Pensamiento social del buen Papa Juan XXIII (1 de 2)

Nota: Con motivo de la canonización de este santo Papa, pensé recordar sus dos encíclicas sociales que muchos no conocen. Yo reproduzco unos de los temas tratados en ellas. Yo empiezo con Mater et Magistra y terminaré con Pacem in terris.

MATER ET MAGISTRA (15 de mayo, 1961)



Conocemos al papa Juan XXIII sobre todo por su bondad, su alegría y, de una manera muy especial, por su gran iniciativa de abrir la Iglesia al mundo, convocando al Concilio Vaticano II. Hablar de Juan XXIII, es hablar inevitablemente de este gran evento que fue este Concilio en la historia contemporánea de la Iglesia.

Lo que conocemos menos son las dos magníficas encíclicas sociales que escribió y al respecto de las cuales sus sucesores permanecieron muy discretos. Ellas son la expresión de su profunda reflexión sobre la importancia de la organización social de los pueblos y de las comunidades humanas que respetan tanto las libertades fundamentales de las personas como las exigencias del bien común. Todos los actores de la vida social, económica y política deben estar involucrados en esta inevitable socialización de la comunidad humana.

La intervención de la Iglesia en los sectores sociales responde tanto a los imperativos evangélicos como a los grandes problemas políticos, económicos y sociales que enfrentan los pueblos y Naciones. MATER ET MAGISTRA así que PACEM IN TERRIS constituyen una contribución importante que permite a los hombres y mujeres de buena voluntad de ser artesanos de una humanidad siempre más justa, más libre, más creativa y más humana.

La reflexión de Juan XXIII se ubica en la continuidad del pensamiento expresado por sus predecesores, especialmente los de León XIII, Pio XI y Pío XII. Empieza su encíclica, recordando los grandes principios de estos últimos.

11. Como es sabido, por aquel entonces la concepción del mundo económico que mayo difusión teórica y vigencia práctica había alcanzado era una concepción que lo atribuía absolutamente todo a las fuerzas necesarias de la naturaleza y negaba, por tanto, la relación entre las leyes morales y las leyes económicas.

12. En el mundo económico de aquel entonces se consideraba legítimo el imperio del más fuerte y dominaba completamente en el terreno de las relaciones comerciales. De este modo, el orden económico quedó radicalmente perturbado.


15. Llegada la situación a este punto, publicó León XIII, con la Rerum novarum, su mensaje social fundado en las exigencias de la propia naturaleza humana e inspirado en los principios y en el espíritu del Evangelio, mensaje que, si bien suscitó, como es frecuente, algunas discrepancias, obtuvo, sin embargo, universal admiración y general aplauso.

20. Por lo que toca al Estado, cuyo fin es proveer al bien común en el orden temporal, no puede en modo alguno permanecer al margen de las actividades económicas de los ciudadanos, sino que, por el contrario, la de intervenir a tiempo, primero, para que aquéllos contribuyan a producir la abundancia de bienes materiales, «cuyo uso es necesario para el ejercicio de la virtud» (Santo Tomás de Aquino, De regimine principum, I, 15), y, segundo, para tutelar los derechos de todos los ciudadanos, sobre todo de los más débiles, cuales son los trabajadores, las mujeres y los niños.
Por otra parte, el Estado nunca puede eximirse de la responsabilidad que le incumbe de mejorar con todo empeño las condiciones de vida de los trabajadores.


35. No olvidó, sin embargo, Pío XI que, a lo largo de los cuarenta años transcurridos desde la publicación de la encíclica de León XIII, la realidad de la época había experimentado profundo cambio. Varios hechos lo probaba, entre ellos la libre competencia, la cual, arrastrada por su dinamismo intrínseco, había terminado por casi destruirse y por acumular enorme masa de riquezas y el consiguiente poder económico en manos de unos pocos, «los cuales, la mayoría de las veces, nos son dueños, sino sólo depositarios y administradores de bienes, que manejan al arbitrio de su voluntad» (Ibíd., p.201ss).

36. Por tanto, como advierte con acierto el Sumo Pontífice, «la dictadura económica ha suplantado al mercado libre; al deseo de lucro ha sucedido la desenfrenada ambición del poder; la economía toda se ha hecho horriblemente dura, inexorable, cruel» (Ibíd., p.211). De aquí se seguía lógicamente que hasta las funciones públicas se pusieran al servicio de los económicamente poderosos; y de esta manera las riquezas acumuladas tiranizaban en cierto modo a todas las naciones.

Aquí, se pone de relieve un principio con gran incidencia en cuanto a las libertades individuales o corporativas en relación con los fundamentos de la verdadera autoridad. Lo que se observa en el párrafo anterior conduce a esta afirmación del papa Pie XI :

38. Mas los principios fundamentales que caracterizan la encíclica de Pío XI pueden reducirse a dos. Primer principio: prohibición absoluta de que en materia económica se establezca como ley suprema el interés individual o de grupo, o la libre competencia ilimitada, o el predominio abusivo de los económicamente poderosos, o el prestigio de la nación, o el afán de dominio, u otros criterios similares.

40. El segundo principio de la encíclica de Pío XI manda que se establezca un orden jurídico, tanto nacional como internacional, qué, bajo en influjo rector de la justicia social y por medio de un cuadro de instituciones públicas y privadas, permita a los hombres dedicados a las tareas económicas armonizar adecuadamente su propio interés particular con el bien común.

42. En este radiomensaje, aquel gran Pontífice reivindica «para la Iglesia la indiscutible competencia de juzgar si las bases de un orden social existente están de acuerdo con el orden inmutable que Dios, Creador y Redentor, ha promulgado por medio del derecho natural y de la revelación» ((Ibíd., p. 196); confirma la vitalidad perenne y fecundidad inagotable de las enseñanzas de la encíclica de León XIII, y aprovecha la ocasión para explicar más profundamente las enseñanzas de la Iglesia católica «sobre tres cuestiones fundamentales de la vida social y de la realidad económica, a saber: el uso de los bienes materiales, el trabajo y la familia, cuestiones todas que, por estar mutuamente entrelazadas y unidas, se apoyan unas a otras» (Ibíd., p. 198s.).
bre estas bases el papa Juan XXIII sigue desarrollando el pensamiento social de la Iglesia para los anos sesenta.

Iniciativa personal y la intervención del gobierno en materia económica

51. Como tesis inicial, hay que establecer que la economía debe ser obra, ante todo, de la iniciativa privada de los individuos, ya actúen éstos por sí solos, ya se asocien entre sí de múltiples maneras para procurar sus intereses comunes.

52. Sin embargo, por las razones que ya adujeron nuestros predecesores, es necesaria también la presencia activa del poder civil en esta materia, a fin de garantizar, como es debido, una producción creciente que promueva el progreso social y redunde en beneficio de todos los ciudadanos.

53. Esta acción del Estado, que fomenta, estimula, ordena, suple y completa, está fundamentada en el principio de la función subsidiaria (cf. Acta Apostolicae Sedis 23 (1931) p. 203), formulado por Pío XI en la encíclica Quadragesimo anno: «Sigue en pie en la filosofía social un gravísimo principio, inamovible e inmutable: así como no es lícito quitar a los individuos y traspasar a la comunidad lo que ellos pueden realizar con su propio esfuerzo e iniciativa, así tampoco es justo, porque daña y perturba gravemente el recto orden social, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden realizar y ofrecer por sí mismas, y atribuirlo a una comunidad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, en virtud de su propia naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero nunca destruirlos ni absorberlos» (Ibíd., p. 203).

54. Fácil es comprobar, ciertamente, hasta qué punto los actuales progresos científicos y los avances de las técnicas de producción ofrecen hoy día al poder público mayores posibilidades concretas para reducir el desnivel entre los diversos sectores de la producción, entre las distintas zonas de un mismo país y entre las diferentes naciones en el plano mundial; para frenar, dentro de ciertos límites, las perturbaciones que suelen surgir en el incierto curso de la economía y para remediar, en fin, con eficacia los fenómenos del paro masivo.

Por todo lo cual, a los gobernantes, cuya misión es garantizar el bien común, se les pide con insistencia que ejerzan en el campo económico una acción multiforme mucho más amplia y más ordenada que antes y ajusten de modo adecuado a este propósito las instituciones, los cargos públicos, los medios y los métodos de actuación.

56. Por lo demás, la misma evolución histórica pone de relieve, cada vez con mayor claridad, que es imposible una convivencia fecunda y bien ordenada sin la colaboración, en el campo económico, de los particulares y de los poderes públicos, colaboración que debe prestarse con un esfuerzo común y concorde, y en la cual ambas partes han de ajustar ese esfuerzo a las exigencias del bien común en armonía con los cambios que el tiempo y las costumbres imponen
La socialización y la magnitud del fenómeno.

61. Es indudable que este progreso de las realciones sociales acarrea numerosas ventajas y beneficios. En efecto, permite que se satisfagan mejor muchos derechos de la persona humana, sobre todo los llamados económico-sociales, los cuales atienden fundamentalmente a las exigencias de la vida humana: el cuidado de la salud, una instrucción básica más profunda y extensa, una formación profesional más completa, la vivienda, el trabajo, el descanso conveniente y una honesta recreación.

Además, gracias a los incesantes avances de los modernos medios de comunicación —prensa, cine, radio, televisión—, el hombre de hoy puede en todas partes, a pesar de las distancias, estar casi presente en cualquier acontecimiento.

65. Para dar cima a esta tarea con mayor facilidad, se requiere, sin embargo, que los gobernantes profesen un sano concepto del bien común. Este concepto abarca todo un conjunto de condiciones sociales que permitan a los ciudadanos el desarrollo expedito y pleno de su propia perfección.
Juzgamos además necesario que los organismos o cuerpos y las múltiples asociaciones privadas, que integran principalmente este incremento de las relaciones sociales, sean en realidad autónomos y tiendan a sus fines específicos con relaciones de leal colaboración mutua y de subordinación a las exigencias del bien común
.

Es igualmente necesario que dichos organismos tengan la forma externa y la sustancia interna de auténticas comunidades, lo cual sólo podrá lograrse cuando sus respectivos miembros sean considerados en ellos como personas y llamados a participar activamente en las tareas comunes.”

67. Si las relaciones sociales se mueven en el ámbito del orden moral y de acuerdo con los criterios señalados, no implicarán, por su propia naturaleza, peligros graves o excesivas cargas sobre los ciudadanos: todo lo contrario, contribuirán no sólo a fomentar en éstos la afirmación y el desarrollo de la personalidad humana, sino también a realizar satisfactoriamente aquella deseable trabazón de la convivencia entre los hombres, que, como advierte nuestro predecesor Pío XI, de grata memoria, en la encíclica Quadragesimo anno, es absolutamente necesaria para satisfacer los derechos y las obligaciones de la vida social.

69. En algunas de estas naciones, sin embargo, frente a la extrema pobreza de la mayoría, la abundancia y el lujo desenfrenado de unos pocos contrastan de manera abierta e insolente con la situación de los necesitados; en otras se grava a la actual generación con cargas excesivas para aumentar la productividad de la economía nacional, de acuerdo con ritmos acelerados que sobrepasan por entero los límites que la justicia y la equidad imponen; finalmente, en otras naciones un elevado tanto por ciento de la renta nacional se gasta en robustecer más de lo justo el prestigio nacional o se destinan presupuestos enormes a la carrera de armamentos.

70. Hay que añadir a esto que en las naciones económicas más desarrolladas no raras veces se observa el contraste de que mientras se fijan retribuciones altas, e incluso altísimas, por prestaciones de poca importancia o de valor discutible, al trabajo, en cambio, asiduo y provechoso de categorías enteras de ciudadanos honrados y diligentes se le retribuye con salarios demasiado bajos, insuficientes para las necesidades de la vida, o, en todo caso, inferiores a lo que la justicia exige, si se tienen en la debida cuenta su contribución al bien de la comunidad, a las ganancias de la empresa en que trabajan y a la renta total del país.

71. En esta materia, juzgamos deber nuestro advertir una vez más que, así como no es lícito abandonar completamente la determinación del salario a la libre competencia del mercado, así tampoco es lícito que su fijación quede al arbitrio de los poderosos, sino que en esta materia deben guardarse a toda costa las normas de la justicia y de la equidad.

Esto exige que los trabajadores cobren un salario cuyo importe les permita mantener un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a sus obligaciones familiares. Pero es necesario, además, que al determinar la remuneración justa del trabajo se tengan en cuenta los siguientes puntos: primero, la efectiva aportación de cada trabajador a la producción económica; segundo, la situación financiera de la empresa en que se trabaja; tercero, las exigencias del bien común de la respectiva comunidad política, principalmente en orden a obtener el máximo empleo de la mano de obra en toda la nación; y, por último, las exigencias del bien común universal, o sea de las comunidades internacionales, diferentes entre sí en cuanto a su extensión y a los recursos naturales de que disponen.

74. «La economía nacional —como justamente enseña nuestro predecesor, de feliz memoria Pío XII—, de la misma manera que es fruto de la actividad de los hombres que trabajan unidos en la comunidad del Estado, así también no tiene otro fin que el de asegurar, sin interrupción, las condiciones externas que permitan a cada ciudadano desarrollar plenamente su vida individual. Donde esto se consiga de modo estable, se dirá con verdad que el pueblo es económicamente rico, porque el bienestar general y, por consiguiente, el derecho personal de todos al uso de los bienes terrenos se ajusta por completo a las normas establecidas por Dios Creador» (cf. Acta Apostolicae Sedis 33 (1941) p. 200).
De aquí se sigue que la prosperidad económica de un pueblo consiste, más que en el número total de los bienes disponibles, en la justa distribución de los mismos, de forma que quede garantizado el perfeccionamiento de los ciudadanos, fin al cual se ordena por su propia naturaleza todo el sistema de la economía nacional.

Responsabilidad corporativa

83. De donde se sigue que si el funcionamiento y las estructuras económicas de un sistema productivo ponen en peligro la dignidad humana del trabajador, o debilitan su sentido de responsabilidad, o le impiden la libre expresión de su iniciativa propia, hay que afirmar que este orden económico es injusto, aun en el caso de que, por hipótesis, la riqueza producida en él alcance un alto nivel y se distribuya según criterios de justicia y equidad.

84. No es posible definir de manera genérica en materia económica las estructuras más acordes con la dignidad del hombre y más idóneas para estimular en el trabajador el sentido de su responsabilidad. Esto no obstante, nuestro predecesor, de feliz memoria, Pío XII trazó con acierto tales normas prácticas: «La pequeña y la mediana propiedad en la agricultura, en el artesanado, en el comercio y en la industria deben protegerse y fomentarse; las uniones cooperativas han de asegurar a estas formas de propiedad las ventajas de la gran empresa; y por lo que a las grandes empresas se refiere, ha de lograrse que el contrato de trabajo se suavice con algunos elementos del contrato de sociedad» (Radiomensaje del 1 de sept. de 1944; cf Acta Apostolicae Sedis 36 81944) p. 254)

90. Invitamos, por ello, con paternal amor a nuestros queridísimos hijos del artesanado y del cooperativismo, esparcidos por todo el mundo, a que sientan claramente la nobilísima función social que se les ha confiado en la sociedad, ya que con su trabajo pueden despertar cada día más en todas las clases sociales el sentido de la responsabilidad y el espíritu de activa colaboración y encender en todos el entusiasmo por la originalidad, la elegancia y la perfección del trabajo.

99. Ahora bien, ordenar las disposiciones que más favorezcan la situación general de la economía no es asunto de las empresas particulares, sino función propia de los gobernantes del Estado y de aquellas instituciones que, operando en un plano nacional o supranacional, actúan en los diversos sectores de la economía.

De aquí se sigue la conveniencia o la necesidad de que en tales autoridades e instituciones, además de los empresarios o de quienes les representan, se hallen presentes también los trabajadores o quienes por virtud de su cargo defienden los derechos, las necesidades y las aspiraciones de los mismos.

115. Hoy, más que nunca, hay que defender la necesidad de difundir la propiedad privada, porque, en nuestros tiempos, como ya hemos recordado, los sistemas económicos de un creciente número de países están experimentando un rápido desarrollo.

Por lo cual, con el uso prudente de los recursos técnicos, que la experiencia aconseje, no resultará difícil realizar una política económica y social, que facilite y amplíe lo más posible el acceso a la propiedad privada de los siguientes bienes: bienes de consumo duradero; vivienda; pequeña propiedad agraria; utillaje necesario para la empresa artesana y para la empresa agrícola familiar; acciones de empresas grandes o medianas; todo lo cual se está ya practicando con pleno éxito en algunas naciones, económicamente desarrolladas y socialmente avanzadas.


116. Lo que hasta aquí hemos expuesto no excluye, como es obvio, que también el Estado y las demás instituciones públicas posean legítimamente bienes de producción, de modo especial cuanto éstos «llevan consigo tal poder económico, que no es posible dejarlo en manos de personas privadas sin peligro del bien común» (Quadragesimo anno).

120. Aunque, en nuestro tiempo, tanto el Estado como las instituciones públicas han extendido y siguen extendiendo el campo de su intervención, no se debe concluir en modo alguno que ha desaparecido, como algunos erróneamente opinan, la función social de la propiedad privada, ya que esta función toma su fuerza del propio derecho de propiedad.

Añádase a esto el hecho complementario de que hay siempre una amplia gama de situaciones angustiosas, de necesidades ocultas y al mismo tiempo graves, a las cuales no llegan las múltiples formas de la acción del Estado, y para cuyo remedio se halla ésta totalmente incapacitada; por lo cual, siempre quedará abierto un vasto campo para el ejercicio de la misericordia y de la caridad cristiana por parte de los particulares. Por último, es evidente que para el fomento y estímulo de los valores del espíritu resulta más fecunda la iniciativa de los particulares o de los grupos privados que la acción de los poderes públicos.


Conclusión

En esta primera parte, uno se da cuenta que el pensamiento social de la Iglesia tal como lo leímos a través de estos textos no es lo que resalta de los comportamientos y enseñanzas de muchos pastores que se lo arreglan mejor con las oligarcas que con los pueblos que toman en sus manos su destino.

36. Por tanto, como advierte con acierto el Sumo Pontífice, «la dictadura económica ha suplantado al mercado libre; al deseo de lucro ha sucedido la desenfrenada ambición del poder; la economía toda se ha hecho horriblemente dura, inexorable, cruel» (Ibíd., p.211). De aquí se seguía lógicamente que hasta las funciones públicas se pusieran al servicio de los económicamente poderosos; y de esta manera las riquezas acumuladas tiranizaban en cierto modo a todas las naciones.

Algo para dar a pensar a unos cardenales y a varios obispos en América latina que se oponen a los países emergentes cuyas orientaciones actualizan en muchos aspectos esa doctrina social de la Iglesia.

En la segunda parte dejaré hablar la encíclica PACEM IN TERRIS que el buen papa Juan XXIII dejo a la humanidad un mes antes de morir.


Oscar Fortín
23 de abril, 2014

Los comentarios personales han sido traducido por Marius Morin
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