el pacto. Pues bien, ahora, los judíos reunidos en Jerusalén, celebran su nuevo pacto y se constituyen como pueblo, en torno a la figura ideal de Esdras, el escriba, que aparece como nuevo Moisés (Neh 8, 1), asumiendo un compromiso firmado y avalado en primer lugar por Nehemías (cf. Neh 10, 2. Esdras no aparece entre los firmantes, lo que indica que su presencia en la gran ceremonia es más ideal que real). Significativamente, en el centro de ese pacto, que ratifica la nueva y definitiva ley del judaísmo, se sitúa el compromiso de la expulsión de las mujeres extrajeras. Éstos son algunos de sus elementos principales
(a. Liturgia de la ley) Entonces se reunió todo el pueblo (ha´am) como un solo hombre en la plaza que hay delante de la Puerta del Agua y dijeron a Esdras, el escriba, que trajese el libro de la Ley de Moisés que Yahvé había prescrito a Israel. Y Esdras, el sacerdote, trajo la Ley ante la asamblea (qahal) de varones, de mujeres de y todos cuantos eran capaces de entender… Y estuvo leyendo (del libro de la Ley)… y los levitas explicaban la Ley al pueblo, mientras el pueblo se mantenía en pié (Neh 9, 1-8).
(b. Pacto básico). Y así nosotros concertamos un pacto (´amana) y lo pusimos por escrito y lo sellamos: jefes, levitas y sacerdotes. Lo firmaron Nehemías, hijo de Jecalías, y Sedecías… Y el resto del pueblo… con sus mujeres, con sus hijos e hijas, todos los capaces de comprender… hicieron promesa y juramento.
(c. Leyes). Nos comprometimos a caminar en la Ley de Dios que dio a Moisés (y asumimos estos compromisos). (1) No dar nuestras hijas a extranjeros, ni a sus tomar a sus hijas para nuestros hijos. (2) No comprar en sábado mercancías y especialmente cereales a los extranjeros… (3) Renunciar (a la cosecha) el año séptimo y a cualquier tipo de deudas. (4) Entregar cada año un tercio de siclo para el culto del templo… y traer cada año para el Templo de Yahvé las primicias de nuestros campos (Neh 10, 1-2.29-35)
Ésta es el acta de fundación del nuevo judaísmo como pueblo sacral, en torno al templo. Los mismos reyes persas han impulsado y sancionado su nacimiento, por razones políticas: la seguridad de la pequeña tierra de Judea, casi en las fronteras de un Egipto inquieto y peligroso, resulta para ellos muy importante. Pero el impulso principal proviene del mismo pueblo de Israel. Han influido algunos repatriados ricos, que vuelven de Babilonia (capital persa) con una visión más rigurosa de la ley, y también otros judíos (en parte exilados en Babel y en parte vecinos de Jerusalén/Judea) que han ido codificando su Ley, con tradiciones de diverso tipo que confluyen y se juntan en código de separación sagrada, interpretado desde Jerusalén (no desde Samaría).
Ciertamente, ignoramos la amplitud de este Libro de la Ley que aquí aparece como revelación de Dios, manual celebrativo, y código jurídico. Pero es evidente que en estos años (entre mediados del V a. C y finales del IV a.C) diversas tradiciones narrativas y legales se han ido uniendo, hasta formar el Pentateuco, que puede interpretarse también de otras maneras (como en la versión samaritana), pero que aquí se aplica desde del judaísmo más estricto.
a. Liturgia de la Ley. No hay diferencia entre varones y mujeres (Neh 8,1-13).
El nuevo judaísmo nace en ámbito profano, en la gran plaza que se forma ante la Puerta de las Aguas, probablemente al lado de la fuente del Guijón, al exterior de la muralla, en un lugar de viejos recuerdos religiosos y sociales (cf. 1 Rey 33-39). Este judaísmo nace a campo abierto, como pueblo laical, reunido a partir de la Palabra de Dios (Libro de la Ley), trazando así una gran paradoja: (a) Por un lado, los repatriados de Babel habían querido centrarse como pueblo en torno al templo. (b) Por otro lado, en el momento decisivo, sacerdocio, templo y altar quedan a un lado; el pueblo (Am) se reúne en la plaza pública, formando allí una asamblea constitutiva (Qahal).
En este contexto, las mujeres se integran en el pueblo, lo mismo que los varones. Ellas deben escuchar la ley y han de ser capaces de responder, para transmitir esa misma ley de los niños. El portador de la Ley es Esdras (que la lee) y sus transmisores son los levitas (que la explican). Pero sus destinatarios y garantes son todos los judíos: varones, mujeres, niños (los que son capaces de entender), formando un nuevo pueblo que surge de la escucha de la Ley. Por eso, antes que mujeres o varones, los nuevos judíos son personas creyentes que acogen la palabra de Dios. En este contexto no existe diferencia entre varones y mujeres, aunque se supone que sólo los varones pueden proponer y comentar la Ley de Dios en un nivel público. Ciertamente, las mujeres escuchan en público (están en la plaza, lo mismo que los hombres), pero sólo pueden explicar lo que escuchan en un ámbito privado, de familia (a los niños). Por eso será importante que las mujeres de judíos sean judías.
b. Principio básico.
Aquí se ha establecido el “pacto constituyente” del nuevo judaísmo, fijado, según el texto actual de la Biblia, bajo la autoridad de Esdras y Nehemías, aunque de hecho Esdras no aparece entre los firmantes (en Neh 10, 1-28), mientras aparece Nehemías como autoridad política (es el primero de los firmantes). Éste es un pacto firmado por los representantes del pueblo, que forman una especie de sanedrín (jefes/ancianos, levitas/escribas y sacerdotes), pero que aparece ratificado por “todos los capaces de comprender” (hombres, mujeres y niños).
Este pacto no se impone sobre las mujeres israelitas (ni sobre los niños), sino que se ofrece públicamente, en un espacio abierto (ante la Puerta de las Aguas, en la parte inferior de la ciudad, donde acuden todos, en especial las mujeres). Eso significa que, en principio, el pacto no es propiedad de los sacerdotes, ni de los ancianos, ni de los levitas sino del pueblo entero, incluidas las mujeres con los niños, aunque sólo lo ratifican y firmas las autoridades.
Neh 10, 1-28 recoge y precisa el nombre de las autoridades firmantes (sacerdotes, levitas y jefes, por ese orden), recordando así el nombre de los fundadores del nuevo judaísmo. En este contexto resulta sorprendente la ausencia de Esdras, que no aparece entre firmantes del pacto, el primero de los cuales es Nehemías. (Eso significa que Esdras no debe haberse encontrado entre los promotores históricos de ese pacto, y así parece indicarlo Eclo 49, 13, que no le cita, mientras cita a Nehemías) . El Gran Consejo de este nuevo judaísmo está integrado por sacerdotes, levitas y autoridades o jefes del pueblo (cf. Neh 10,1 y 10,15) y es semejante al Sanedrín de tiempos posteriores donde, los escribas entran en lugar de los levitas (que son de alguna forma sus antecesores).
c. Las leyes del pacto.
Todo ha sucedido en la plaza: la revelación de Dios se contiene en el Libro, explicado para todos (hombre, mujeres y niños). Pues bien, las cinco leyes de este pacto son también, básicamente, unas leyes civiles (sólo la quinta trata del sostenimiento del templo y de los sacerdotes). En este contexto del pacto y sus leyes podemos sospechar que han influido (han pactado) los tres grupos constitutivos de la identidad israelita: los levitas/escribas, más cercanos al Dtr, que hallamos en el fondo de Neh 8-9, los sacerdotes (más cercanos al P), defensores del orden sacro y los jefes o autoridades civiles del pueblo.
Entre esos grupos debía darse ciertas diferencias, pero no se puede hablar de antagonismo, pues, de lo contrario, su unión hubiera sido imposible. En un momento determinado, entre la primera intervención de Nehemías (mediados del V a.C) y la fijación del Pentateuco (finales del IV a. C), los representantes de Israel han elaborado un tipo de derecho común, donde destacan tres leyes más sociales (prohibición de matrimonios mixtos, sacralización del sábado y observancia del año sabático) y una de tipo más sacral (sobre el mantenimiento del templo). Pues bien, la primera de las leyes de este pacto fundante de judaísmo ratifica el rechazo de los matrimonios mixtos, sancionando así la gran separación judía.
Ciertamente, este pacto mantiene la confesión de Yahvé, Dios nacional (único), pero en su principio sitúa la prohibición de los matrimonios mixtos, mirados desde una perspectiva masculina: los judíos que se casan con extranjeras corren el riesgo de abandonar la alianza, pues dejan en manos de esas mujeres la educación de sus hijos. Por eso es necesario expulsar a las extranjeras y casarse sólo con judías .
4. Mujeres expulsadas. Una interpretación de la endogamia judía
Este pacto fundante del nuevo judaísmo avala y sanciona, en el centro de su normativa, las leyes de los partidarios de la separación de Israel, que aparecían en textos como Dt 7, 1-7 y Ex 34.15-16 (que han de compararse con las leyes de separación entre animales y plantas de diversa especie: cf. Lev 1919; 20, 25-26). Estamos ante un pueblo muy preocupado por mantener su pureza social y religiosa, para guardarse de esa forma libre de contaminación, distinguiendo así lo puro de lo impuro. En esa línea, las mujeres extranjeras aparecen como impuras, de forma que pueden contaminar al pueblo.
De esa manera, tras el exilio, en vez de mezclarse con los pueblos del entorno (tanto en Babilonia como en Egipto y, sobre todo, en la propia tierra de Judea/Jerusalén), los judíos han optado por mantener y reforzar su identidad, acentuando los signos sociales y religiosos (¡no políticos en línea estatal, pues no tienen Estado!) de su pertenencia. En esa línea se sitúa el tema del matrimonio con mujeres extranjeras que es quizá más complejo y que va más allá de la separación de lo puro y lo impuro o de plantas, animales o cosas de diversa especie .
a. Tema de fondo. Sociedad matrilineal.
Conforme a la visión del judaísmo rabínico (a partir del siglo II d.C.) se viene diciendo que la identidad étnica de la madre es la que permite definir el carácter judío del hijo/a. Según eso, judíos son aquellos que nacen de madre judía. En esa línea se sitúa la ley de Esdras y Nehemías, aunque parece que ella no logró imponerse sobre el conjunto del judaísmo hasta el siglo II d. C., pues no apelan a ella libros y autores como Jubileos, Filón y Joséfo .
Ese principio matrilineal no está al servicio de la mujer, para elevarla así por encima de los hombres, sino al contrario. No es una ley para salvaguardar y ensalzar a las mujeres, sino para defender a los hombres, esto es, para evitar que ellos se contaminen casándose con mujeres impuras (y que tengan, por tanto, hijos impuros). Esta ley sirve para proteger el carácter judío de un hombre y de sus hijos. Este principio (¡que no se case un judío con una no judía!) no se puede invertir, pues en el caso de una mujer judía que se casa con un no-judío, sus hijos pertenecen a la familia de marido (están fuera de Israel), de manera que no constituyen un riesgo de contaminación para el judaísmo.
Por eso, al decir que sólo son judíos “los hijos de judía”, se está suponiendo que ella es esposa de un judío, pues la línea genealógica sigue siendo de tipo patriarcal (como aparece en 1-2 Crónicas y en otros textos contemporáneos y posteriores). Lo que esta ley pretende es que los dos, hombre y mujer, sean judíos, para conservar así la pureza del linaje y de la herencia, que sigue siendo prerrogativa del varón. En ese sentido, para que el hombre pueda cumplir su función (ser padre de hijos judíos) se requiera que la mujer (la madre) sea también judía, pues ella educa a los hijos (para servicio del padre).
b. ¿Un problema económico y social?
Esta prohibición de matrimonios con mujeres extranjeras parece haber sido pensada básicamente para aquellos judíos que han vuelto del exilio de Babilonia y quieren instaurar un régimen de separación en Jerusalén y en su entorno. Son ellos, los de la gola (es decir, del exilio), los que han sentido con más fuerza la atracción y el riesgo de este tipo de matrimonios, que Esdras y Nehemías han tenido que “atajar”, para mantener la “pureza” del grupo.
Se puede suponer que los retornados del exilio que intentaron casarse y se casaron de hecho con “mujeres extranjeras” querían mejorar su condición económica y, sobre todo, querían introducirse en la trama social de los habitantes del país, que podían ser de origen israelita, pero cuyo judaísmo no parecía satisfactorio para los partidarios de una separación más estricta. En ese sentido, el problema no es tanto el de judíos que se casan con mujeres “no-judías” (cosa que no se puede negar), sino el del matrimonio entre “judíos puros” (los que han venido del exilio) y judíos “menos puros” (más asimilados a las tradiciones del entorno), a los que se considera como extranjeros.
En esa última línea se sitúa el hecho de que algunos de los casos más significativos de matrimonios mixtos se dan entre sacerdotes (de familias quizá más pobres) con mujeres de estirpes más influyentes de la tierra de Judá y de su entorno. De esa forma, los que se casan con “no judías” estrictas siguen una estrategia de pacto y simbiosis, interpretando el judaísmo como una “religión abierta” a las nuevas realidades del entorno social (sin tener que abandonar por ello las tradiciones judías).
Es lógico que algunos sacerdotes hayan querido pactar por matrimonio con grupos semi-judíos (vamos a llamarlos así) como los tobíades de la zona trasjordana o con grupos israelitas, aunque no judíos, del viejo reino del Israel (de Samaría) (cf. Neh 6.17-19). Pues bien, en contra de esa política de apertura y pacto, Nehemías (y el Esdras del la Biblia), siguiendo la tradición de un yahvismo exclusivista, ha optado por la separación y la diferencia, actuando como partidario de una política de la “diferencia”, que le ha permitido interpretar desde esa perspectiva toda la historia anterior (desde los patriarcas a Salomón) en clave de separación.
En un momento difícil, buscando su propia identidad y reinterpretando la historia pasada del pueblo en clave yahvista, los que han retornado de la “gola” o cautividad, para recuperar y recrear su tradición en Jerusalén y en su entorno, optan por mantener una diferencia estricta, frente a los extranjeros y frente a otro tipo de judíos más abiertos al contacto con extranjeros. Por eso, además de la problemática económica y social, en el fondo de la prohibición de los matrimonios con mujeres “extranjeras” hay un deseo de mantener la propia identidad del grupo, evitando así experiencias que en otro tiempo parecían haber sido funestas (como hemos visto en caps. 15-16).
c. Un problema moral.
En la superficie de esa prohibición de matrimonios mixtos y, sobre todo, en el mandato de “expulsar” a las mujeres no judías casadas con judíos, se plantea un problema jurídico, que puede resolverse acudiendo a la ley del divorcio, que capacita al varón judío para expulsar a su mujer (dándole un libelo de repudio, cf. Dt 24, 1). Pero, en el fondo, sigue habiendo un problema moral: ¿Qué es antes, la fidelidad a una mujer y unos hijos o la fidelidad a unos principios de tipo religioso? Según Dt 13 la respuesta es clara: si alguien de tu propia familia te puede inclinar a la idolatría tienes que ser radical al rechazarle, incluso entregándole a la muerte. Pues bien, en este caso se supone que la mujer que puede ponerte en riesgo de idolatría es “extranjera” y que, por lo tanto, no se la puede matarla (a pesar de la solución que proponía Finés, en el relato de Baal Peor, donde aparece la muerte de Cosbí en Num 25). No se trata por tanto, de matar a los dos, al israelita y a la extranjera que se “acuestan” juntos (pues ello lo impediría la misma ley persa, ahora vigente, que protege por igual a judíos y no judíos). Lo que se puede hacer es expulsar a la extranjera.
A pesar de eso, en este contexto se sigue suscitando un gran problema, pues algunas de las leyes fundamentales de Israel (como la que exige protección para las viudas y extranjeros (cf. Ex 22,20-23; Dt 16, 9-15; 24, 17-22) van en contra de Esdras-Nehemías, lo mismo que el libro de Rut y otros textos de AT. Por otra parte, estás leyes nos siguen situando en un ámbito jurídico y social puramente masculino: los que toman la decisión son los hombres, a las mujeres no se les consulta. ¿Por qué no pueden hablar ellas? ¿No podría haber otra solución?
Es evidente que la solución de Esdras/Nehemías no ha sido (ni sigue siendo) la única, a pesar de que ha definido gran parte de la historia del judaísmo posterior, que se ha estructurado en forma de comunidad endogámica, en el plano familiar y religioso. Podemos citar a la profetisa Noadía y a otros profetas que no estaban de acuerdo con la propuesta de Esdras/Nehemías, que ha permitido el despliegue de un judaísmo que ha puesto más de relieve su “identidad y diferencia” que su apertura mesiánica. Lógicamente, esta norma que ha encontrado siempre dificultades en la vida real de muchos judíos.
((Quiero señalar aquí la deuda que tengo con mi amiga Elisabeth M. Cook Steike, La mujer como extranjera en Israel. Estudio exegético de Esdras 9 y 10 (DEI, San José de Costa Rica, 2003). Le doy gracias por su generosidad por haber tenido la confianza de compartir conmigo el contenido de su investigación))